Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Medellín. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria (Badajoz). (00327/2025)
Corrección de error en nombramiento de varias plazas, como personal laboral fijo, tras proceso extraordinario de estabilización de empleo público
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Ayuntamiento de Medellín

Anuncio 327/2025

ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Medellín
Medellín (Badajoz)
Anuncio 327/2025
Corrección de error en nombramiento de varias plazas, como personal laboral fijo, tras proceso extraordinario de
estabilización de empleo público

ANUNCIO POR EL CUAL SE RECTIFICA ERROR EN EDICTO SOBRE CONTRATACIÓN DE PERSONAL TRAS PROCEDIMIENTO DE
ESTABILIZACIÓN
Mediante el presente anuncio se publica resolución de Alcaldía de 30 de enero de 2025, por el que se rectifica error en
decreto de 24 de enero, el cual se transcribe literalmente a continuación:
"Visto el anuncio 273/2025 publicado en el BOP de Badajoz de 29 de enero de 2025, por el cual visto el decreto de 24 de
enero de 2024 por el cual se acuerda la contratación de las personas seleccionadas para varias plazas tras el procedimiento
extraordinario de estabilización y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre de 2015, del Procedimiento Administrativo Común, regula que las
administraciones públicas podrán, asimismo, rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los
errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos.
RESUELVO
Rectificar en apartado segundo de la parte resolutiva:
Donde dice:
Segundo: La contratación del personal con fecha 3 de febrero de 2024, previa prestación de juramento o
promesa según la fórmula legal establecida. La contratación en la fecha indicada se exceptúa para las
personas ya contratadas con efectos retroactivos en las especialidades de Peón de Arqueología,
Administrativo y Monitora de Deportes.
Debe decir:
Segundo: La contratación del personal con fecha 3 de febrero de 2025, previa prestación de juramento o
promesa según la fórmula legal establecida. La contratación en la fecha indicada se exceptúa para las
personas ya contratadas con efectos retroactivos en las especialidades de Peón de Arqueología,
Administrativo y Monitora de Deportes.
Contra el presente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa según el artículo 52.2.a) de la Ley 7/85, de 2 de abril,
Reguladora de las Bases de Régimen Local, cabe interponer recurso potestativo de reposición ante el Alcalde en el plazo de
un mes a contar desde el día siguiente a la publicación o notificación de la resolución según lo dispuesto en los artículos 123
y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, reguladora del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas o bien su impugnación directa ante el Juzgado de lo Contencioso de Administrativo competente en el plazo de dos
meses desde la publicación o notificación conforme a la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contenciosa-administrativa.
En el caso de que se haya interpuesto recurso de reposición, no podrá interponerse recurso contencioso-administrativo
hasta que se haya resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición
interpuesto".
Medellín, a fecha de la firma digital.- El Alcalde-Presidente, Rafael Mateos Torres.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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