Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior. Dirección de Área (Badajoz). (01813/2025)
Modificación puntual de la relación de puestos de trabajo y de la plantilla de la Diputación de Badajoz y su sector público
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Área de Recursos Humanos y Régimen Interior

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Conductor/a Bombero/a (C1) y 1 plaza de Sargento Jefe/a Bombero/a. Como consecuencia de la
transformación de los puestos indicados anteriormente, se realiza la transformación de las siguientes plazas:
20 plazas de Cabo Bombero/a (C2) a Cabo Bombero/a (C1), 1 plaza de Conductor/a Bombero/a (C1) a Cabo
Bombero/a (C1), 1 plaza de Cabo Bombero/a (C2) a Conductor/a Mecánico/a Bombero/a (C2) y 2 plazas de
Conductor/a Mecánico/a Bombero/a (C2) a Conductor/a Bombero/a (C1).
Las modificaciones que se detallan a continuación, no tienen repercusión en la plantilla presupuestaria de la
entidad:
En el Área de Infraestructuras, Movilidad y Ordenación del Territorio se procede al cambio de denominación
del puesto 5264- J. Secc. Planificación pasando a denominarse J. Sección Gestión Administrativa de Inversiones
adscrito al Servicio de Planes y Gestión Administrativa de Inversiones.
En el Área de Formación y Capacitación para el Empleo se modifica el requisito de titulación exigidas para la
cobertura del puesto 14222- J. Sección Gestión Centros Integrales Desarrollo (CID).
En el Área de Desarrollo Rural, Reto Demográfico y Turismo se procede a la modificación del requisito de
titulación exigida para los puestos de Técnico/a Medio Turismo (2606, 4328, 1012, 4290).
En el Área de Presidencia y Relaciones Institucionales se lleva a cabo la modificación de denominación y
funciones del puesto y plaza de Fotógrafo (puesto: 367, plaza: 467) pasando a denominarse Fotógrafo/a
Videógrafo/a.
En el Organismo Autónomo de Restauración de la Legalidad Urbanística (RESTAURA) de la Diputación de
Badajoz se modifica la configuración del puesto 5014- Jefe/a Servicio Inspección Urbanística y Contaminación
Acústica ampliándose a la administración especial y eliminando la titulación exigida.
En uso de las facultades conferidas por el artículo 34.1, n) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases del
Régimen Local, y en cumplimiento de lo previsto en el artículo 90 de dicho texto legal y el 127 del Real Decreto
Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales
vigentes en materia de Régimen Local.
HE RESUELTO:
Primero.- Ordenar la publicación de la modificación puntual de la Relación de Puestos de Trabajo y Plantilla
Orgánica de la Diputación de Badajoz y su sector público, aprobada por acuerdo del Pleno de la Corporación
Provincial en sesión ordinaria celebrada el día 28 de marzo de 2025, según figura en los anexos del I al IX para
la creación, amortización y modificación de los puestos de trabajo y de las plazas que en dichos anexos se
indican.
Segundo.- De lo acordado en la presente resolución queda encargada el Área de Recursos Humanos y
Régimen Interior, que lo comunicará al Boletín Oficial de la Provincia.
Lo mandó por delegación y firma el Sr. Vicepresidente Tercero y Diputado-Delegado del Área de Recursos
Humanos y Régimen Interior de la Excma. Diputación de Badajoz".
Contra el acuerdo de aprobación definitiva en relación con la modificación de la RPT, podrán los interesados interponer,
alternativamente, o recurso de reposición potestativo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la recepción
de esta notificación, ante el Pleno de esta Diputación, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo
ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Badajoz en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la
recepción de la presente notificación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción
Contencioso-administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo, no podrá interponer recurso
contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio.
Asimismo, podrá ejercitar cualquier otro recurso que considere pertinente.
Contra el acuerdo de aprobación definitiva en relación con la modificación de la plantilla solo cabrá recurso contenciosoadministrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo con sede en Badajoz, en el plazo de dos meses, de
conformidad con lo establecido en los artículos 30, 112.3 y 114.c) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y los artículos 8, 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio,
reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
Badajoz, a fecha de la firma digital.- El Secretario General, Enrique Pedrero Balas.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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