Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Badajoz. Área de Desarrollo Rural, Reto Demográfico y Turismo (Badajoz). (01410/2025)
Bases de la convocatoria para cubrir, con carácter de personal funcionario de carrera, mediante concurso-oposición por promoción interna, dos plazas de Sargento del Servicio de Bomberos del Ayuntamiento de Badajoz
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Ayuntamiento de Badajoz

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ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Badajoz
Badajoz
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Bases de la convocatoria para cubrir, con carácter de personal funcionario de carrera, mediante concurso-oposición
por promoción interna, dos plazas de Sargento del Servicio de Bomberos del Ayuntamiento de Badajoz

BASES DE LA CONVOCATORIA PARA CUBRIR, CON CARÁCTER DE PERSONAL FUNCIONARIO DE CARRERA, MEDIANTE EL
SISTEMA DE CONCURSO-OPOSICIÓN POR PROMOCIÓN INTERNA, DOS PLAZAS DE SARGENTO DEL SERVICIO DE BOMBEROS
Don Ignacio Gragera Barrera, Alcalde-Presidente de esta Corporación, en uso de las atribuciones conferidas por el artículo
21.1.g) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, convoca pruebas selectivas para el acceso,
mediante el sistema de concurso-oposición por promoción interna, a dos plazas de Sargento del Servicio de Bomberos,
correspondientes a la relación de puestos de trabajo de personal funcionario del Ayuntamiento de Badajoz, con arreglo a las
siguientes:
BASES
Primera.- Objeto de la convocatoria.
Se convocan pruebas selectivas para cubrir, con carácter de personal funcionario de carrera, mediante el sistema de
concurso-oposición por promoción interna, dos plazas de Sargento del Servicio de Bomberos, encuadradas en el grupo C,
subgrupo C1, según el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley
del Estatuto Básico del Empleado Público, dotadas con los emolumentos correspondientes a dicho grupo de conformidad
con la vigente relación de puestos de trabajo.
Segunda.- Publicidad.
La convocatoria se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz, y en la página web del Ayuntamiento de Badajoz
y, en extracto, en el Boletín Oficial del Estado.
Tercera.- Requisitos.
Para ser admitidos/as a la realización del proceso selectivo correspondiente, los/as aspirantes deberán poseer al día de
finalización del plazo de presentación de solicitudes, durante el desarrollo del proceso selectivo y mantener hasta el
momento de la toma de posesión, los siguientes requisitos de participación:
a) Ser funcionario de carrera del Ayuntamiento de Badajoz perteneciente al grupo C2, con plaza en propiedad
de Cabo, en cualquier situación, excepto en suspensión de funciones, y con una antigüedad de al menos dos
años de servicios efectivos prestados como funcionario en el puesto número 187 de la relación de puestos de
trabajo del Ayuntamiento de Badajoz, denominado Cabo.
b) No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica que sea incompatible o impida el
desempeño de las correspondientes funciones.
c) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las
Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, ni
hallarse en habilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el
acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el
caso del personal laboral, en que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro
estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o
equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
d) Estar en posesión de la siguiente titulación: Bachiller o Técnico. En el caso de titulaciones obtenidas en el
extranjero, deberá estarse en posesión de la credencial que acredite su homologación.
e) Los aspirantes que no se encuentren en posesión del título de Bachiller (o equivalente) podrán participar en
las pruebas selectivas cuando tengan una antigüedad de diez años en el subgrupo C2, y así lo acrediten
mediante certificado expedido por el órgano competente.
f) Haber abonado la correspondiente tasa en concepto de derechos de examen a que se refiere la base
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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