Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Calera de León. (00971/2025)
Aprobación definitiva del expediente de modificación de crédito número 3/2025
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Ayuntamiento de Calera de León

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ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Calera de León
Calera de León (Badajoz)
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Aprobación definitiva del expediente de modificación de crédito número 3/2025

APROBACIÓN DEFINITIVA EXPEDIENTE MODIFICACIÓN CRÉDITO NÚMERO 3/2025
No habiéndose formulado reclamaciones en el plazo legalmente establecido contra el acuerdo adoptado por el
Ayuntamiento Pleno en sesión celebrada el día 19 de febrero de 2025, por el que se aprobaba inicialmente el expediente de
modificación de créditos número 3/2025 en la modalidad de créditos extraordinarios para financiar gastos de inversión con
cargo al remanente de tesorería para gastos generales, que afectará al vigente presupuesto, se considera definitivamente
aprobado el citado expediente conforme a lo dispuesto en el artículo 169.1, en relación con el artículo 177.2, del Real
Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas
Locales, con el resumen que se detalla:
Altas en aplicaciones de gastos:

Aplicación

Descripción

Créditos
iniciales (€)

Progr. Económica
011

91100

934

600

Crédito extraordinario (€)

Devolución anticipo reintegrable
Diputación de Badajoz

Créditos
finales (€)

2.542,92

Compra de terrenos

40.868,12

Total:

43.411,04

Esta modificación se financia con cargo a una operación de crédito, en los siguientes términos:
Altas en concepto de ingresos:

Aplicación: Económica
Cap.

Art.

Conc.

7

87

87000

Descripción
Remanente de tesorería para gastos generales
Total ingresos:

Euros
43.411,04
43.411,04

Además, queda acreditado el cumplimiento de los requisitos que establece el artículo 37.2, apartados a) y b), del Real
Decreto 500/1990, de 20 de abril, por el que se desarrolla el capítulo primero del título sexto de la Ley 39/1988, de 28 de
diciembre, reguladora de las Haciendas Locales, en materia de presupuestos, que son los siguientes:
a) El carácter específico y determinado del gasto a realizar y la imposibilidad de demorarlo a ejercicios
posteriores por los siguientes motivos: Concesión en 2024 de anticipo reintegrable por la Diputación de
Badajoz, destinado a la compra de terrenos, que debe ser materializado en el presente ejercicio, así como la
devolución de la cuota anual de 2025 correspondiente a ese anticipo, la cual no se halla contemplada en el
presupuesto municipal.
b) La inexistencia en el estado de gastos del presupuesto de crédito destinado a esa finalidad específica, que
se verifica en el nivel en que está establecida la vinculación jurídica.
Contra el presente acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo,
los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los
artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de dicha jurisdicción. Sin perjuicio de ello, a tenor de lo
establecido en el artículo 113.3 de la Ley 7/1985, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad
del acto o acuerdo impugnado.
En Calera de León, a fecha de la firma digital.- La Alcaldesa, Joaquina Rebollo Caballero.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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