Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Montijo. (00382/2025)
Extracto de las bases de la convocatoria para la concesión de premios destinado al desfile de comparsas y otros grupos, certamen de murgas y convivencia carnavalera en el Carnaval de Montijo 2025
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de Montijo
Anuncio 382/2025
El jurado será nombrado por el Excmo. Ayuntamiento y estará compuesto por personas de diferentes ámbitos socioculturales y artísticos de localidad. El jurado podrá declarar desierto cualquiera de los premios, así como
eliminar/descalificar a alguno de los premiados en atención a su comportamiento y no observancia del orden público de los
miembros de la comparsa o murga en el concurso, elección, fallo y entrega de premios. El fallo del jurado será inapelable. El
procedimiento se iniciará de oficio por la Concejalía de Festejos, centro gestor del gasto. Se designa como órgano instructor
para la presente convocatoria a la Concejalía de Festejos, que realizará de oficio cuantas actuaciones estime necesarias para
la comprobación de las solicitudes y documentación exigida.
Para cualquier consulta o aclaración de la presente convocatoria los interesados podrán ponerse en contacto con la
Concejalía de Festejos del Excmo. Ayuntamiento de Montijo, por teléfono en el número 924455693 o por correo electrónico
en la dirección: festejosmontijo23@gmail.com.
Se podrá acceder a las bases y anexos de la presente convocatoria en la página web del Ayuntamiento de Montijo y en la
Base Nacional de Datos de Subvenciones, en los términos previstos en el artículo 18 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre,
General de Subvenciones. Además de la publicidad propia de toda convocatoria sometida a la Ley General de Subvenciones,
se le dará la mayor difusión posible entre quienes pudieran estar interesados.
CRITERIOS DE SELECCIÓN
La concesión de los premios se gestionará de acuerdo con los principios de publicidad, transparencia, objetividad, igualdad y
no discriminación.
PAGO DE LOS PREMIOS
El pago de los premios se hará efectivo, a propuesta de la Concejal de Cultura, Festejos e Inclusión, tras presentación del
acta de baremación del jurado, en un pago único, tras la celebración de los concursos, y una vez que los premiados hayan
facilitado los datos necesarios para tal efecto.
Los premios estarán sujetos a la retención según la legislación tributaria vigente en el Estado Español.
RÉGIMEN JURÍDICO
La concesión de los premios se regirá por lo establecido en esta convocatoria y en lo no previsto se estará en lo dispuesto en
la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y sus disposiciones de desarrollo, las bases de ejecución del
presupuesto del Ayuntamiento de Montijo para 2024 y demás normativas estatales o autonómicas que resulten de
aplicación.
En Montijo, a fecha de la firma digital.- La Concejala de Cultura, Festejos e Inclusión, M.ª Dolores Gutiérrez Viloria.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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El jurado será nombrado por el Excmo. Ayuntamiento y estará compuesto por personas de diferentes ámbitos socioculturales y artísticos de localidad. El jurado podrá declarar desierto cualquiera de los premios, así como
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miembros de la comparsa o murga en el concurso, elección, fallo y entrega de premios. El fallo del jurado será inapelable. El
procedimiento se iniciará de oficio por la Concejalía de Festejos, centro gestor del gasto. Se designa como órgano instructor
para la presente convocatoria a la Concejalía de Festejos, que realizará de oficio cuantas actuaciones estime necesarias para
la comprobación de las solicitudes y documentación exigida.
Para cualquier consulta o aclaración de la presente convocatoria los interesados podrán ponerse en contacto con la
Concejalía de Festejos del Excmo. Ayuntamiento de Montijo, por teléfono en el número 924455693 o por correo electrónico
en la dirección: festejosmontijo23@gmail.com.
Se podrá acceder a las bases y anexos de la presente convocatoria en la página web del Ayuntamiento de Montijo y en la
Base Nacional de Datos de Subvenciones, en los términos previstos en el artículo 18 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre,
General de Subvenciones. Además de la publicidad propia de toda convocatoria sometida a la Ley General de Subvenciones,
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CRITERIOS DE SELECCIÓN
La concesión de los premios se gestionará de acuerdo con los principios de publicidad, transparencia, objetividad, igualdad y
no discriminación.
PAGO DE LOS PREMIOS
El pago de los premios se hará efectivo, a propuesta de la Concejal de Cultura, Festejos e Inclusión, tras presentación del
acta de baremación del jurado, en un pago único, tras la celebración de los concursos, y una vez que los premiados hayan
facilitado los datos necesarios para tal efecto.
Los premios estarán sujetos a la retención según la legislación tributaria vigente en el Estado Español.
RÉGIMEN JURÍDICO
La concesión de los premios se regirá por lo establecido en esta convocatoria y en lo no previsto se estará en lo dispuesto en
la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y sus disposiciones de desarrollo, las bases de ejecución del
presupuesto del Ayuntamiento de Montijo para 2024 y demás normativas estatales o autonómicas que resulten de
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