Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Fuente del Maestre. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior (Badajoz). (01724/2025)
Aprobación definitiva del expediente de modificación de créditos número 1/2025
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Ayuntamiento de Fuente del Maestre
Anuncio 1724/2025
ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Fuente del Maestre
Fuente del Maestre (Badajoz)
Anuncio 1724/2025
Aprobación definitiva del expediente de modificación de créditos número 1/2025
Acuerdo del Pleno de fecha 4 de abril de 2025 de la entidad de Fuente del Maestre por el que se aprueba inicialmente el
expediente de modificación de créditos número 1/2025 del presupuesto en vigor del Patronato CEE, en la modalidad de baja
por anulación de crédito para financiar el RTGG negativo obtenido en la liquidación del ejercicio 2024.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 169.1 por remisión del 177.2 del texto refundido de la Ley Reguladora de las
Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, al no haberse presentado alegaciones
durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario de fecha 4 de
abril de 2025, sobre el expediente de modificación de créditos número 1/2025 del presupuesto en vigor del Patronato CEE,
en la modalidad de baja por anulación de crédito para financiar el RTGG negativo obtenido en la liquidación del ejercicio
2024, como sigue a continuación:
BAJA EN APLICACIONES DE GASTOS
Aplicación presupuestaria
231
Descripción
13100
Retribuciones personal laboral temporal
Total gastos
Euros
9.559,67
9.559,67
RESUMEN DEL PRESUPUESTO
Previsiones definitivas de ingresos por capítulos
III
70.000,00 euros
IV
620.000,00 euros
Total presupuesto de ingresos
690.000,00 euros
Créditos totales por capítulos
I
688.000 – 9.559,67* euros
III
2.000,00 euros
Total presupuesto de gastos
680.440,33 euros
*Capítulos afectados por la modificación.
Contra el presente acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo,
los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los
artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de dicha jurisdicción.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la
interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o acuerdo impugnado
Fuente del Maestre, a fecha de la firma digital.- El Alcalde, Juan Antonio Barrios García.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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por anulación de crédito para financiar el RTGG negativo obtenido en la liquidación del ejercicio 2024.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 169.1 por remisión del 177.2 del texto refundido de la Ley Reguladora de las
Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, al no haberse presentado alegaciones
durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario de fecha 4 de
abril de 2025, sobre el expediente de modificación de créditos número 1/2025 del presupuesto en vigor del Patronato CEE,
en la modalidad de baja por anulación de crédito para financiar el RTGG negativo obtenido en la liquidación del ejercicio
2024, como sigue a continuación:
BAJA EN APLICACIONES DE GASTOS
Aplicación presupuestaria
231
Descripción
13100
Retribuciones personal laboral temporal
Total gastos
Euros
9.559,67
9.559,67
RESUMEN DEL PRESUPUESTO
Previsiones definitivas de ingresos por capítulos
III
70.000,00 euros
IV
620.000,00 euros
Total presupuesto de ingresos
690.000,00 euros
Créditos totales por capítulos
I
688.000 – 9.559,67* euros
III
2.000,00 euros
Total presupuesto de gastos
680.440,33 euros
*Capítulos afectados por la modificación.
Contra el presente acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo,
los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los
artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de dicha jurisdicción.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la
interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o acuerdo impugnado
Fuente del Maestre, a fecha de la firma digital.- El Alcalde, Juan Antonio Barrios García.
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