Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Zafra. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria. Servicio de Gestión Tributaria y Catastral (Badajoz). (00689/2025)
Bases de la convocatoria para la provisión, como personal funcionario de carrera por el sistema de concurso-oposición libre, de una plaza de Administrativo/a de Secretaría
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Ayuntamiento de Zafra
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Confección y tramitación administrativa de los pliegos de cláusulas administrativas
particulares y de los pliegos de prescripciones técnicas particulares, estos últimos solo
los que corresponda su elaboración y tramitación al departamento de la Secretaría
General, en colaboración con el/la Técnico de Contratación.
Tramitación administrativa de los procedimientos de contratación sujetos a licitación;
elaboración de la convocatoria de los órganos colegiados de la corporación.
Recaudación de la documentación requerida para la confección del orden del día.
Elaboración de confección de los acuerdos adoptados por los órganos colegiados;
seguimiento de la organización de la gestión de los órganos colegiados.
Elaboración de las actas originadas por las sesiones celebradas de los órganos
colegiados de tramitación en la Secretaría General.
Prestar atención e información al público en las materias de su competencia.
Ejercer la Secretaría de la comisión informativa que se le asigne.
Realizar las tareas administrativas derivadas de la tramitación de expedientes de
constitución de la Corporación y de la celebración de los procesos electorales.
Tramitación administrativa derivada de la convocatoria de procesos electorales.
Preparar los expedientes de matrimonios civiles.
Tramitación o supervisión de la tramitación de las publicaciones en los boletines
oficiales, portal de transparencia y demás plataformas y medios de publicidad y
transparencia, en colaboración con el/la informático/a.
Supervisión de la correcta e integra publicación de los datos objeto de difusión pública
en virtud de la normativa de transparencia. Efectuar cualquier otra tarea propia de su
categoría que le sea encomendada y para la cual haya sido previamente instruido,
conforme a lo dispuesto en el artículo 175 del RD Legislativo 781/1986, de 18 de abril,
por el que se aprueba el Texto Refundido de las Disposiciones Legales vigentes en
materia de Régimen Local.
1.4. Retribución. El puesto estará dotado con las retribuciones básicas correspondientes al subgrupo C1 y
demás retribuciones complementarias, conforme a la vigente RPT, que puede consultarse en el portal de
transparencia de la sede electrónica del Ayuntamiento de Zafra.
1.5. Régimen de incompatibilidad. Estará sujeto a lo dispuesto en la Ley 13/2015, de 8 de abril, de Función
Pública de Extremadura y en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de incompatibilidades del personal al
servicio de las administraciones públicas.
1.6. Las bases de la presente convocatoria, así como todos sus anexos, se podrán consultar tanto en el tablón
de anuncios de este Ayuntamiento como en la sede electrónica del Ayuntamiento de Zafra. También se
publicarán íntegramente en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz y en extracto en el Diario Oficial de
Extremadura y en el Boletín Oficial del Estado.
1.7. En lo no previsto en las bases, se regirá por la Ley 13/2015, de 8 de abril, de Función Pública de
Extremadura; el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público aprobado por el Real
Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre; el Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el que se establecen
las reglas básicas y los programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de los
funcionarios de Administración local; el Reglamento general de ingreso del personal al servicio de la
Administración General del Estado y de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los
funcionarios civiles de la Administración General del Estado aprobado por el Real Decreto 364/1995, de 10 de
marzo; en la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y la Ley 40/2015, de 1
octubre, Régimen Jurídico del Sector Público y demás normas concordantes de aplicación.
Segunda.- Condiciones de admisión de aspirantes.
2.1. Requisitos. Para poder participar en este proceso selectivo es necesario reunir los siguientes requisitos:
a) Tener la nacionalidad española o cumplir los requisitos establecidos en el artículo 57 de la
Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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Confección y tramitación administrativa de los pliegos de cláusulas administrativas
particulares y de los pliegos de prescripciones técnicas particulares, estos últimos solo
los que corresponda su elaboración y tramitación al departamento de la Secretaría
General, en colaboración con el/la Técnico de Contratación.
Tramitación administrativa de los procedimientos de contratación sujetos a licitación;
elaboración de la convocatoria de los órganos colegiados de la corporación.
Recaudación de la documentación requerida para la confección del orden del día.
Elaboración de confección de los acuerdos adoptados por los órganos colegiados;
seguimiento de la organización de la gestión de los órganos colegiados.
Elaboración de las actas originadas por las sesiones celebradas de los órganos
colegiados de tramitación en la Secretaría General.
Prestar atención e información al público en las materias de su competencia.
Ejercer la Secretaría de la comisión informativa que se le asigne.
Realizar las tareas administrativas derivadas de la tramitación de expedientes de
constitución de la Corporación y de la celebración de los procesos electorales.
Tramitación administrativa derivada de la convocatoria de procesos electorales.
Preparar los expedientes de matrimonios civiles.
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oficiales, portal de transparencia y demás plataformas y medios de publicidad y
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en virtud de la normativa de transparencia. Efectuar cualquier otra tarea propia de su
categoría que le sea encomendada y para la cual haya sido previamente instruido,
conforme a lo dispuesto en el artículo 175 del RD Legislativo 781/1986, de 18 de abril,
por el que se aprueba el Texto Refundido de las Disposiciones Legales vigentes en
materia de Régimen Local.
1.4. Retribución. El puesto estará dotado con las retribuciones básicas correspondientes al subgrupo C1 y
demás retribuciones complementarias, conforme a la vigente RPT, que puede consultarse en el portal de
transparencia de la sede electrónica del Ayuntamiento de Zafra.
1.5. Régimen de incompatibilidad. Estará sujeto a lo dispuesto en la Ley 13/2015, de 8 de abril, de Función
Pública de Extremadura y en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de incompatibilidades del personal al
servicio de las administraciones públicas.
1.6. Las bases de la presente convocatoria, así como todos sus anexos, se podrán consultar tanto en el tablón
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publicarán íntegramente en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz y en extracto en el Diario Oficial de
Extremadura y en el Boletín Oficial del Estado.
1.7. En lo no previsto en las bases, se regirá por la Ley 13/2015, de 8 de abril, de Función Pública de
Extremadura; el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público aprobado por el Real
Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre; el Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el que se establecen
las reglas básicas y los programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de los
funcionarios de Administración local; el Reglamento general de ingreso del personal al servicio de la
Administración General del Estado y de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los
funcionarios civiles de la Administración General del Estado aprobado por el Real Decreto 364/1995, de 10 de
marzo; en la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y la Ley 40/2015, de 1
octubre, Régimen Jurídico del Sector Público y demás normas concordantes de aplicación.
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2.1. Requisitos. Para poder participar en este proceso selectivo es necesario reunir los siguientes requisitos:
a) Tener la nacionalidad española o cumplir los requisitos establecidos en el artículo 57 de la
Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación
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