Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Valdivia. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria (Badajoz). (01471/2025)
Aprobación inicial del presupuesto general de la Corporación para el ejercicio 2025, las bases de ejecución y la plantilla del personal de la Entidad
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Ayuntamiento de Valdivia
Anuncio 1471/2025
ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Valdivia
Valdivia (Badajoz)
Anuncio 1471/2025
Aprobación inicial del presupuesto general de la Corporación para el ejercicio 2025, las bases de ejecución y la plantilla
del personal de la Entidad
La Junta Vecinal de Valdivia, en sesión extraordinaria celebrada el día 10 de abril de 2025, ha aprobado inicialmente el
presupuesto general de la Corporación para el ejercicio 2025, las bases de ejecución y la plantilla del personal de la Entidad.
Así pues el presupuesto general para el ejercicio 2025, al que se une la documentación prevista en la normativa vigente, se
encuentra expuesto al público a efectos de reclamaciones, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 112.3 de la Ley
7/85 de 2 de abril Reguladora de las Bases del Régimen Local, 169.1 del Real Decreto 2/2004, de 5 de marzo, por el que se
aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales (TRLRHL), y artículo 20 del Real Decreto 500/90,
de 20 de abril.
Los interesados que estén legitimados según lo dispuesto en el artículo 170.1 del TRLRHL citado, a que se ha hecho
referencia, y por motivos taxativamente enumerados en el número 2 de dicho artículo 170, podrán presentar reclamaciones
con sujeción a los siguientes trámites:
A. Plazo de exposición y admisión de reclamaciones: Quince días hábiles contados a partir del día siguiente a
la fecha de inserción de este anuncio en el BOP.
B. Oficina de presentación: En el registro general de la Entidad Local Menor de Valdivia, pudiéndose también
presentar en la forma que determina la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas.
C. Órgano ante el que se reclama: Junta Vecinal.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 169.1 del TRLRHL, si no se presenta reclamación alguna, el acuerdo de
aprobación inicial pasará a definitivo sin necesidad de adoptar nuevo acuerdo.
En Valdivia, a fecha de la firma digital.- El Alcalde-Presidente, Diego Corraliza Gutiérrez.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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Valdivia (Badajoz)
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Aprobación inicial del presupuesto general de la Corporación para el ejercicio 2025, las bases de ejecución y la plantilla
del personal de la Entidad
La Junta Vecinal de Valdivia, en sesión extraordinaria celebrada el día 10 de abril de 2025, ha aprobado inicialmente el
presupuesto general de la Corporación para el ejercicio 2025, las bases de ejecución y la plantilla del personal de la Entidad.
Así pues el presupuesto general para el ejercicio 2025, al que se une la documentación prevista en la normativa vigente, se
encuentra expuesto al público a efectos de reclamaciones, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 112.3 de la Ley
7/85 de 2 de abril Reguladora de las Bases del Régimen Local, 169.1 del Real Decreto 2/2004, de 5 de marzo, por el que se
aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales (TRLRHL), y artículo 20 del Real Decreto 500/90,
de 20 de abril.
Los interesados que estén legitimados según lo dispuesto en el artículo 170.1 del TRLRHL citado, a que se ha hecho
referencia, y por motivos taxativamente enumerados en el número 2 de dicho artículo 170, podrán presentar reclamaciones
con sujeción a los siguientes trámites:
A. Plazo de exposición y admisión de reclamaciones: Quince días hábiles contados a partir del día siguiente a
la fecha de inserción de este anuncio en el BOP.
B. Oficina de presentación: En el registro general de la Entidad Local Menor de Valdivia, pudiéndose también
presentar en la forma que determina la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas.
C. Órgano ante el que se reclama: Junta Vecinal.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 169.1 del TRLRHL, si no se presenta reclamación alguna, el acuerdo de
aprobación inicial pasará a definitivo sin necesidad de adoptar nuevo acuerdo.
En Valdivia, a fecha de la firma digital.- El Alcalde-Presidente, Diego Corraliza Gutiérrez.
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