Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Área de Cultura, Deportes y Juventud (Badajoz). (01323/2025)
Bases específicas con convocatoria reguladoras de la concesión del Premio de Investigación Cultural "Arturo Barea" 2025
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Área de Cultura, Deportes y Juventud
Anuncio 1323/2025
Profesor/a de la Universidad de Extremadura.
- Director/a del Área de Cultura, Deportes y Juventud de la Diputación de Badajoz.
- Jefe del Servicio de Actividades Culturales y Deportivas.
- Interventor de la Corporación o empleado provincial en quien delegue sus funciones, con voz
pero sin voto.
- Secretario General de la Corporación o empleado provincial en quien delegue sus funciones,
con voz pero sin voto.
Secretario: Ejercerá como Secretario del órgano colegiado, con voz pero sin voto, un funcionario o funcionaria
de la Diputación de Badajoz adscrito al Área de Cultura, Deportes y Juventud.
Los miembros del jurado no pertenecientes a la Diputación de Badajoz percibirán una compensación económica en
concepto del análisis, estudio y valoración de las obras que se presenten, así como por su asistencia a las reuniones de la
Comisión de Valoración. En caso de ser necesario, la Diputación de Badajoz asumirá los gastos de alojamiento y
manutención que correspondan.
En lo no previsto expresamente, el funcionamiento del jurado se regulará por las normas contenidas en la sección tercera
del capítulo II del Título Preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Duodécima.- El órgano competente para la instrucción del procedimiento es la Dirección del Área de Cultura, Deportes y
Juventud de la Diputación de Badajoz, Servicio de Actividades Culturales y Deportivas. El jurado elevará la propuesta del fallo
y, en su caso, de las menciones honoríficas al Ilmo. Sr. Presidente de la Diputación Provincial de Badajoz, quien dictará la
correspondiente resolución de concesión, sin perjuicio de lo que dispongan las delegaciones de competencias vigentes en la
entidad, la cual será objeto de publicación en la web de Diputación en la siguiente dirección:
https://www.dip-badajoz.es/bop/index.php.
Decimotercera.- El fallo del jurado se hará público durante la segunda quincena del mes de noviembre de 2025.
Decimocuarta.- Adjudicado el premio, los autores no premiados podrán retirar sus trabajos en el plazo de tres meses, a
contar desde la fecha de la resolución de la convocatoria.
Decimoquinta.- La participación en este premio comporta la aceptación íntegra e incondicional de estas bases y, en lo no
especificado en las mismas, será el órgano competente para su interpretación, el Presidente de la Corporación, previo
informe de la Secretaría General o la Intervención General según proceda.
Decimosexta.- Protección de datos. De conformidad con la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos
Personales y garantía de los derechos digitales y Reglamento 2016/679, del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril
de 2016, General de Protección de Datos, el tratamiento de los datos de carácter personal será necesario para el
cumplimiento de la actividad administrativa de concesión de subvenciones o premios.
INFORMACIÓN SOBRE PROTECCIÓN DE DATOS
Responsable Diputación
Provincial de
Badajoz
C/ Obispo San Juan de Rivera, 6
06071-Badajoz
924 212 400
Delegado de Protección de Datos
J. Enrique Vión Pérez
924 212 237 dpd@dip-badajoz.es
Finalidad del tratamiento
Procedimiento de concesión del Premio de Investigación Cultural "Arturo Barea"
2025
Legitimación del tratamiento
RGPD: Artículo 6.1e) Interés público
Destinatarios de cesiones o
transferencias
No sé prevén salvo obligaciones de carácter legal o judicial
Derechos de los interesados
Derechos de acceso, rectificación, supresión y portabilidad de los datos,
limitación u oposición, así como otros
Información adicional
www.dip-badajoz.es/privacidad/aviso/index.php
El tratamiento de los datos de carácter personal tiene como exclusiva finalidad gestionar y realizar las actuaciones derivadas
de la finalidad anteriormente indicada y se podrá ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y, en su caso,
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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- Director/a del Área de Cultura, Deportes y Juventud de la Diputación de Badajoz.
- Jefe del Servicio de Actividades Culturales y Deportivas.
- Interventor de la Corporación o empleado provincial en quien delegue sus funciones, con voz
pero sin voto.
- Secretario General de la Corporación o empleado provincial en quien delegue sus funciones,
con voz pero sin voto.
Secretario: Ejercerá como Secretario del órgano colegiado, con voz pero sin voto, un funcionario o funcionaria
de la Diputación de Badajoz adscrito al Área de Cultura, Deportes y Juventud.
Los miembros del jurado no pertenecientes a la Diputación de Badajoz percibirán una compensación económica en
concepto del análisis, estudio y valoración de las obras que se presenten, así como por su asistencia a las reuniones de la
Comisión de Valoración. En caso de ser necesario, la Diputación de Badajoz asumirá los gastos de alojamiento y
manutención que correspondan.
En lo no previsto expresamente, el funcionamiento del jurado se regulará por las normas contenidas en la sección tercera
del capítulo II del Título Preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Duodécima.- El órgano competente para la instrucción del procedimiento es la Dirección del Área de Cultura, Deportes y
Juventud de la Diputación de Badajoz, Servicio de Actividades Culturales y Deportivas. El jurado elevará la propuesta del fallo
y, en su caso, de las menciones honoríficas al Ilmo. Sr. Presidente de la Diputación Provincial de Badajoz, quien dictará la
correspondiente resolución de concesión, sin perjuicio de lo que dispongan las delegaciones de competencias vigentes en la
entidad, la cual será objeto de publicación en la web de Diputación en la siguiente dirección:
https://www.dip-badajoz.es/bop/index.php.
Decimotercera.- El fallo del jurado se hará público durante la segunda quincena del mes de noviembre de 2025.
Decimocuarta.- Adjudicado el premio, los autores no premiados podrán retirar sus trabajos en el plazo de tres meses, a
contar desde la fecha de la resolución de la convocatoria.
Decimoquinta.- La participación en este premio comporta la aceptación íntegra e incondicional de estas bases y, en lo no
especificado en las mismas, será el órgano competente para su interpretación, el Presidente de la Corporación, previo
informe de la Secretaría General o la Intervención General según proceda.
Decimosexta.- Protección de datos. De conformidad con la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos
Personales y garantía de los derechos digitales y Reglamento 2016/679, del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril
de 2016, General de Protección de Datos, el tratamiento de los datos de carácter personal será necesario para el
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