Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Oliva de la Frontera. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria (Badajoz). Secretaría General (Badajoz). (00377/2025)
Aprobación inicial de modificación de la Ordenanza reguladora de los bienes comunales "Campo Oliva"
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Ayuntamiento de Oliva de la Frontera
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ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Oliva de la Frontera
Oliva de la Frontera (Badajoz)
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Aprobación inicial de modificación de la Ordenanza reguladora de los bienes comunales "Campo Oliva"
MODIFICACIÓN ORDENANZA MUNICIPAL REGULADORA DE LOS BIENES COMUNALES "CAMPO OLIVA" DEL AYUNTAMIENTO
DE OLIVA DE LA FRONTERA
Aprobado inicialmente por el Pleno del Ayuntamiento de Oliva de la Frontera la modificación de la Ordenanza municipal
reguladora de los bienes comunales "Campo Oliva", en la sesión ordinaria celebrada el treinta de enero de dos mil
veinticinco, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 169.1 por remisión del 177.2 del Texto Refundido de la Ley
Reguladora de las Haciendas Locales aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se somete el expediente
a exposición pública por el plazo de treinta días a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el Boletín
Oficial de la Provincia de Badajoz, para que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones
que estimen oportunas.
Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado alegaciones, se considerará aprobado definitivamente.
Oliva de la Frontera, a fecha de la firma digital.- El Alcalde-Presidente, Juan Antonio García Torres.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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Aprobado inicialmente por el Pleno del Ayuntamiento de Oliva de la Frontera la modificación de la Ordenanza municipal
reguladora de los bienes comunales "Campo Oliva", en la sesión ordinaria celebrada el treinta de enero de dos mil
veinticinco, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 169.1 por remisión del 177.2 del Texto Refundido de la Ley
Reguladora de las Haciendas Locales aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se somete el expediente
a exposición pública por el plazo de treinta días a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el Boletín
Oficial de la Provincia de Badajoz, para que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones
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Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado alegaciones, se considerará aprobado definitivamente.
Oliva de la Frontera, a fecha de la firma digital.- El Alcalde-Presidente, Juan Antonio García Torres.
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