Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Arroyo de San Serván. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria (Badajoz). Secretaría General (Badajoz). (01164/2025)
Bases y convocatoria para la provisión, mediante el sistema de oposición, de una plaza de Auxiliar de Obras y Vías Públicas
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Ayuntamiento de Arroyo de San Serván
Anuncio 1164/2025
ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Arroyo de San Serván
Arroyo de San Serván (Badajoz)
Anuncio 1164/2025
Bases y convocatoria para la provisión, mediante el sistema de oposición, de una plaza de Auxiliar de Obras y Vías
Públicas
Resolución de Alcaldía del Excmo. Ayuntamiento de Arroyo de San Serván de fecha de 26 de marzo de 2025, por la que se
aprueban las bases y la convocatoria para cubrir la plaza vacante de Auxiliar de Obras y Vías Públicas.
Habiéndose aprobado por resolución de Alcaldía de fecha de 26 de marzo de 2025, las bases y la convocatoria para cubrir el
puesto de Auxiliar de Obras y Vías Públicas, se abre el plazo de presentación de solicitudes, que será de 20 días hábiles a
contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial del Estado.
Asimismo, se adjuntan las bases reguladoras de las pruebas selectivas:
BASES DE CONVOCATORIA PARA CUBRIR, MEDIANTE EL SISTEMA DE OPOSICIÓN UNA PLAZA DE AUXILIAR DE OBRAS Y VÍAS
PÚBLICAS DEL AYUNTAMIENTO DE ARROYO DE SAN SERVÁN
Primera: Objeto de la convocatoria.
El objeto de la presente convocatoria lo constituye la selección de personal laboral fijo para la cobertura de una plaza
vacante de Auxiliar de Obras y Vías Públicas mediante sistema de oposición, por turno de acceso libre.
La referida plaza está incluida en la oferta pública de empleo correspondiente al ejercicio 2025, aprobada por resolución de
Alcaldía con fecha 28 de enero de 2025 y publicada en el Boletín Oficial de la Provincia número 1007/2025 de fecha
28/03/2025 cuyas características son:
Categoría
laboral
Laboral fijo
Especialidad Grupo Nivel
Obras
C2
16
Requisitos
Graduado en ESO, Formación
Profesional Básica o equivalente,
o certificación académica que
acredite haber superado los
estudios completos
N.º
vacantes
1
Denominación
Auxiliar de Obras y
Vías Públicas
Todo ello de conformidad con lo previsto en el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el
Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del
Régimen Local, Ley 30/1984, de 2 de agosto, de medidas para la reforma de la Función Pública, el Real Decreto Legislativo,
2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, la Ley
13/2015, de 8 de abril, de Función Pública de Extremadura, el Decreto 201/1995, de 26 de diciembre, por el que se aprueba
el Reglamento general de Ingreso del personal al servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura,
el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local aprobado por el Real Decreto
Legislativo 781/1986, de 18 de abril, el artículo 2 y la Disposición adicional primera, cuarta, sexta y octava de la Ley 20/2021,
de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, el RD 896/1991, de 7
de junio, por el que se establecen las reglas básicas y los programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de
selección de los funcionarios de Administración Local y el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la
Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles
de la Administración General del Estado aprobado por el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo (en lo que sean aplicables.
Segunda: Requisitos.
Los aspirantes deberán cumplir los siguientes requisitos que fijan los artículos 56 y 57 del Real Decreto
Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico
del Empleado Público (y la Ley 13/2015, de 8 de abril, de Función Pública de Extremadura):
a) Tener la nacionalidad española o de alguno de los Estados miembros de la Unión Europea,
sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 90 de la Ley 13/2015, de 8 de abril, de Función
Pública de Extremadura.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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Resolución de Alcaldía del Excmo. Ayuntamiento de Arroyo de San Serván de fecha de 26 de marzo de 2025, por la que se
aprueban las bases y la convocatoria para cubrir la plaza vacante de Auxiliar de Obras y Vías Públicas.
Habiéndose aprobado por resolución de Alcaldía de fecha de 26 de marzo de 2025, las bases y la convocatoria para cubrir el
puesto de Auxiliar de Obras y Vías Públicas, se abre el plazo de presentación de solicitudes, que será de 20 días hábiles a
contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial del Estado.
Asimismo, se adjuntan las bases reguladoras de las pruebas selectivas:
BASES DE CONVOCATORIA PARA CUBRIR, MEDIANTE EL SISTEMA DE OPOSICIÓN UNA PLAZA DE AUXILIAR DE OBRAS Y VÍAS
PÚBLICAS DEL AYUNTAMIENTO DE ARROYO DE SAN SERVÁN
Primera: Objeto de la convocatoria.
El objeto de la presente convocatoria lo constituye la selección de personal laboral fijo para la cobertura de una plaza
vacante de Auxiliar de Obras y Vías Públicas mediante sistema de oposición, por turno de acceso libre.
La referida plaza está incluida en la oferta pública de empleo correspondiente al ejercicio 2025, aprobada por resolución de
Alcaldía con fecha 28 de enero de 2025 y publicada en el Boletín Oficial de la Provincia número 1007/2025 de fecha
28/03/2025 cuyas características son:
Categoría
laboral
Laboral fijo
Especialidad Grupo Nivel
Obras
C2
16
Requisitos
Graduado en ESO, Formación
Profesional Básica o equivalente,
o certificación académica que
acredite haber superado los
estudios completos
N.º
vacantes
1
Denominación
Auxiliar de Obras y
Vías Públicas
Todo ello de conformidad con lo previsto en el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el
Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del
Régimen Local, Ley 30/1984, de 2 de agosto, de medidas para la reforma de la Función Pública, el Real Decreto Legislativo,
2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, la Ley
13/2015, de 8 de abril, de Función Pública de Extremadura, el Decreto 201/1995, de 26 de diciembre, por el que se aprueba
el Reglamento general de Ingreso del personal al servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura,
el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local aprobado por el Real Decreto
Legislativo 781/1986, de 18 de abril, el artículo 2 y la Disposición adicional primera, cuarta, sexta y octava de la Ley 20/2021,
de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, el RD 896/1991, de 7
de junio, por el que se establecen las reglas básicas y los programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de
selección de los funcionarios de Administración Local y el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la
Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles
de la Administración General del Estado aprobado por el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo (en lo que sean aplicables.
Segunda: Requisitos.
Los aspirantes deberán cumplir los siguientes requisitos que fijan los artículos 56 y 57 del Real Decreto
Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico
del Empleado Público (y la Ley 13/2015, de 8 de abril, de Función Pública de Extremadura):
a) Tener la nacionalidad española o de alguno de los Estados miembros de la Unión Europea,
sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 90 de la Ley 13/2015, de 8 de abril, de Función
Pública de Extremadura.
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