Administración Local. Mancomunidades. Mancomunidad Integral de Servicios Vegas Bajas (Montijo). (00895/2025)
Delegación de competencias para concertación de operaciones de tesorería
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Mancomunidad Integral de Servicios Vegas Bajas

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ADMINISTRACIÓN LOCAL
MANCOMUNIDADES
Mancomunidad Integral de Servicios Vegas Bajas
Montijo (Badajoz)
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Delegación de competencias para concertación de operaciones de tesorería

DELEGACIÓN DE COMPETENCIAS
Por acuerdo de la Asamblea de la Mancomunidad Integral de Servicios Vegas Bajas de fecha 12 de marzo de 2025, se acordó
la delegación de competencia de la Asamblea para la concertación de las operaciones de tesorería, cuando el importe
acumulado de las operaciones vivas en cada momento supere el 15 por ciento de los ingresos corrientes liquidados en el
ejercicio anterior, en el Presidente, ajustándose a lo previsto en el artículo 22.4 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de
las Bases de Régimen Local.
Dicha delegación será revocable por la Asamblea en cualquier momento y supone la obligación de la Presidencia de indicar
en las resoluciones que se adopten la circunstancia de la delegación, así como dar cuenta a la Asamblea de las mismas en
los términos establecidos en la Ley.
El acuerdo de delegación debe publicarse en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz, en virtud de lo dispuesto en el
artículo 9 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. Con arreglo a lo dispuesto en el artículo
51 del ROFCL el presente acuerdo surtirá efectos desde el día siguiente al de su adopción, sin perjuicio de su publicación en
el Boletín Oficial de la Provincia
Contra este acuerdo de delegación, que pone fin a la vía administrativa, de conformidad con lo que establece el artículo 52
de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y de acuerdo con lo que dispone el artículo 123
de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, podrá
interponerse, con carácter previo y potestativo, recurso de reposición ante la Asamblea de esta Mancomunidad, en el
término de un mes a contar desde el día siguiente a la recepción de su notificación, o bien directamente recurso
contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de la zona, en el término de dos meses a
contar desde el día siguiente a la recepción de su notificación. No obstante, podrá interponer cualquier otro, si lo considera
conveniente.
En Montijo, a fecha de la firma digital.- El Presidente, Javier Cienfuegos Pinilla.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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