Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Área de Igualdad (Badajoz). (01400/2025)
Extracto de modificación del plazo de ejecución de actividades y de justificación de la convocatoria de subvenciones Mujeres Rurales del año 2024
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Área de Igualdad
Anuncio 1400/2025
ADMINISTRACIÓN LOCAL
DIPUTACIONES
Diputación de Badajoz
Área de Igualdad
Badajoz
Anuncio 1400/2025
Extracto de modificación del plazo de ejecución de actividades y de justificación de la convocatoria de subvenciones
Mujeres Rurales del año 2024
EXTRACTO MODIFICACIÓN DE LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES DESTINADAS A ASOCIACIONES DE MUJERES Y
FEDERACIONES DE ASOCIACIONES DE MUJERES, SIN ÁNIMO DE LUCRO Y CON SEDE SOCIAL EN LOCALIDADES DE MENOS DE
20.000 HABITANTES DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ, PARA EL DESARROLLO DE ACCIONES QUE FOMENTEN LA IGUALDAD DE
OPORTUNIDADES ENTRE MUJERES Y HOMBRES Y FACILITEN LA PARTICIPACIÓN SOCIAL DE LAS MUJERES RURALES, DURANTE
EL EJERCICIO 2024
BDNS (Identif.): 780952
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional
de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/780952).
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre,General de Subvenciones,
se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de
Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans).
El 22 de agosto de 2024, se publicó en el BOP de Badajoz, número 161, el extracto de la convocatoria de "subvenciones
destinadas a asociaciones de mujeres y federaciones de asociaciones de mujeres, sin ánimo de lucro y con sede social en
localidades de menos de 20.000 habitantes de la provincia de Badajoz, para el desarrollo de acciones que fomenten la
igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres y faciliten la participación social de las mujeres rurales". Mediante
resolución del 27 de marzo de 2025, de la Diputada Delegada del Área de Igualdad de la Diputación de Badajoz, publicada en
el BOP, número 61, de 31 de marzo de 2025, se ha acordado modificar la base 5 de las bases de la convocatoria donde se
establecía que serán gastos subvencionables aquellos correspondientes a actividades que se realicen desde el 1 de enero de
2024 hasta el 31 de marzo de 2025, siendo el plazo de justificación hasta el 30 de junio de 2025. Como consecuencia de ello,
el apartado c de la base 5, pasan a tener la siguiente redacción: "c) Serán gastos subvencionables aquellos correspondientes
a actividades que se realicen desde el 1 de enero de 2024 hasta el 30 de junio de 2025. De otra parte, la justificación de los
gastos deberá realizarse como fecha límite a 31 de julio de 2025, pudiendo efectuarse los pagos correspondientes a los
gastos durante este periodo de justificación.
Todos los gastos deberán estar realizados o bien antes de la finalización del periodo ordinario de ejecución definido en
párrafos anteriores o, en su caso, previa solicitud expresa por la entidad beneficiaria antes del periodo concedido en la
prórroga, si la hubiere".
En Badajoz, a fecha de la firma digital.- El Presidente, P.D. La Diputada Delegada del Área de Igualdad. (Decreto de
delegación de 10 de abril de 2024- BOP número 69, de 11 de abril de 2024), Lourdes Linares Matito.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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Mujeres Rurales del año 2024
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FEDERACIONES DE ASOCIACIONES DE MUJERES, SIN ÁNIMO DE LUCRO Y CON SEDE SOCIAL EN LOCALIDADES DE MENOS DE
20.000 HABITANTES DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ, PARA EL DESARROLLO DE ACCIONES QUE FOMENTEN LA IGUALDAD DE
OPORTUNIDADES ENTRE MUJERES Y HOMBRES Y FACILITEN LA PARTICIPACIÓN SOCIAL DE LAS MUJERES RURALES, DURANTE
EL EJERCICIO 2024
BDNS (Identif.): 780952
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional
de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/780952).
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre,General de Subvenciones,
se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de
Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans).
El 22 de agosto de 2024, se publicó en el BOP de Badajoz, número 161, el extracto de la convocatoria de "subvenciones
destinadas a asociaciones de mujeres y federaciones de asociaciones de mujeres, sin ánimo de lucro y con sede social en
localidades de menos de 20.000 habitantes de la provincia de Badajoz, para el desarrollo de acciones que fomenten la
igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres y faciliten la participación social de las mujeres rurales". Mediante
resolución del 27 de marzo de 2025, de la Diputada Delegada del Área de Igualdad de la Diputación de Badajoz, publicada en
el BOP, número 61, de 31 de marzo de 2025, se ha acordado modificar la base 5 de las bases de la convocatoria donde se
establecía que serán gastos subvencionables aquellos correspondientes a actividades que se realicen desde el 1 de enero de
2024 hasta el 31 de marzo de 2025, siendo el plazo de justificación hasta el 30 de junio de 2025. Como consecuencia de ello,
el apartado c de la base 5, pasan a tener la siguiente redacción: "c) Serán gastos subvencionables aquellos correspondientes
a actividades que se realicen desde el 1 de enero de 2024 hasta el 30 de junio de 2025. De otra parte, la justificación de los
gastos deberá realizarse como fecha límite a 31 de julio de 2025, pudiendo efectuarse los pagos correspondientes a los
gastos durante este periodo de justificación.
Todos los gastos deberán estar realizados o bien antes de la finalización del periodo ordinario de ejecución definido en
párrafos anteriores o, en su caso, previa solicitud expresa por la entidad beneficiaria antes del periodo concedido en la
prórroga, si la hubiere".
En Badajoz, a fecha de la firma digital.- El Presidente, P.D. La Diputada Delegada del Área de Igualdad. (Decreto de
delegación de 10 de abril de 2024- BOP número 69, de 11 de abril de 2024), Lourdes Linares Matito.
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