Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Ribera del Fresno. (00798/2025)
Delegación de funciones de la Alcaldía en un Concejal para la celebración de matrimonio civil
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Ayuntamiento de Ribera del Fresno

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ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Ribera del Fresno
Ribera del Fresno (Badajoz)
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Delegación de funciones de la Alcaldía en un Concejal para la celebración de matrimonio civil

DELEGACIÓN DE LA ALCALDÍA EN UN CONCEJAL PARA CELEBRAR MATRIMONIO CIVIL
Mediante resolución de la Alcaldía número 2025-116 de 3 de marzo de 2025, se ha aprobado la delegación de competencias
del Alcalde en un Concejal para celebrar matrimonio civil.
A continuación se publica su texto íntegro para general conocimiento y en cumplimiento del artículo 44 del Reglamento de
Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de
noviembre.
"RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA
Visto que se considera conveniente y adecuado por haberlo así solicitado los interesados, delegar en Andrés Bermejo
Fernández, Concejal de este Ayuntamiento, la autorización del acto de celebración del matrimonio civil entre Yolanda Seco
Jiménez y Óscar Vadillo Rolo, el día 29 de marzo de 2025.
De conformidad con lo establecido en el apartado cuarto de la Instrucción de 26 de enero de 1995, de la Dirección General
de los Registros y del Notariado, sobre Directrices sobre la autorización del matrimonio civil por los Alcaldes,
RESUELVO:
Primero.- Delegar en favor de Andrés Bermejo Fernández, Concejal de este Ayuntamiento, el ejercicio de la
competencia correspondiente a la autorización del acto de celebración del matrimonio civil entre los
contrayentes Yolanda Seco Jiménez y Óscar Vadillo Rolo, el día 29 de marzo de 2025.
Segundo.- La delegación deberá estar documentada previamente, bastando con que en el acta de
autorización del matrimonio se haga constar que el Concejal ha actuado por delegación de AlcaldePresidente.
Tercero.- La delegación conferida en la presente resolución requerirá para su eficacia la aceptación del órgano
delegado, entendiéndose ésta otorgada tácitamente si no se formula ante Alcalde-Presidente expresa
manifestación de no aceptación de la delegación en el término de tres días hábiles contados desde el
siguiente a aquel en que le sea notificada esta resolución".
Ribera del Fresno, a fecha de la firma digital.- El Alcalde, Miguel Ángel Araya Salguero.

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