Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Puebla de la Calzada. Centro Especial de Empleo "Villa de Aceuchal". (00466/2025)
Bases de la convocatoria para la selección de personal funcionario por concurso-oposición, para una plaza de Trabajador/a Social
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Ayuntamiento de Puebla de la Calzada
Anuncio 466/2025
ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Puebla de la Calzada
Puebla de la Calzada (Badajoz)
Anuncio 466/2025
Bases de la convocatoria para la selección de personal funcionario por concurso-oposición, para una plaza de
Trabajador/a Social
BASES DE CONVOCATORIA PARA CUBRIR, MEDIANTE EL SISTEMA DE CONCURSO-OPOSICIÓN, 1 PLAZA DE TRABAJADOR/A
SOCIAL, FUNCIONARIO/A DE CARRERA EN EL AYUNTAMIENTO DE PUEBLA DE LA CALZADA
Don Juan María Delfa Cupido, Alcalde-Presidente de este Ayuntamiento, en uso de las atribuciones que le confiere el artículo
21.1.g) de la Ley 7/85, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, y de conformidad con la oferta de empleo
público correspondiente al ejercicio 2023, convoca pruebas selectivas para cubrir, con carácter de personal funcionario de
carrera, una plaza de Trabajador/a Social, vacante en la plantilla de personal funcionario del Ayuntamiento de Puebla de la
Calzada, con arreglo a las siguientes
BASES:
Primera.- Objeto de la convocatoria:
1.1.- El objeto de la presente convocatoria lo constituye la selección de personal funcionario para la cobertura de una plaza
vacante, mediante el sistema de concurso-oposición, por turno de acceso libre.
La referida plaza está incluida en la oferta pública de empleo correspondiente al ejercicio 2023, aprobada por resolución de
Alcaldía 2023-0135, con fecha 20 de febrero de 2023 y publicada en el Boletín Oficial de la Provincia número 38, de fecha 24
de febrero de 2023, y en el DOE número 41, de fecha 1 de marzo de 2023, cuyas características son:
Grupo/Subgrupo
Escala
Subescala y denominación
CD
N.º plazas
Proc. selección
A/A2
AE
Técnica, Trabajador/a Social
21
1
Concurso-oposición
La plaza referida está adscrita al Servicio Social de Atención Social Básica, y las retribuciones y las tareas específicas serán las
propias del puesto que se asigne una vez finalizado el proceso selectivo, de conformidad con lo establecido en la relación de
puestos de trabajo para el puesto 45.
1.2.- El procedimiento de selección de los aspirantes será el de concurso-oposición, contemplado en el artículo 61.6 del Real
Decreto Legislativo 5/2015 de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del
Empleado Público, por considerarlo el más adecuado dada la naturaleza de la plaza y las funciones a desempeñar. La
valoración de la fase de concurso se realizará una vez finalizada la fase de oposición.
Además, con las personas que no resulten seleccionadas, se creará una lista de espera de la escala de Administración
Especial, subescala Técnica, grupo A, subgrupo A2, con la finalidad de dar cobertura con las personas integrantes de la
misma a las necesidades de personal funcionario interino que para esta subescala demande el Ayuntamiento de Puebla de
la Calzada, sin perjuicio de los procedimientos selectivos que puedan convocarse en razón de las especiales características
que concurran en el puesto de trabajo a ocupar.
Todo ello de conformidad con lo previsto en el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el
texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del
Régimen Local, la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de medidas para la reforma de la Función Pública, la Ley 13/2015, de 8 de
abril, de Función Pública de Extremadura, el Decreto 201/1995, de 26 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento
general de Ingreso del personal al servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, el texto
refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local aprobado por el Real Decreto Legislativo
781/1986, de 18 de abril, el artículo 2, el Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el que se establecen las reglas básicas y
los programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de Administración Local, y de
acuerdo con lo estipulado en el Acuerdo regulador de las condiciones de trabajo del personal funcionario del Ayuntamiento
de Puebla de la Calzada.
