Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de La Coronada. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior (Badajoz). (01332/2025)
Bases reguladoras de las ayudas para suministros mínimos vitales del Ayuntamiento de La Coronada para el año 2025
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Ayuntamiento de La Coronada

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Para el resto de gastos o para el gasto de suministro eléctrico en caso de personas solicitantes que no sean beneficiarias del
bono social para consumidores vulnerables severos, cuando se haya abonado previamente la factura en caso de
consumidores vulnerables severos o cuando haya transcurrido el plazo establecido para el pago de las facturas de estos
consumidores, será de aplicación el concepto de unidad de convivencia, el límite de rentas y el cómputo establecido en los
párrafos anteriores.
2. Los requisitos establecidos en los párrafos a) y b) del apartado anterior solo serán exigibles a la persona miembro de la
unidad de convivencia solicitante de la ayuda.
3. Se excluyen del cómputo los siguientes ingresos o rentas percibidas por cualquiera de los miembros de la unidad de
convivencia:
a) La prestación económica vinculada al servicio y la prestación económica de asistencia personal,
establecidas en los artículos 17 y 19 de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la autonomía
personal y atención a las personas en situación de dependencia.
b) La prestación familiar por hijo o menor a cargo, menor de 18 años o mayor de dicha edad y que esté
afectado por una discapacidad en grado igual o superior al 65% de discapacidad.
c) Las becas y ayudas de estudio concedidas por cualquiera de las administraciones públicas.
d) Las ayudas individualizadas de transporte y/o comedor escolar en la Comunidad Autónoma de
Extremadura y las ayudas públicas para suplir gastos de transporte, alojamiento y manutención, que se
obtengan por la asistencia a acciones de formación ocupacional.
e) Las ayudas extraordinarias de apoyo social para contingencias.
4. No podrá concederse esta ayuda a quienes:
a) Residan en centros que pertenezcan a instituciones o entidades que estén obligadas a atender las
necesidades básicas de subsistencia de las personas residentes o estén ingresadas con carácter permanente
en un centro residencial o de carácter social, sanitario, socio sanitario, ya sea público, concertado o privado.
b) Convivan temporalmente en el mismo domicilio por razones de estudio.
c) Quienes estén conectados/as fraudulentamente a la red.
d) No haber reintegrado las cuantías indebidamente abonadas, por causa imputable a las personas
beneficiarias, de una ayuda para suministros mínimos vitales concedida en los dos años anteriores a la
presentación de la solicitud.
5. Todos los requisitos deberán concurrir en el momento de presentación de la solicitud de la ayuda y durante la percepción
de la misma.
6. Estas ayudas son compatibles con cualquier prestación, subvención o ayuda pública o privada para la misma finalidad,
siempre que el importe total financiado no supere el gasto que conste en la factura.
7. Se entenderá como persona beneficiaria de la ayuda a todos los miembros de la unidad de convivencia, si bien solo podrá
ser reconocida a favor de la persona solicitante miembro de dicha unidad.
8. Se entiende por vivienda habitual aquella que constituya la residencia de la unidad de convivencia y sea coincidente con el
domicilio al que se refiere la facturación del suministro, independientemente del título en virtud del cual se habite la misma,
siempre que quede acreditada la legalidad de dicho título.
3.- Finalidad de las ayudas para suministros mínimos vitales.
1. Podrán financiarse con cargo a esta convocatoria las ayudas concedidas para el pago de los siguientes gastos:
a) Gastos de energía eléctrica y gas natural y propano, incluyendo la potencia contratada, la energía
consumida, el alquiler de equipos de medida y control, en su caso, y los impuestos directos e indirectos que
graven los conceptos anteriores, así como cualquier otro concepto facturado relativo al suministro.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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