Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Tamurejo. (00858/2025)
Aprobación definitiva de la Ordenanza reguladora de la tarjeta de estacionamiento de vehículos para personas con discapacidad
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de Tamurejo
Anuncio 858/2025
Artículo 18. Sanciones.
1. Las infracciones consideradas como leves serán sancionadas con multa de hasta (100,00 euros).
2. Las infracciones consideradas como graves serán sancionadas con multas de hasta (300,00 euros) y la retirada por un
periodo de (tres meses) de la tarjeta de estacionamiento.
3. Las infracciones consideradas como muy graves serán sancionadas con multas de hasta (1.000,00 euros), la retirada de la
tarjeta de estacionamiento por un tiempo superior a (tres meses e inferior a dos años) y/o la revocación de la tarjeta de
forma indefinida, no pudiendo volver a solicitarse la misma.
Artículo 19. Graduación de las sanciones.
1. En la denuncia deberán reflejarse los hechos con la suficiente claridad y concreción para apreciar las circunstancias
concurrentes que permitan graduar la sanción.
2. La cuantía económica de las sanciones se atendrá a la debida gravedad y trascendencia del hecho, a los antecedentes del
infractor en esta materia y a su condición de reincidente, al perjuicio causado, directa o indirectamente a terceros o al
interés público y al criterio de proporcionalidad.
Disposición adicional primera.
En todo lo no recogido en la presente Ordenanza se estará a lo dispuesto en el Real Decreto 1056/2014, de 12 de diciembre,
por el que se regulan las condiciones básicas de emisión y uso de la tarjeta de estacionamiento, y en el Decreto 135/2018, de
1 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento que regula las normas de accesibilidad universal en la edificación,
espacios públicos urbanizados, espacios públicos naturales y el transporte en la Comunidad Autónoma de Extremadura o
normas que los sustituyan.
Disposición final única.
La presente Ordenanza entrará en vigor a partir del día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de
Badajoz.
____________________
ANEXO I. SOLICITUD DE TARJETA DE ESTACIONAMIENTO DE VEHÍCULOS PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD QUE
PRESENTEN MOVILIDAD REDUCIDA
1. Motivo de la solicitud (márquese lo que proceda).
Concesión
Renovación (debe rellenar el apartado 5 de
la solicitud)
Expedición de duplicado (debe rellenar el apartado
6 de la solicitud)
2. Datos del solicitante-titular.
Primer apellido:
Segundo apellido:
Nombre:
Fecha de nacimiento:
Sexo:
NIF/NIE:
Domicilio (denominación de la vía pública, número, piso, letra, escalera):
Código postal:
Localidad:
Provincia:
País:
Teléfono 1:
Teléfono 2:
Correo electrónico:
Primer apellido:
Segundo apellido:
Nombre:
Fecha de nacimiento:
Sexo:
3. Datos del representante legal.
Domicilio (denominación de la vía pública, número, piso, letra, escalera):
Código postal:
Localidad:
Provincia:
País:
Teléfono 1:
Teléfono 2:
Correo electrónico:
4. Consulta de datos en poder de la Administración:
Autorizo de forma expresa al Ayuntamiento de Tamurejo para la obtención de ellos siguientes documentos y las
informaciones en ellas contenidas:
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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Artículo 18. Sanciones.
1. Las infracciones consideradas como leves serán sancionadas con multa de hasta (100,00 euros).
2. Las infracciones consideradas como graves serán sancionadas con multas de hasta (300,00 euros) y la retirada por un
periodo de (tres meses) de la tarjeta de estacionamiento.
3. Las infracciones consideradas como muy graves serán sancionadas con multas de hasta (1.000,00 euros), la retirada de la
tarjeta de estacionamiento por un tiempo superior a (tres meses e inferior a dos años) y/o la revocación de la tarjeta de
forma indefinida, no pudiendo volver a solicitarse la misma.
Artículo 19. Graduación de las sanciones.
1. En la denuncia deberán reflejarse los hechos con la suficiente claridad y concreción para apreciar las circunstancias
concurrentes que permitan graduar la sanción.
2. La cuantía económica de las sanciones se atendrá a la debida gravedad y trascendencia del hecho, a los antecedentes del
infractor en esta materia y a su condición de reincidente, al perjuicio causado, directa o indirectamente a terceros o al
interés público y al criterio de proporcionalidad.
Disposición adicional primera.
En todo lo no recogido en la presente Ordenanza se estará a lo dispuesto en el Real Decreto 1056/2014, de 12 de diciembre,
por el que se regulan las condiciones básicas de emisión y uso de la tarjeta de estacionamiento, y en el Decreto 135/2018, de
1 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento que regula las normas de accesibilidad universal en la edificación,
espacios públicos urbanizados, espacios públicos naturales y el transporte en la Comunidad Autónoma de Extremadura o
normas que los sustituyan.
Disposición final única.
La presente Ordenanza entrará en vigor a partir del día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de
Badajoz.
____________________
ANEXO I. SOLICITUD DE TARJETA DE ESTACIONAMIENTO DE VEHÍCULOS PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD QUE
PRESENTEN MOVILIDAD REDUCIDA
1. Motivo de la solicitud (márquese lo que proceda).
Concesión
Renovación (debe rellenar el apartado 5 de
la solicitud)
Expedición de duplicado (debe rellenar el apartado
6 de la solicitud)
2. Datos del solicitante-titular.
Primer apellido:
Segundo apellido:
Nombre:
Fecha de nacimiento:
Sexo:
NIF/NIE:
Domicilio (denominación de la vía pública, número, piso, letra, escalera):
Código postal:
Localidad:
Provincia:
País:
Teléfono 1:
Teléfono 2:
Correo electrónico:
Primer apellido:
Segundo apellido:
Nombre:
Fecha de nacimiento:
Sexo:
3. Datos del representante legal.
Domicilio (denominación de la vía pública, número, piso, letra, escalera):
Código postal:
Localidad:
Provincia:
País:
Teléfono 1:
Teléfono 2:
Correo electrónico:
4. Consulta de datos en poder de la Administración:
Autorizo de forma expresa al Ayuntamiento de Tamurejo para la obtención de ellos siguientes documentos y las
informaciones en ellas contenidas:
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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