Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Oliva de la Frontera. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria (Badajoz). Secretaría General (Badajoz). (01120/2025)
Aprobación del Plan estratégico de subvenciones del Ayuntamiento de Oliva de la Frontera 2025
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Ayuntamiento de Oliva de la Frontera

Anuncio 1120/2025

b) Efectos pretendidos: Incentivar la fijación de la población en el
municipio.
c) Plazo: Serán subvencionables los nacimientos o adopciones
acaecidas en el ejercicio 2025.
d) Costes previsibles: 20.000,00 euros.
e) Financiación: La financiación se llevará a cabo con fondos
propios, con cargo las siguientes partidas presupuestarias: Por
programas: 232; económica: 480.

Capítulo IV. Subvenciones en materia de deportes
Artículo 8.
En materia de deportes, el Ayuntamiento establecerá, durante el período de vigencia del Plan,
la siguiente línea de subvención:
- Subvención nominativa al Club Polideportivo Oliva:
a) Objetivos: Financiar parte de la adquisición del material
deportivo, desplazamientos y otros gastos que debe afrontar el
club a lo largo de la temporada de competición.
b) Efectos pretendidos: Favorecer la realización de actividades
deportivas en el municipio, ayudar al sostenimiento de los gastos
corrientes del Club Polideportivo Oliva para su participación en
competiciones o eventos deportivos.
c) Plazo: Los gastos subvencionables deben realizarse en el año
2025.
d) Costes previsibles: 6.000,00 euros.
e) Financiación: La financiación se llevará a cabo con fondos
propios, con cargo a las siguientes partidas presupuestarias: Por
programas: 341; económica: 480.

Capítulo V. Subvención a la Asociación Pasión Viviente
Artículo 9.
Se establece una subvención atendiendo a la excepcionalidad de la celebración de la Pasión
Viviente y su declaración de Interés Turístico Nacional se establece la siguiente línea de
subvención:
a) Objetivos: Promocionar la Pasión Viviente como fiesta de interés turístico
nacional
b) Efectos pretendidos: Colaborar con la financiación de la Pasión Viviente
c) Plazo: La realización de la Pasión Viviente 2025.
d) Costes previsibles: 2.000,00 €.
e) Financiación: La financiación se llevará a cabo con fondos propios, con cargo a
las siguientes partidas presupuestarias: Por programas: 432; económica: 480.
Capítulo VI. Subvención a los mejores expedientes académicos.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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