Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Castilblanco. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria (Badajoz). Servicio de Gestión de Recursos Humanos (Badajoz). (01779/2025)
Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Castilblanco por el que se aprueba provisionalmente la modificación de la Ordenanza fiscal reguladora del Impuesto sobre Bienes Inmuebles, de naturaleza rústica
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Ayuntamiento de Castilblanco
Anuncio 1779/2025
ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Castilblanco
Castilblanco (Badajoz)
Anuncio 1779/2025
Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Castilblanco por el que se aprueba provisionalmente la modificación de la
Ordenanza fiscal reguladora del Impuesto sobre Bienes Inmuebles, de naturaleza rústica
ACUERDO DEL PLENO DE FECHA 7 DE MAYO DE 2025 DEL AYUNTAMIENTO DE CASTILBLANCO POR EL QUE SE APRUEBA
PROVISIONALMENTE LA MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE BIENES
INMUEBLES, NATURALEZA RÚSTICA
Habiéndose instruido por los servicios competentes de esta entidad expediente de modificación de la de la Ordenanza fiscal
reguladora del Impuesto sobre Bienes Inmuebles, naturaleza rústica, el Pleno de esta entidad, en sesión extraordinaria
celebrada el día 7 de mayo de 2025, acordó la aprobación provisional de la referida modificación de la Ordenanza fiscal.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17.2 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales,
aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se convoca, por plazo de treinta días a contar desde el día
siguiente de la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, para que los interesados puedan examinar el
expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.
Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier interesado en las dependencias municipales para que se formulen
las alegaciones que se estimen pertinentes. A su vez, estará a disposición de las personas interesadas en la sede electrónica
de esta entidad [http://castilblanco.sedelectronica.es].
Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado reclamaciones, se considerará aprobado definitivamente dicho
acuerdo.
Castilblanco, a fecha de la firma digital.- El Alcalde, Eusebio Fernández Casasola.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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Castilblanco (Badajoz)
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Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Castilblanco por el que se aprueba provisionalmente la modificación de la
Ordenanza fiscal reguladora del Impuesto sobre Bienes Inmuebles, de naturaleza rústica
ACUERDO DEL PLENO DE FECHA 7 DE MAYO DE 2025 DEL AYUNTAMIENTO DE CASTILBLANCO POR EL QUE SE APRUEBA
PROVISIONALMENTE LA MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE BIENES
INMUEBLES, NATURALEZA RÚSTICA
Habiéndose instruido por los servicios competentes de esta entidad expediente de modificación de la de la Ordenanza fiscal
reguladora del Impuesto sobre Bienes Inmuebles, naturaleza rústica, el Pleno de esta entidad, en sesión extraordinaria
celebrada el día 7 de mayo de 2025, acordó la aprobación provisional de la referida modificación de la Ordenanza fiscal.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17.2 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales,
aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se convoca, por plazo de treinta días a contar desde el día
siguiente de la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, para que los interesados puedan examinar el
expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.
Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier interesado en las dependencias municipales para que se formulen
las alegaciones que se estimen pertinentes. A su vez, estará a disposición de las personas interesadas en la sede electrónica
de esta entidad [http://castilblanco.sedelectronica.es].
Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado reclamaciones, se considerará aprobado definitivamente dicho
acuerdo.
Castilblanco, a fecha de la firma digital.- El Alcalde, Eusebio Fernández Casasola.
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