Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Llera. (01053/2025)
Bases de la convocatoria para acceder a las ayudas para suministros mínimos vitales 2025
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Ayuntamiento de Llera
Anuncio 1053/2025
mínimos vitales que sean beneficiarias del bono social eléctrico para consumidores vulnerables severos, se aplicará los
límites de renta y se realizará su cómputo conforme a lo establecido en la normativa reguladora del bono social para ser
considerado consumidor en riesgo de exclusión social, a los solos efectos del pago de facturas de suministro eléctrico. Para
el resto de gastos o para el gasto de suministro eléctrico en caso de personas solicitantes que no sean beneficiarias del bono
social para consumidores vulnerables severos o cuando haya transcurrido el plazo establecido para el pago de las facturas
de estos consumidores, será de aplicación el límite de rentas y el cómputo establecido en los párrafos anteriores.
2.2. Los requisitos establecidos en los párrafos a) y b) del apartado anterior solo serán exigibles a la persona miembro de la
unidad de convivencia solicitante de la ayuda.
2.3. Se excluyen del cómputo los siguientes ingresos o rentas percibidas por cualquiera de los miembros de la unidad de
convivencia:
a) La prestación económica vinculada al servicio y la prestación económica de asistencia personal,
establecidas en los artículos 17 y 19 de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía
Personal y Atención a las personas en situación de dependencia.
b) La prestación familiar por hijo o menor a cargo, menor de 18 años o mayor de dicha edad y que esté
afectado por una discapacidad en grado igual o superior al 65 % de discapacidad.
c) Las becas y ayudas de estudio concedidas por cualquiera de las Administraciones públicas.
d) Las ayudas individualizadas de transporte y/o comedor escolar en la Comunidad Autónoma de
Extremadura y las ayudas públicas para suplir gastos de transporte, alojamiento y manutención, que se
obtengan por la asistencia a acciones de formación ocupacional.
e) Las ayudas extraordinarias de apoyo social para contingencias.
Teniendo en cuenta los importes actuales establecidos para el IPREM, los límites de ingresos o rentas para acceder a estas
ayudas sería el siguiente:
IPREM 2025
IPREM anual (14 pagas)
IPREM mensual
8400
700
N.º UEC
% IPREM
Límite ingresos netos
1
120%
840,00 €
2
128%
896,00 €
3
136%
952,00 €
4
144%
1.008,00 €
5
152%
1.064,00 €
6
160%
1.120,00 €
7
168%
1.176,00 €
8
176%
1.232,00 €
9
184%
1.288,00 €
10
192%
1.344,00 €
Límite si algún miembro tiene 65 % o más de discapacidad o dependencia.
N.º UEC
% IPREM
Límite ingresos netos
1
130%
910,00 €
2
140%
980,00 €
3
150%
1.050,00 €
4
160%
1.120,00 €
5
170%
1.190,00 €
6
180%
1.260,00 €
7
190%
1.330,00 €
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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mínimos vitales que sean beneficiarias del bono social eléctrico para consumidores vulnerables severos, se aplicará los
límites de renta y se realizará su cómputo conforme a lo establecido en la normativa reguladora del bono social para ser
considerado consumidor en riesgo de exclusión social, a los solos efectos del pago de facturas de suministro eléctrico. Para
el resto de gastos o para el gasto de suministro eléctrico en caso de personas solicitantes que no sean beneficiarias del bono
social para consumidores vulnerables severos o cuando haya transcurrido el plazo establecido para el pago de las facturas
de estos consumidores, será de aplicación el límite de rentas y el cómputo establecido en los párrafos anteriores.
2.2. Los requisitos establecidos en los párrafos a) y b) del apartado anterior solo serán exigibles a la persona miembro de la
unidad de convivencia solicitante de la ayuda.
2.3. Se excluyen del cómputo los siguientes ingresos o rentas percibidas por cualquiera de los miembros de la unidad de
convivencia:
a) La prestación económica vinculada al servicio y la prestación económica de asistencia personal,
establecidas en los artículos 17 y 19 de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía
Personal y Atención a las personas en situación de dependencia.
b) La prestación familiar por hijo o menor a cargo, menor de 18 años o mayor de dicha edad y que esté
afectado por una discapacidad en grado igual o superior al 65 % de discapacidad.
c) Las becas y ayudas de estudio concedidas por cualquiera de las Administraciones públicas.
d) Las ayudas individualizadas de transporte y/o comedor escolar en la Comunidad Autónoma de
Extremadura y las ayudas públicas para suplir gastos de transporte, alojamiento y manutención, que se
obtengan por la asistencia a acciones de formación ocupacional.
e) Las ayudas extraordinarias de apoyo social para contingencias.
Teniendo en cuenta los importes actuales establecidos para el IPREM, los límites de ingresos o rentas para acceder a estas
ayudas sería el siguiente:
IPREM 2025
IPREM anual (14 pagas)
IPREM mensual
8400
700
N.º UEC
% IPREM
Límite ingresos netos
1
120%
840,00 €
2
128%
896,00 €
3
136%
952,00 €
4
144%
1.008,00 €
5
152%
1.064,00 €
6
160%
1.120,00 €
7
168%
1.176,00 €
8
176%
1.232,00 €
9
184%
1.288,00 €
10
192%
1.344,00 €
Límite si algún miembro tiene 65 % o más de discapacidad o dependencia.
N.º UEC
% IPREM
Límite ingresos netos
1
130%
910,00 €
2
140%
980,00 €
3
150%
1.050,00 €
4
160%
1.120,00 €
5
170%
1.190,00 €
6
180%
1.260,00 €
7
190%
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