Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior (Badajoz). (00287/2025)
Decreto de implantación del nivel IV de carrera profesional horizontal en la Diputación de Badajoz y su sector público provincial
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Área de Recursos Humanos y Régimen Interior

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El personal que provenga de otra administración, tenga o no reconocido el nivel IV de carrera
profesional horizontal en su administración de origen, necesariamente deberá presentar una
solicitud de reconocimiento del nivel IV en la Diputación de Badajoz, y adjuntar debidamente
cumplimentada, su evaluación del desempeño en el puesto de trabajo.
Quienes durante el plazo de presentación de solicitudes esté disfrutando de un periodo de
vacaciones, permisos licencia, o se encuentre en situación de incapacidad temporal, deberán
presentar su solicitud de reconocimiento de nivel en plazo, acompañada de su correspondiente
evaluación del desempeño, sin que dichas circunstancias eximan de dicha obligación.
Quienes en el momento de la publicación de la presente resolución se encuentren realizando
funciones sindicales a tiempo completo, o supere el 75% del año, se presumirá positiva su
evaluación del desempeño durante dicho periodo, sin que resulte necesario adjuntar una
evaluación del desempeño a su solicitud.
h) Resolución.
Conforme lo dispuesto en el artículo 9 del Reglamento regulador, el procedimiento de
reconocimiento de niveles de carrera se inicia de oficio a partir de la entrada en vigor de la
presente resolución. El plazo para resolver las solicitudes de reconocimiento de nivel será de
tres meses, contados a partir del día siguiente al de aquel en el que tenga lugar el registro de
entrada de la solicitud, entendiéndose desestimada si en dicho plazo no recayera resolución
expresa.
i) Aplicación a los consorcios.
Atendiendo a lo dispuesto en el disposición adicional primera del Reglamento regulador, el
contenido de la presente resolución resulta de aplicación al Consorcio para la Prestación del
Servicio de Prevención y Extinción de Incendios en la Provincia de Badajoz de la Diputación de
Badajoz (CPEI), y al Consorcio para la Gestión de Servicios Medioambientales de la Excma.
Diputación de Badajoz (PROMEDIO), conforme a los correspondientes acuerdos de adhesión
adoptados por sus órganos competentes.
j) Resolución de incidencias.
Corresponderá al Servicio Gestor del Área de Recursos Humanos y Régimen Interior, resolver
cuantas cuestiones se susciten referente a la interpretación y desarrollo de la presente
resolución, y conforme las instrucciones dictadas al efecto por el Diputado/a Delegado/a del
Área de Recursos Humanos y Régimen Interior.
Segundo.- De lo ordenado en la presente resolución se dará traslado al Área de Recursos Humanos y Régimen
Interior de la Diputación de Badajoz, que a través del Servicio de Gestión de Recursos Humanos lo hará
publico, haciendo constar que, el presente acto pone fin a la vía administrativa, y podrá interponer,
potestativamente, recurso de reposición ante el mismo órgano que la dictó, en el plazo de un mes, contado
desde el día siguiente al de su notificación o, directamente, recurso contencioso-administrativo ante el
Juzgado de lo Contencioso-Administrativo competente, todo ello de conformidad con lo dispuesto en el
artículo 52.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local y artículos 123 y 124 de
la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y
en los artículos 8.1, 25.1 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contenciosoadministrativa, todo ello sin perjuicio de cualquier otro que considere conveniente para la defensa de sus
derechos."
Lo que se hace público para general conocimiento.
En Badajoz, a fecha de la firma digital.- El Secretario General, Enrique Pedrero Balas.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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