Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior (Badajoz). (01078/2025)
Bases de la convocatoria para la provisión de dos plazas vacantes de funcionario/a Técnico/a Superior Jurídico/a, de la Diputación de Badajoz
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Área de Recursos Humanos y Régimen Interior
Anuncio 1078/2025
deberán abstenerse de intervenir en el procedimiento comunicándolo a la autoridad convocante, pudiendo ser recusadas
por las personas aspirantes admitidas. Cuando no fuera posible que la mayoría de sus miembros fueran titulares de la
especialidad que se tuviera que seleccionar, el Tribunal podrá completarse con empleados/as de otra especialidad, clase,
subescala, o escala, según establece el artículo 6.8 del Reglamento regulador de la composición y designación de los
Tribunales de Selección en la Diputación de Badajoz. No podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de más de la mitad de
sus miembros titulares o, en su caso, suplentes. En ausencia de la Presidencia, le sustituirá la vocalía presente de mayor
jerarquía, antigüedad y edad, por ese orden. Cuando el procedimiento selectivo, por dificultades técnicas o de otra índole,
así lo aconsejase, el Tribunal, por medio de su presidencia, podrá disponer la incorporación al mismo, con carácter temporal,
de otro personal de Diputación o de otras administraciones públicas, que colaborará exclusivamente en el ejercicio de sus
especialidades técnicas, en el desarrollo de los procesos de selección y bajo la dirección del Tribunal.
Séptima.- Sistema selectivo.
El proceso de selección será el de concurso-oposición. Constará de las siguientes fases: fase de oposición, fase de concurso y
fase de periodo de prácticas. Solamente se valorará la fase de concurso a aquellas personas aspirantes que previamente
superen la fase de oposición.
a) Fase de oposición (hasta un máximo de 30 puntos). Constará de tres pruebas o ejercicios, independientes y eliminatorios
entre sí:
1. Primer ejercicio (10 puntos máximo): prueba teórica, tipo test, consistente en contestar en un máximo de
ciento veinte minutos, un cuestionario de 100 preguntas, más 10 de reserva, con tres respuestas alternativas,
de las cuales solo una de ellas será la correcta, basadas en el temario anexo, 50 de ellas serán relativas a los
temas del bloque I (temas 1 a 29) y 50 a los del bloque II (temas 30 a 90). Cada respuesta correcta sumará 0,1
puntos y cada respuesta incorrecta restará 0,05 puntos, no puntuando ni penalizando las preguntas no
contestadas.
Finalizado el ejercicio, las personas que lo han realizado, podrán presentar alegaciones frente a las preguntas
o reclamar contra las respuestas dadas por correctas, desde el momento de la publicación de la plantilla de
respuestas, y hasta un plazo máximo de cinco días hábiles a contar desde el siguiente a la publicación de
dicho anuncio. Para facilitarlo, podrán presentarlas a través del trámite "alegaciones a pruebas selectivas"
habilitado en la sede electrónica de la Diputación de Badajoz/trámites ciudadanos y empresas/trámites por
delegaciones/Recursos Humanos y Régimen Interior:
https://sede.dip-badajoz.es/portal/literal.do?opc_id=10071&ent_id=10&idioma=1.
2. Segundo ejercicio (10 puntos máximo): consistirá en desarrollar por escrito, en un tiempo máximo de tres
horas, dos temas de entre tres seleccionados al azar en presencia de las personas aspirantes, mediante el
procedimiento de insaculación, pertenecientes a las materias del temario anexo, bloque II (temas 30 a 90).
Cada tema elegido por la persona aspirante será calificado sobre 10 puntos. La puntuación global del ejercicio
será la media de la puntuación obtenida en los dos temas. Deberá alcanzarse al menos 5 puntos para superar
el ejercicio. Criterios de valoración: conocimientos generales (hasta 8 puntos), claridad y orden de ideas (hasta
1 punto), y capacidad de expresión y síntesis (hasta 1 punto).
3. Tercer ejercicio (10 puntos máximo): consistirá en contestar, durante un tiempo máximo de tres horas, a
dos supuestos prácticos de entre tres propuestos por el Tribunal de Selección, relacionados con el temario
anexo, bloque II (temas 30 a 90), en los que deberán acreditarse los conocimientos que se posean en
referencia a la plaza objeto de la convocatoria. La puntuación global del ejercicio será la media de la
puntuación obtenida en los dos supuestos, calificados sobre 10 puntos, debiendo alcanzarse al menos 5
puntos para superar el ejercicio. Cada supuesto práctico tendrá varias cuestiones puntuadas según se
establezca en el mismo.
