Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Esparragalejo. (01131/2025)
Aprobación del Plan de igualdad y protocolo para la prevención, detección y actuación ante situaciones de acoso sexual, acoso por razón de sexo y acoso por orientación sexual e identidad y expresión de género del Ayuntamiento de Esparragalejo
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Ayuntamiento de Esparragalejo
Anuncio 1131/2025
ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Esparragalejo
Esparragalejo (Badajoz)
Anuncio 1131/2025
Aprobación del Plan de igualdad y protocolo para la prevención, detección y actuación ante situaciones de acoso
sexual, acoso por razón de sexo y acoso por orientación sexual e identidad y expresión de género del Ayuntamiento de
Esparragalejo
APROBACIÓN DEL PLAN DE IGUALDAD Y PROTOCOLO PARA LA PREVENCIÓN, DETECCIÓN Y ACTUACIÓN ANTE SITUACIONES
DE ACOSO SEXUAL, ACOSO POR RAZÓN DE SEXO Y ACOSO POR ORIENTACIÓN SEXUAL E IDENTIDAD Y EXPRESIÓN DE
GÉNERO DEL AYUNTAMIENTO DE ESPARRAGALEJO
El Pleno del Ayuntamiento de Esparragalejo, en sesión celebrada el día 27 de marzo de 2025, acordó aprobar el Plan de
igualdad y el protocolo para la prevención, detección y actuación ante situaciones de acoso sexual, acoso por razón de sexo
y acoso por orientación sexual e identidad y expresión de género del Ayuntamiento de Esparragalejo.
El texto íntegro de ambos documentos está publicado en la sede electrónica de este Ayuntamiento
(http://sede.esparragalejo.es) y página web municipal (http://esparragalejo.es).
Lo que se hace público para general conocimiento, de conformidad con lo establecido en el artículo 45.1.a) Ley 39/2015, de 1
de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Contra dicho acuerdo que pone fin a la vía administrativa, se puede interponer, alternativamente, o recurso de reposición
potestativo, ante el Pleno de este Ayuntamiento, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación del
presente anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley
39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o recurso contenciosoadministrativo, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Mérida, en el plazo de dos meses, a contar desde el
día siguiente a la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz, de conformidad con el
artículo 46 de la Ley 29/1988, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
En el caso de optar por la interposición del recurso de reposición potestativo, no se podrá interponer recurso contenciosoadministrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de
reposición presentado.
Todo ello sin perjuicio de la interposición de cualquier otro recurso que estime procedente.
En Esparragalejo, a fecha de la firma digital.- El Alcalde, Francisco José Pajuelo Sánchez.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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sexual, acoso por razón de sexo y acoso por orientación sexual e identidad y expresión de género del Ayuntamiento de
Esparragalejo
APROBACIÓN DEL PLAN DE IGUALDAD Y PROTOCOLO PARA LA PREVENCIÓN, DETECCIÓN Y ACTUACIÓN ANTE SITUACIONES
DE ACOSO SEXUAL, ACOSO POR RAZÓN DE SEXO Y ACOSO POR ORIENTACIÓN SEXUAL E IDENTIDAD Y EXPRESIÓN DE
GÉNERO DEL AYUNTAMIENTO DE ESPARRAGALEJO
El Pleno del Ayuntamiento de Esparragalejo, en sesión celebrada el día 27 de marzo de 2025, acordó aprobar el Plan de
igualdad y el protocolo para la prevención, detección y actuación ante situaciones de acoso sexual, acoso por razón de sexo
y acoso por orientación sexual e identidad y expresión de género del Ayuntamiento de Esparragalejo.
El texto íntegro de ambos documentos está publicado en la sede electrónica de este Ayuntamiento
(http://sede.esparragalejo.es) y página web municipal (http://esparragalejo.es).
Lo que se hace público para general conocimiento, de conformidad con lo establecido en el artículo 45.1.a) Ley 39/2015, de 1
de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Contra dicho acuerdo que pone fin a la vía administrativa, se puede interponer, alternativamente, o recurso de reposición
potestativo, ante el Pleno de este Ayuntamiento, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación del
presente anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley
39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o recurso contenciosoadministrativo, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Mérida, en el plazo de dos meses, a contar desde el
día siguiente a la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz, de conformidad con el
artículo 46 de la Ley 29/1988, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
En el caso de optar por la interposición del recurso de reposición potestativo, no se podrá interponer recurso contenciosoadministrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de
reposición presentado.
Todo ello sin perjuicio de la interposición de cualquier otro recurso que estime procedente.
En Esparragalejo, a fecha de la firma digital.- El Alcalde, Francisco José Pajuelo Sánchez.
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