Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Navalvillar de Pela. (00953/2025)
Bases de la convocatoria para cubrir en propiedad dos plazas de Auxiliar Administrativo, funcionario, por el sistema de concurso-oposición, promoción interna cruzada, del Ayuntamiento de Navalvillar de Pela
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Ayuntamiento de Navalvillar de Pela

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8.1.- Los aspirantes propuestos presentarán dentro del plazo de veinte días naturales desde que se haga
pública la relación de aprobados prevista en el apartado 8.1, los documentos acreditativos de reunir las
condiciones para tomar parte en el procedimiento selectivo que se exigen en la convocatoria, estando
exentos de justificar las condiciones y demás requisitos para obtener su anterior nombramiento, debiendo
presentar certificación acreditativa de su condición y demás circunstancias que consten en su expediente
personal.
8.2.- Si dentro del plazo indicado y salvo causas de fuerza mayor, las personas propuestas no presentaran la
documentación o no reunieran los requisitos exigidos, no podrán ser nombradas y quedarán anuladas todas
sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieren podido incurrir por falsedad en la
instancia solicitando tomar parte en el procedimiento selectivo.
Si dentro del plazo expresado, y salvo causa de fuerza mayor, el aspirante no reuniera los requisitos exigidos
quedarán anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubiera podido incurrir
por falsedad en la instancia. En tal supuesto, la Presidencia de la Corporación efectuará propuesta de
nombramiento a favor del siguiente aspirante, según el orden de puntuación.
9.- Norma final.
Contra la presente resolución, que es definitiva en vía administrativa, podrá interponerse recurso contenciosoadministrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo de Mérida, en el plazo de dos meses, a contar desde el día
siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia. Con carácter potestativo podrá interponerse recurso
previo de reposición ante el Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Navalvillar de Pela en el plazo de un mes, a
contar de la misma forma que el anterior recurso, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
_____________
ANEXO I
1. La Constitución española de 1978 (I): Estructura y contenido. Título Preliminar. Título I: Derechos y deberes
fundamentales. De las garantías de la libertades y derechos fundamentales. De la suspensión de los derechos y libertades.
2. La Constitución española de 1978 (II): Título IV: Del Gobierno y de la Administración. Título V: De las relaciones entre el
Gobierno y las Cortes Generales. Título VI: El poder judicial.
3. La Constitución española de 1978 (III): La Organización Territorial del Estado en la Constitución española: Título VIII.
4. Ley 7/85, de 2 de abril, reguladora básica del régimen local: Títulos II, IV, V, VI, VII, y VIII.
5. Las fuentes del derecho administrativo. El principio de jerarquía normativa. La Constitución. Los Tratados Internacionales.
El derecho de la Unión europea. La Ley. Disposiciones normativas con fuerza de ley: Decretos-Leyes y Decretos Legislativos.
Los Reglamentos.
6. Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público: Disposiciones generales, principios de actuación y
funcionamiento del sector público: Disposiciones generales; De los órganos de las administraciones públicas; principios de la
potestad sancionadora; De la responsabilidad patrimonial de las administraciones públicas; Funcionamiento electrónico del
sector público; de los convenios.
7. Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (I): De los actos
administrativos. Producción y contenido. Motivación. Forma. Eficacia de los actos Nulidad y anulabilidad. Términos y plazos.
Obligación de resolver. El silencio administrativo. Ejecución de los actos en vía administrativa.
8. Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (II): El
procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas: Concepto. Capacidad de obrar. Concepto de
interesado. Representación. Registro electrónico de apoderamientos. Pluralidad de interesados. Identificación y firma de los
interesados en el procedimiento administrativo.
9. Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (III): El
procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas: Iniciación. Ordenación. Instrucción. Finalización del
procedimiento. El procedimiento simplificado.
10. Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (IV): De la
revisión de los actos en vía administrativa: Revisión de oficio. Recursos administrativos.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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