Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Campanario. (00446/2025)
Delegación de competencias para la celebración de matrimonio civil
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Ayuntamiento de Campanario

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ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Campanario
Campanario (Badajoz)
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Delegación de competencias para la celebración de matrimonio civil

DELEGACIÓN EN UN CONCEJAL PARA CELEBRAR UN MATRIMONIO CIVIL
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 21.1.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de Bases de Régimen Local,
así como lo regulado en los artículos 43 y 44 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las
Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, se hace público que por resolución de fecha
10 de octubre de 2024, esta Alcaldía ha otorgado delegación expresa en doña Magdalena Trenado Gallardo, Concejal de este
Ayuntamiento, para la celebración del matrimonio civil entre P.R.C. y G.T.L. el día 22 de febrero del 2025.
Campanario, a fecha de la firma digital.- El Alcalde-Presidente, Manuel María Calderón Trenado.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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