Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Badajoz. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior (Badajoz). (01338/2025)
Bases de la convocatoria para cubrir, con carácter de personal funcionario de carrera, mediante el sistema de oposición libre, 14 plazas de Administrativo/a en el Ayuntamiento de Badajoz
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Ayuntamiento de Badajoz

Anuncio 1338/2025

examen en convocatorias para acceder a la función pública:
a) Estarán exentos del pago de la tasa las familias numerosas de categoría especial.
b) Están bonificados con el 50% de la cuota tributaria las familias numerosas de categoría general.
En cualquier caso, habrá de acreditarse la condición de familia numerosa.
c) Estarán exentos del pago de la tasa los demandantes de empleo, que tendrán que acreditar su condición
mediante la presentación, conjuntamente, de los siguientes documentos:
Fotocopia de la demanda de empleo vigente y debidamente renovada/actualizada por el Servicio
Público de Empleo correspondiente. En caso de que el interesado/a renueve la demanda por medios
electrónicos deberá aportar el justificante que acredite haberla renovado por dichos medios.
Presentación de vida laboral de la Seguridad Social actualizada a fecha de presentación de la solicitud.
No se admitirá ningún otro certificado, informe o documento distinto de los mencionados en los dos párrafos anteriores al
objeto de acreditar la condición de demandante de empleo a fecha de presentación de la solicitud.
Únicamente procederá la devolución de los derechos de examen a los aspirantes que hayan quedado definitivamente
excluidos de las pruebas selectivas. A tales efectos, el reintegro se realizará previa solicitud del interesado. No se procederá
a la devolución de tasas en los supuestos de exclusión de participación en las pruebas selectivas por causa imputable a la
persona interesada.
En ningún caso la presentación y pago en la entidad bancaria supondrá sustitución del trámite de presentación en tiempo y
forma de la solicitud.
4. El abono de tasas se realizará a través del enlace pago de tasas, existiendo dos opciones:
Opción A: Se generará modelo de autoliquidación y con ella los interesados deberán ir a las entidades
bancarias Ibercaja, Unicaja o Caixa para hacer el abono, ya sea por caja o por cajero automático. En el
supuesto de que se abone por caja, la autoliquidación vendrá sellada o validada mecánicamente por la
entidad bancaria, si se opta por el cajero automático la autoliquidación deberá venir acompañada del
resguardo emitido con el código de validación.
Opción B: Continuar con la pasarela de pago y realizar el abono a través de tarjeta bancaria, generándose una
vez finalizado el pago un documento con un código seguro de verificación.
En cualquier caso, tanto el modelo de autoliquidación como el justificante del pago deberán contener el nombre y apellidos
o número de DNI de la persona aspirante, así como el nombre de la convocatoria para la que se realiza el pago. Para
acreditar correctamente el abono de la tasa, deberá aportarse tanto el modelo de autoliquidación como el justificante de
pago.
5. Formas y lugares de presentación de la solicitud:
Cumplimentada y firmadala solicitud la persona aspirante podrá presentar telemáticamente la solicitud generada en el
punto 2 a través del archivo presentación de solicitudes o a través del registro general de este Ayuntamiento o en la forma
establecida en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas. La documentación que sea presentada a través de oficinas de Correos deberá ir en sobre abierto
y debidamente fechada y sellada por el personal de Correos antes de ser certificada junto con los documentos que se
presenten.
En el momento de registrar la solicitud se adjuntará el resto de la documentación requerida en el procedimiento. La simple
cumplimentación de la solicitud vía internet no exime de su presentación en uno de los registros oficiales indicados
anteriormente, ni de hacerlo en el plazo indicado en el apartado 1 de la presente base. Tampoco exime al aspirante del
requisito de proceder a su firma ni de abonar la correspondiente tasa por derechos de examen.
La presentación de la solicitud para participar en la convocatoria supone la aceptación expresa y formal de lo establecido en
las presentes bases.
6. En la tramitación de las solicitudes, las personas aspirantes deberán tener en cuenta:
Las solicitudes, debidamente cumplimentadas, se dirigirán al Ilmo. Sr. Alcalde Presidente de la corporación - plaza de
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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