Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Almendralejo. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria (Badajoz). Secretaría General (Badajoz). (01157/2025)
Bases y convocatoria para la constitución de una lista de espera para el nombramiento, como personal funcionario interino o para la contratación, como personal laboral, con duración determinada de Técnico/a de Ciudades Saludables
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Ayuntamiento de Almendralejo

Anuncio 1157/2025

acreditarse su homologación por el Ministerio de Educación o cualquier otro órgano de la administración
competente para ello.
f) Dado que las actividades a desarrollar pueden implicar el contacto habitual con menores se requiere no
haber sido condenado por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual, conforme
a lo establecido por el artículo 13 de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor.
2.º.- Fecha de cumplimiento de requisitos. Todos los requisitos establecidos en el punto anterior deberán cumplirse a fecha
de finalización del plazo de presentación de solicitudes para participar en el proceso selectivo. Igualmente, deberán
mantenerse durante todo el proceso selectivo, hasta el momento de la toma de posesión, y acreditarse, en caso de resultar
seleccionados, del modo indicado en las bases de la convocatoria.
Tercera. Forma y plazo de presentación de solicitudes.
1.º.- Instancias: Quienes deseen tomar parte en esta convocatoria deberán manifestar, en sus instancias, que reúnen todos y
cada uno de los requisitos exigidos, en los términos recogidos en la base segunda, como se recoge en el modelo recogido en
el anexo I de esta convocatoria. En la página web www.almendralejo.es estará disponible un modelo de instancia.
Junto a la instancia el/la aspirante deberá acompañar, en sobre cerrado, un proyecto sobre las acciones y actividades a
realizar en el "Programa de ciudades saludables y sostenibles" con una duración anual, conforme a lo dispuesto en la base
séptima.
Se advierte que no serán valorados los proyectos que no se acompañen junto con la instancia en el plazo señalado. Los
proyectos presentados no serán devueltos.
Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán ser subsanados, en cualquier momento, de oficio o a instancia de
parte interesada.
2.º.- Lugar de presentación: Las instancias, dirigidas al Sr. Alcalde-Presidente, se presentarán en la Oficina de Atención
Ciudadana de este Ayuntamiento, en horas de oficina, o conforme a los dispuesto por el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1
de octubre, de Procedimiento Administrativo Común, en este caso la parte interesada deberá adelantar, dentro del plazo de
presentación de solicitudes, un fax con la copia de la solicitud presentada a través de estos medios.
Las instancias presentadas en las oficinas de Correos se presentarán en sobre abierto, para ser fechadas y selladas por
Correos antes de ser certificadas, dentro del plazo de presentación de instancias. Sólo en este caso se entenderá que las
instancias han tenido entrada en la fecha en la que fueron entregadas en Correos.
Las personas aspirantes quedan vinculadas a los datos que hayan hecho constar en sus solicitudes, pudiendo demandar su
modificación dentro del plazo establecido de presentación de instancias, mediante escrito motivado, transcurrido dicho
plazo no se admitirá ninguna petición de esta naturaleza.
3.º.- Plazo de presentación de instancias: Atendiendo al principio de celeridad y por la necesidad de atender razones
expresamente justificadas de necesidad y urgencia, el plazo de presentación será de 10 días hábiles a contar del siguiente a
aquel en que aparezcan publicadas las bases integras de la convocatoria en el BOP, en el tablón de anuncios de este
Ayuntamiento y en la página web www.almendralejo.es.
Las personas aspirantes quedan vinculadas a los datos que hayan hecho constar en sus solicitudes, pudiendo demandar su
modificación dentro del plazo establecido de presentación de instancias, mediante escrito motivado, transcurrido dicho
plazo no se admitirá ninguna petición de esta naturaleza.
4.º.- Derechos de examen: Los derechos de examen, que serán de 15,03 euros conforme dispone la vigente Ordenanza fiscal
número 29, deberán hacerse efectivos a través de la correspondiente autoliquidación.
La presentación y pago de los derechos de examen no supondrá sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma,
de la solicitud. Igualmente, será causa de exclusión del proceso selectivo, el no abono de los derechos de examen en el plazo
previsto para la presentación de instancias.
A las personas excluidas definitivamente se les reintegrarán los derechos de examen.
Cuarta. Admisión de candidatos.
1.º.- Lista provisional de admitidos: Expirado el plazo de presentación de instancias, el Sr. Alcalde-Presidente dictará
resolución declarando aprobada la lista provisional de personas aspirantes admitidos y excluidos. La resolución, que se
publicará en tablón de anuncios del Ayuntamiento y en la página web www.almendralejo.es, contendrá la relación alfabética
de personas admitidas y excluidos, así como las causas de exclusión de éstas. Si no existiesen reclamaciones, la lista
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Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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