Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Don Benito. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria (Badajoz). (00334/2025)
Aprobación del Reglamento de régimen interno del programa de formación y empleo ESCALA "Vegalcab 2.0"
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de Don Benito
Anuncio 334/2025
k) Comunicar al equipo formativo cualquier enfermedad o tratamiento médico que pueda afectar al
rendimiento en el trabajo o que ponga en peligro su integridad física o la del resto del personal del Proyecto.
Garantizándose en todo caso el derecho a la intimidad.
l) Adoptar actitudes de eficiencia, eficacia, dinamismo y apego al trabajo que desempeñan, siendo conscientes
en todo momento que, de ellos depende la "imagen" que el Programa de Escuelas de Aprendizaje Laboral
ofrece a los municipios y a su entorno.
m) Mantener en buen estado las instalaciones, herramientas, maquinaria, equipos, útiles de trabajo, ropa
laboral y material formativo. El material formativo facilitado por los monitores deberá permanecer en el
centro de trabajo para cualquier consulta. Queda totalmente prohibida la utilización de cualquier tipo de
material perteneciente al Proyecto o a la Entidad Promotora para fines personales sin la oportuna
autorización.
n) Cuidar y mantener las condiciones higiénicas y de limpieza, tanto personales, como de todas las
instalaciones del proyecto.
o) Cumplir con las obligaciones derivadas del plan de formación y realizar las tareas que se deriven del
mismo, demostrando un rendimiento y actitud adecuada, participando activamente en las clases y
cumpliendo con las tareas que les sean encomendadas por los docentes.
p) Cumplir las medidas legales, reglamentarias y establecidas para el proyecto en cuanto a seguridad e
higiene en el trabajo.
q) Participar en los eventos culturales, sociales y diversas actividades de difusión del proyecto, etc.
r) Hacerse responsable del vestuario y de las herramientas que les sean entregadas para el desarrollo de su
trabajo, cuidándola y guardándola de modo conveniente y haciéndose cargo de su reposición en caso de
pérdida o deterioro por mal uso de la misma, siempre que se demuestre la falta de diligencia del alumnado
en tales circunstancias. En tal sentido indicar que la ropa de trabajo ha de ser utilizada únicamente en
actividades desarrolladas en el Proyecto ESCALA "Vegalcab 2.0" y en todo caso por personal autorizado.
s) Utilizar el vestuario facilitado durante la totalidad de la jornada laboral, incluidos los 30 minutos de
descanso establecidos.
t) No coincidir más del 30 % del aula con asuntos propios.
u) Cumplir las medidas de seguridad indicadas por las autoridades sanitarias, referidas al COVID 19.
Artículo 13. Régimen disciplinario: Faltas, sanciones, competencia, prescripción y procedimiento.
Faltas: Se clasifican en leves, graves y muy graves, estableciéndose su regulación en los apartados siguientes, así como las
sanciones correspondientes a cada una de ellas.
1. Faltas leves:
a) Cometer algún tipo de desconsideración o falta de respeto con los compañeros/as y resto del proyecto y/o
personal de la entidad promotora.
b) La impuntualidad reiterada (más de 3 veces) no justificada, en la entrada y en la salida del centro o en la
incorporación a las distintas actividades.
c) El bajo rendimiento, comportamiento apático o desinterés en las actividades, sin causa justificada, así como
interrupciones que entorpezcan el desarrollo de clases teóricas y prácticas, tanto formativas como de trabajo
efectivo en el proyecto.
d) El descuido de instalaciones, herramientas, maquinaria, equipos, útiles de trabajo y material formativo del
centro, así como su utilización sin permiso previo.
e) No usar y/o descuidar el vestuario laboral y material personal del que disponen para el desarrollo de su
trabajo.
f) Abandonar el puesto de trabajo sin causa justificada.
g) La falta de asistencia al trabajo no justificada.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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k) Comunicar al equipo formativo cualquier enfermedad o tratamiento médico que pueda afectar al
rendimiento en el trabajo o que ponga en peligro su integridad física o la del resto del personal del Proyecto.
Garantizándose en todo caso el derecho a la intimidad.
l) Adoptar actitudes de eficiencia, eficacia, dinamismo y apego al trabajo que desempeñan, siendo conscientes
en todo momento que, de ellos depende la "imagen" que el Programa de Escuelas de Aprendizaje Laboral
ofrece a los municipios y a su entorno.
m) Mantener en buen estado las instalaciones, herramientas, maquinaria, equipos, útiles de trabajo, ropa
laboral y material formativo. El material formativo facilitado por los monitores deberá permanecer en el
centro de trabajo para cualquier consulta. Queda totalmente prohibida la utilización de cualquier tipo de
material perteneciente al Proyecto o a la Entidad Promotora para fines personales sin la oportuna
autorización.
n) Cuidar y mantener las condiciones higiénicas y de limpieza, tanto personales, como de todas las
instalaciones del proyecto.
o) Cumplir con las obligaciones derivadas del plan de formación y realizar las tareas que se deriven del
mismo, demostrando un rendimiento y actitud adecuada, participando activamente en las clases y
cumpliendo con las tareas que les sean encomendadas por los docentes.
p) Cumplir las medidas legales, reglamentarias y establecidas para el proyecto en cuanto a seguridad e
higiene en el trabajo.
q) Participar en los eventos culturales, sociales y diversas actividades de difusión del proyecto, etc.
r) Hacerse responsable del vestuario y de las herramientas que les sean entregadas para el desarrollo de su
trabajo, cuidándola y guardándola de modo conveniente y haciéndose cargo de su reposición en caso de
pérdida o deterioro por mal uso de la misma, siempre que se demuestre la falta de diligencia del alumnado
en tales circunstancias. En tal sentido indicar que la ropa de trabajo ha de ser utilizada únicamente en
actividades desarrolladas en el Proyecto ESCALA "Vegalcab 2.0" y en todo caso por personal autorizado.
s) Utilizar el vestuario facilitado durante la totalidad de la jornada laboral, incluidos los 30 minutos de
descanso establecidos.
t) No coincidir más del 30 % del aula con asuntos propios.
u) Cumplir las medidas de seguridad indicadas por las autoridades sanitarias, referidas al COVID 19.
Artículo 13. Régimen disciplinario: Faltas, sanciones, competencia, prescripción y procedimiento.
Faltas: Se clasifican en leves, graves y muy graves, estableciéndose su regulación en los apartados siguientes, así como las
sanciones correspondientes a cada una de ellas.
1. Faltas leves:
a) Cometer algún tipo de desconsideración o falta de respeto con los compañeros/as y resto del proyecto y/o
personal de la entidad promotora.
b) La impuntualidad reiterada (más de 3 veces) no justificada, en la entrada y en la salida del centro o en la
incorporación a las distintas actividades.
c) El bajo rendimiento, comportamiento apático o desinterés en las actividades, sin causa justificada, así como
interrupciones que entorpezcan el desarrollo de clases teóricas y prácticas, tanto formativas como de trabajo
efectivo en el proyecto.
d) El descuido de instalaciones, herramientas, maquinaria, equipos, útiles de trabajo y material formativo del
centro, así como su utilización sin permiso previo.
e) No usar y/o descuidar el vestuario laboral y material personal del que disponen para el desarrollo de su
trabajo.
f) Abandonar el puesto de trabajo sin causa justificada.
g) La falta de asistencia al trabajo no justificada.
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