Segunda.- Requisitos:
2.1.- Los aspirantes deberán cumplir los siguientes requisitos que fijan los artículos 56 y 57 del Real Decreto Legislativo
5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público (y la
Ley 13/2015, de 8 de abril, de Función Pública de Extremadura):
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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Trabajador/a Social
BASES DE CONVOCATORIA PARA CUBRIR, MEDIANTE EL SISTEMA DE CONCURSO-OPOSICIÓN, 1 PLAZA DE TRABAJADOR/A
SOCIAL, FUNCIONARIO/A DE CARRERA EN EL AYUNTAMIENTO DE PUEBLA DE LA CALZADA
Don Juan María Delfa Cupido, Alcalde-Presidente de este Ayuntamiento, en uso de las atribuciones que le confiere el artículo
21.1.g) de la Ley 7/85, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, y de conformidad con la oferta de empleo
público correspondiente al ejercicio 2023, convoca pruebas selectivas para cubrir, con carácter de personal funcionario de
carrera, una plaza de Trabajador/a Social, vacante en la plantilla de personal funcionario del Ayuntamiento de Puebla de la
Calzada, con arreglo a las siguientes
BASES:
Primera.- Objeto de la convocatoria:
1.1.- El objeto de la presente convocatoria lo constituye la selección de personal funcionario para la cobertura de una plaza
vacante, mediante el sistema de concurso-oposición, por turno de acceso libre.
La referida plaza está incluida en la oferta pública de empleo correspondiente al ejercicio 2023, aprobada por resolución de
Alcaldía 2023-0135, con fecha 20 de febrero de 2023 y publicada en el Boletín Oficial de la Provincia número 38, de fecha 24
de febrero de 2023, y en el DOE número 41, de fecha 1 de marzo de 2023, cuyas características son:
Grupo/Subgrupo
Escala
Subescala y denominación
CD
N.º plazas
Proc. selección
A/A2
AE
Técnica, Trabajador/a Social
21
1
Concurso-oposición
La plaza referida está adscrita al Servicio Social de Atención Social Básica, y las retribuciones y las tareas específicas serán las
propias del puesto que se asigne una vez finalizado el proceso selectivo, de conformidad con lo establecido en la relación de
puestos de trabajo para el puesto 45.
1.2.- El procedimiento de selección de los aspirantes será el de concurso-oposición, contemplado en el artículo 61.6 del Real
Decreto Legislativo 5/2015 de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del
Empleado Público, por considerarlo el más adecuado dada la naturaleza de la plaza y las funciones a desempeñar. La
valoración de la fase de concurso se realizará una vez finalizada la fase de oposición.
Además, con las personas que no resulten seleccionadas, se creará una lista de espera de la escala de Administración
Especial, subescala Técnica, grupo A, subgrupo A2, con la finalidad de dar cobertura con las personas integrantes de la
misma a las necesidades de personal funcionario interino que para esta subescala demande el Ayuntamiento de Puebla de
la Calzada, sin perjuicio de los procedimientos selectivos que puedan convocarse en razón de las especiales características
que concurran en el puesto de trabajo a ocupar.
Todo ello de conformidad con lo previsto en el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el
texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del
Régimen Local, la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de medidas para la reforma de la Función Pública, la Ley 13/2015, de 8 de
abril, de Función Pública de Extremadura, el Decreto 201/1995, de 26 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento
general de Ingreso del personal al servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, el texto
refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local aprobado por el Real Decreto Legislativo
781/1986, de 18 de abril, el artículo 2, el Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el que se establecen las reglas básicas y
los programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de Administración Local, y de
acuerdo con lo estipulado en el Acuerdo regulador de las condiciones de trabajo del personal funcionario del Ayuntamiento
de Puebla de la Calzada.
Segunda.- Requisitos:
2.1.- Los aspirantes deberán cumplir los siguientes requisitos que fijan los artículos 56 y 57 del Real Decreto Legislativo
5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público (y la
Ley 13/2015, de 8 de abril, de Función Pública de Extremadura):
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