Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Castuera. Organismo Autónomo "Escuela de Tauromaquia" (Badajoz). Secretaría General (Badajoz). (00301/2025)
Aprobación inicial del Reglamento de régimen interno del programa de formación y empleo ESCALA "Re-actívate"
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Ayuntamiento de Castuera
Anuncio 301/2025
ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Castuera
Castuera (Badajoz)
Anuncio 301/2025
Aprobación inicial del Reglamento de régimen interno del programa de formación y empleo ESCALA "Re-actívate"
APROBACIÓN INICIAL
Aprobado inicialmente el Reglamento de régimen interno del programa de formación y empleo ESCALA "Re-actívate".
Ayuntamiento de Castuera, por acuerdo del Pleno, celebrado en sesión ordinaria, de fecha 24 de enero de 2025, de
conformidad con los artículos 49 y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local y 56 del
Texto Refundido de Régimen Local, se somete a información pública por el plazo de 30 días, a contar desde día siguiente a la
inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia para que pueda ser examinada y presentar las reclamaciones
que se estimen oportunas.
Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier interesado en las dependencias municipales para que se formulen
las alegaciones que se estimen pertinentes. Asimismo, estará a disposición de los interesados en la sede electrónica de este
Ayuntamiento [http://castuera.sedelectronica.es].
En el caso de no presentarse reclamaciones en el citado plazo, se entenderá definitivamente aprobado el acuerdo de
aprobación de la mencionada Ordenanza, hasta entonces inicial.
La cual, se trascribe literal, a continuación:
REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERNO DEL PROGRAMA DE FORMACIÓN Y EMPLEO ESCALA "RE-ACTÍVATE"
AYUNTAMIENTO DE CASTUERA
INTRODUCCIÓN
El programa de formación y empleo ESCALA consiste en el desarrollo de proyectos que combinan el aprendizaje y la
cualificación con el trabajo efectivo en actividades de utilidad pública o interés social, junto a la adquisición de competencias
básicas y genéricas, para la mejora de la empleabilidad de las personas participantes, a través de la profesionalización, el
acompañamiento y la adquisición de experiencia, con el objetivo último de facilitar su inserción laboral.
Con la divulgación del presente documento, de carácter orientativo y entendido como una propuesta de mínimos, en
cumplimiento de lo que se establece en la normativa por el que se regulan estos programas, se pretende conseguir la
interiorización de unas normas básicas de convivencia que garanticen el ejercicio pleno de los derechos y deberes de
quienes integran el proyecto.
El presente Reglamento pretende servir de norma, que articule dentro de la legalidad vigente aquellos aspectos propios del
desempeño cotidiano de la labor encomendada al personal de los programas de formación y empleo ESCALA estableciendo
las normas de funcionamiento y coordinación entre los que componen la misma.
TÍTULO PRIMERO - OBJETO
Artículo 1.- Ámbito de aplicación.
La presente normativa será de aplicación a la totalidad de los miembros del programa de formación y empleo ESCALA
(personal directivo, docente y de apoyo y alumnado trabajador) y vinculará a la entidad promotora (Ayuntamiento de
Castuera), sin perjuicio de lo establecido en la normativa específica que regula los programas, el estatuto de los
trabajadores, los convenios colectivos suscritos por la entidad promotora y demás legislación aplicable. Se plasma por
escrito para general conocimiento y constancia de su existencia y vincula durante la duración del mismo.
Artículo 2.- Condiciones del alumnado durante la primera etapa. Y del alumno/a-trabajador/a durante la segunda etapa.
Define la condición de alumno/a-trabajador/a de los programas de formación y empleo ESCALA, el mantener con el
Ayuntamiento de Castuera (en adelante "entidad promotora") una doble relación dado que, durante la primera etapa, que
tiene una duración de 3 meses, los alumnos/as no están contratados por la entidad promotora, sino que reciben una beca
por día lectivo y asistencia, siendo considerada como una etapa meramente de formación, ya sea teórica o teórico/práctica.
Una vez superada esta primera etapa, y siempre que los alumnos/as trabajadoras hayan superado la formación con
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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Castuera (Badajoz)
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APROBACIÓN INICIAL
Aprobado inicialmente el Reglamento de régimen interno del programa de formación y empleo ESCALA "Re-actívate".
Ayuntamiento de Castuera, por acuerdo del Pleno, celebrado en sesión ordinaria, de fecha 24 de enero de 2025, de
conformidad con los artículos 49 y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local y 56 del
Texto Refundido de Régimen Local, se somete a información pública por el plazo de 30 días, a contar desde día siguiente a la
inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia para que pueda ser examinada y presentar las reclamaciones
que se estimen oportunas.
Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier interesado en las dependencias municipales para que se formulen
las alegaciones que se estimen pertinentes. Asimismo, estará a disposición de los interesados en la sede electrónica de este
Ayuntamiento [http://castuera.sedelectronica.es].
En el caso de no presentarse reclamaciones en el citado plazo, se entenderá definitivamente aprobado el acuerdo de
aprobación de la mencionada Ordenanza, hasta entonces inicial.
La cual, se trascribe literal, a continuación:
REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERNO DEL PROGRAMA DE FORMACIÓN Y EMPLEO ESCALA "RE-ACTÍVATE"
AYUNTAMIENTO DE CASTUERA
INTRODUCCIÓN
El programa de formación y empleo ESCALA consiste en el desarrollo de proyectos que combinan el aprendizaje y la
cualificación con el trabajo efectivo en actividades de utilidad pública o interés social, junto a la adquisición de competencias
básicas y genéricas, para la mejora de la empleabilidad de las personas participantes, a través de la profesionalización, el
acompañamiento y la adquisición de experiencia, con el objetivo último de facilitar su inserción laboral.
Con la divulgación del presente documento, de carácter orientativo y entendido como una propuesta de mínimos, en
cumplimiento de lo que se establece en la normativa por el que se regulan estos programas, se pretende conseguir la
interiorización de unas normas básicas de convivencia que garanticen el ejercicio pleno de los derechos y deberes de
quienes integran el proyecto.
El presente Reglamento pretende servir de norma, que articule dentro de la legalidad vigente aquellos aspectos propios del
desempeño cotidiano de la labor encomendada al personal de los programas de formación y empleo ESCALA estableciendo
las normas de funcionamiento y coordinación entre los que componen la misma.
TÍTULO PRIMERO - OBJETO
Artículo 1.- Ámbito de aplicación.
La presente normativa será de aplicación a la totalidad de los miembros del programa de formación y empleo ESCALA
(personal directivo, docente y de apoyo y alumnado trabajador) y vinculará a la entidad promotora (Ayuntamiento de
Castuera), sin perjuicio de lo establecido en la normativa específica que regula los programas, el estatuto de los
trabajadores, los convenios colectivos suscritos por la entidad promotora y demás legislación aplicable. Se plasma por
escrito para general conocimiento y constancia de su existencia y vincula durante la duración del mismo.
Artículo 2.- Condiciones del alumnado durante la primera etapa. Y del alumno/a-trabajador/a durante la segunda etapa.
Define la condición de alumno/a-trabajador/a de los programas de formación y empleo ESCALA, el mantener con el
Ayuntamiento de Castuera (en adelante "entidad promotora") una doble relación dado que, durante la primera etapa, que
tiene una duración de 3 meses, los alumnos/as no están contratados por la entidad promotora, sino que reciben una beca
por día lectivo y asistencia, siendo considerada como una etapa meramente de formación, ya sea teórica o teórico/práctica.
Una vez superada esta primera etapa, y siempre que los alumnos/as trabajadoras hayan superado la formación con
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