Administración Local. Mancomunidades. Mancomunidad de Municipios Río Bodión (Zafra). Área de Recursos Humanos y Régimen Interior (Badajoz). Secretaría General (Badajoz). (00915/2025)
Bases reguladoras para la contratación laboral temporal de sustitución a jornada completa de una plaza de Psicólogo/a para el programa de atención a las familias de la Mancomunidad de Municipios Río Bodión
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Mancomunidad de Municipios Río Bodión

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ADMINISTRACIÓN LOCAL
MANCOMUNIDADES
Mancomunidad de Municipios Río Bodión
Zafra (Badajoz)
Anuncio 915/2025
Bases reguladoras para la contratación laboral temporal de sustitución a jornada completa de una plaza de Psicólogo/a
para el programa de atención a las familias de la Mancomunidad de Municipios Río Bodión

BASES REGULADORAS PARA LA CONTRATACIÓN LABORAL TEMPORAL DE SUSTITUCIÓN A JORNADA COMPLETA DE UNA
PLAZA DE PSICÓLOGO/A PARA EL PROGRAMA DE ATENCIÓN A LAS FAMILIAS DE LA MANCOMUNIDAD DE MUNICIPIOS RÍO
BODIÓN
Base primera.- Objeto de la convocatoria.
Esta convocatoria se realiza al amparo de la orden de 15 de septiembre de 2022 por la se establecen las bases reguladoras
para la concesión de subvenciones a las entidades locales que desarrollen los Programas de Atención a las Familias en
Extremadura y de acuerdo con lo estipulado en la resolución de 28 de noviembre de 2024, de la Secretaría General, por la
que se aprueba la convocatoria de concesión de subvenciones destinadas a la financiación de los Programas de Atención a
las Familias en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2025.
La modalidad de la contratación es de sustitución prevista en el apartado c) del artículo 15 del texto refundido del Estatuto
de los Trabajadores, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, y de conformidad con al artículo
11.3 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015,
de 30 de octubre: "Los procedimientos de selección del personal laboral serán públicos, rigiéndose en todo caso por los
principios de igualdad, mérito y capacidad. En el caso del personal laboral temporal se regirá igualmente por el principio de
celeridad, teniendo por finalidad atender razones expresamente justificadas de necesidad y urgencia".
El/la trabajador/a se incorporará al Programa de Atención a las Familias de la Mancomunidad de Municipios Río Bodión.
El desempeño del puesto de trabajo se realizará bajo absoluta objetividad, imparcialidad e independencia, cumpliendo con
el régimen de incompatibilidad establecido en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de incompatibilidades del personal al
servicio de las Administraciones Públicas y con lo dispuesto al respecto en la indicada resolución de subvención.
La plaza ofertada por la Mancomunidad de Municipios Río Bodión estará dotada con las retribuciones anuales fijadas según
dotación presupuestaria, con una jornada laboral a tiempo completo, con un periodo de prueba inicial de tres meses.
El ámbito de trabajo serán los municipios de la Mancomunidad de Municipios Río Bodión.
Base segunda.- Requisitos de las personas aspirantes
Para ser persona admitida en la realización de las pruebas selectivas, las personas aspirantes deberán reunir los siguientes
requisitos:
a) Ser español/a o, de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por
el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, tener nacionalidad
de un país miembro de la Unión Europea, o la de cualquiera de aquellos Estados a los que, en virtud de
Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre
circulación de trabajadores y trabajadoras en los términos que ésta se halla definida en el tratado constitutivo
de la Unión Europea. Igualmente, podrán participar en el proceso selectivo, cualquiera que sea su
nacionalidad, cónyuges de españoles y nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea (siempre
que no estén separados de derecho), sus descendientes y de sus cónyuges (siempre que no estén separados
de derecho) y sean menores de veintiún años o mayores de dicha edad dependientes.
b) Tener cumplidos 16 años de edad y no haber alcanzado la edad de jubilación forzosa.
c) Estar en posesión del título universitario de Licenciado o Graduado en Psicología o equivalente, o en
condiciones de obtenerlo antes de la finalización del plazo de presentación de instancias.
En el caso de que la titulación se haya obtenido en el extranjero deberá estarse en posesión de la credencial
que acredite su homologación
d) Poseer la capacidad funcional necesaria para el desempeño de las correspondientes funciones o puesto al
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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