Determinación de la puntuación: los ejercicios que constituyen la fase de oposición tendrán carácter eliminatorio entre sí y
su calificación se determinará por el Tribunal otorgando un máximo de diez puntos a cada uno de ellos, debiendo obtener al
menos una puntuación de cinco puntos para superar cada ejercicio. En el segundo y tercer ejercicio, los errores, omisiones,
imprecisiones, ausencia de una argumentación razonada o de aspectos jurídicos/técnicos relevantes, implicarán la reducción
de la puntuación. Cuando, en su caso, se valoren con la media resultante de las calificaciones otorgadas por cada miembro
del Tribunal, se eliminarán, las puntuaciones máxima y mínima cuando entre éstas exista una diferencia igual o superior a
dos puntos. En el supuesto de que haya más de dos notas emitidas que se diferencien en dos o más puntos, solo se
eliminarán una de las calificaciones máximas y otra de las mínimas.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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deberán abstenerse de intervenir en el procedimiento comunicándolo a la autoridad convocante, pudiendo ser recusadas
por las personas aspirantes admitidas. Cuando no fuera posible que la mayoría de sus miembros fueran titulares de la
especialidad que se tuviera que seleccionar, el Tribunal podrá completarse con empleados/as de otra especialidad, clase,
subescala, o escala, según establece el artículo 6.8 del Reglamento regulador de la composición y designación de los
Tribunales de Selección en la Diputación de Badajoz. No podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de más de la mitad de
sus miembros titulares o, en su caso, suplentes. En ausencia de la Presidencia, le sustituirá la vocalía presente de mayor
jerarquía, antigüedad y edad, por ese orden. Cuando el procedimiento selectivo, por dificultades técnicas o de otra índole,
así lo aconsejase, el Tribunal, por medio de su presidencia, podrá disponer la incorporación al mismo, con carácter temporal,
de otro personal de Diputación o de otras administraciones públicas, que colaborará exclusivamente en el ejercicio de sus
especialidades técnicas, en el desarrollo de los procesos de selección y bajo la dirección del Tribunal.
Séptima.- Sistema selectivo.
El proceso de selección será el de concurso-oposición. Constará de las siguientes fases: fase de oposición, fase de concurso y
fase de periodo de prácticas. Solamente se valorará la fase de concurso a aquellas personas aspirantes que previamente
superen la fase de oposición.
a) Fase de oposición (hasta un máximo de 30 puntos). Constará de tres pruebas o ejercicios, independientes y eliminatorios
entre sí:
1. Primer ejercicio (10 puntos máximo): prueba teórica, tipo test, consistente en contestar en un máximo de
ciento veinte minutos, un cuestionario de 100 preguntas, más 10 de reserva, con tres respuestas alternativas,
de las cuales solo una de ellas será la correcta, basadas en el temario anexo, 50 de ellas serán relativas a los
temas del bloque I (temas 1 a 29) y 50 a los del bloque II (temas 30 a 90). Cada respuesta correcta sumará 0,1
puntos y cada respuesta incorrecta restará 0,05 puntos, no puntuando ni penalizando las preguntas no
contestadas.
Finalizado el ejercicio, las personas que lo han realizado, podrán presentar alegaciones frente a las preguntas
o reclamar contra las respuestas dadas por correctas, desde el momento de la publicación de la plantilla de
respuestas, y hasta un plazo máximo de cinco días hábiles a contar desde el siguiente a la publicación de
dicho anuncio. Para facilitarlo, podrán presentarlas a través del trámite "alegaciones a pruebas selectivas"
habilitado en la sede electrónica de la Diputación de Badajoz/trámites ciudadanos y empresas/trámites por
delegaciones/Recursos Humanos y Régimen Interior:
https://sede.dip-badajoz.es/portal/literal.do?opc_id=10071&ent_id=10&idioma=1.
2. Segundo ejercicio (10 puntos máximo): consistirá en desarrollar por escrito, en un tiempo máximo de tres
horas, dos temas de entre tres seleccionados al azar en presencia de las personas aspirantes, mediante el
procedimiento de insaculación, pertenecientes a las materias del temario anexo, bloque II (temas 30 a 90).
Cada tema elegido por la persona aspirante será calificado sobre 10 puntos. La puntuación global del ejercicio
será la media de la puntuación obtenida en los dos temas. Deberá alcanzarse al menos 5 puntos para superar
el ejercicio. Criterios de valoración: conocimientos generales (hasta 8 puntos), claridad y orden de ideas (hasta
1 punto), y capacidad de expresión y síntesis (hasta 1 punto).
3. Tercer ejercicio (10 puntos máximo): consistirá en contestar, durante un tiempo máximo de tres horas, a
dos supuestos prácticos de entre tres propuestos por el Tribunal de Selección, relacionados con el temario
anexo, bloque II (temas 30 a 90), en los que deberán acreditarse los conocimientos que se posean en
referencia a la plaza objeto de la convocatoria. La puntuación global del ejercicio será la media de la
puntuación obtenida en los dos supuestos, calificados sobre 10 puntos, debiendo alcanzarse al menos 5
puntos para superar el ejercicio. Cada supuesto práctico tendrá varias cuestiones puntuadas según se
establezca en el mismo.
Determinación de la puntuación: los ejercicios que constituyen la fase de oposición tendrán carácter eliminatorio entre sí y
su calificación se determinará por el Tribunal otorgando un máximo de diez puntos a cada uno de ellos, debiendo obtener al
menos una puntuación de cinco puntos para superar cada ejercicio. En el segundo y tercer ejercicio, los errores, omisiones,
imprecisiones, ausencia de una argumentación razonada o de aspectos jurídicos/técnicos relevantes, implicarán la reducción
de la puntuación. Cuando, en su caso, se valoren con la media resultante de las calificaciones otorgadas por cada miembro
del Tribunal, se eliminarán, las puntuaciones máxima y mínima cuando entre éstas exista una diferencia igual o superior a
dos puntos. En el supuesto de que haya más de dos notas emitidas que se diferencien en dos o más puntos, solo se
eliminarán una de las calificaciones máximas y otra de las mínimas.
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Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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