Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Monterrubio de la Serena. (00893/2025)
Creación de Junta de Gobierno Local
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de Monterrubio de la Serena
Anuncio 893/2025
ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Monterrubio de la Serena
Monterrubio de la Serena (Badajoz)
Anuncio 893/2025
Creación de Junta de Gobierno Local
PUBLICACIÓN ACUERDO DE CREACIÓN DE JUNTA DE GOBIERNO LOCAL DE ESTE AYUNTAMIENTO, RÉGIMEN DE
FUNCIONAMIENTO, Y LAS INDEMNIZACIONES POR ASISTENCIA DE LOS MIEMBROS QUE LA COMPONEN
Don Jesús Martín Torres, Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Monterrubio de la Serena (Badajoz) expone lo
siguiente:
En la sesión de Pleno de este Ayuntamiento de fecha 12 de marzo de 2025, se adoptó acuerdo de creación de la Junta de
Gobierno Local, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 20, 21, 22 y 23 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, por la que se
aprueba la Ley de Bases de Régimen Local.
Así mimo se acordó el régimen de funcionamiento de la citada Junta de Gobierno Local y el régimen de indemnizaciones por
asistencia en la forma que se indica a continuación.
RÉGIMEN DE FUNCIONAMIENTO (PERIODICIDAD DE LAS SESIONES)
Sesión constitutiva.- Previa convocatoria del Alcalde o Presidente, dentro de los diez días siguientes a aquél en que
éste haya designado los miembros que la integran.
Sesiones ordinarias.- Una vez cada dos semanas, martes a las 12:00 horas.
Sesiones extraordinarias.- Cuando así se determine por el Sr. Alcalde-Presidente por razón de los asuntos a tratar.
RÉGIMEN DE INDEMNIZACIONES POR ASISTENCIA.
Los concejales que no tengan ningún tipo de dedicación exclusiva o parcial, percibirán 30,00 €/netos por cada asistencia.
Lo que se publica a los efectos de su conocimiento pleno, de acuerdo con lo señalado en el artículo 75.3 de la Ley 7/19685,
de 2 de abril, por la que se aprueba la Ley de Bases de Régimen Local, y los artículo 112 y 113 del RD 2568/1986, de 28 de
noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades
Locales.
En Monterrubio de la Serena, a fecha de la firma digital.- El Alcalde-Presidente, Jesús Martín Torres.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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FUNCIONAMIENTO, Y LAS INDEMNIZACIONES POR ASISTENCIA DE LOS MIEMBROS QUE LA COMPONEN
Don Jesús Martín Torres, Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Monterrubio de la Serena (Badajoz) expone lo
siguiente:
En la sesión de Pleno de este Ayuntamiento de fecha 12 de marzo de 2025, se adoptó acuerdo de creación de la Junta de
Gobierno Local, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 20, 21, 22 y 23 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, por la que se
aprueba la Ley de Bases de Régimen Local.
Así mimo se acordó el régimen de funcionamiento de la citada Junta de Gobierno Local y el régimen de indemnizaciones por
asistencia en la forma que se indica a continuación.
RÉGIMEN DE FUNCIONAMIENTO (PERIODICIDAD DE LAS SESIONES)
Sesión constitutiva.- Previa convocatoria del Alcalde o Presidente, dentro de los diez días siguientes a aquél en que
éste haya designado los miembros que la integran.
Sesiones ordinarias.- Una vez cada dos semanas, martes a las 12:00 horas.
Sesiones extraordinarias.- Cuando así se determine por el Sr. Alcalde-Presidente por razón de los asuntos a tratar.
RÉGIMEN DE INDEMNIZACIONES POR ASISTENCIA.
Los concejales que no tengan ningún tipo de dedicación exclusiva o parcial, percibirán 30,00 €/netos por cada asistencia.
Lo que se publica a los efectos de su conocimiento pleno, de acuerdo con lo señalado en el artículo 75.3 de la Ley 7/19685,
de 2 de abril, por la que se aprueba la Ley de Bases de Régimen Local, y los artículo 112 y 113 del RD 2568/1986, de 28 de
noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades
Locales.
En Monterrubio de la Serena, a fecha de la firma digital.- El Alcalde-Presidente, Jesús Martín Torres.
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