Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior (Badajoz). (00190/2025)
Bases de la convocatoria para la provisión de una plaza vacante de personal funcionario de Técnico/a Medio Forestal, de la Diputación de Badajoz
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Área de Recursos Humanos y Régimen Interior

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carácter personal, que se ajustan a la legislación actual en materia de protección de datos y que su única
finalidad es la de dar publicidad a la correspondiente fase del procedimiento de selección de que se trate y de
notificación, en su caso, a quienes participan.
Decimosexta.- Incidencias.
El Tribunal queda autorizado para resolver cuantas cuestiones se susciten referente a la interpretación de las presentes
bases y su desarrollo. El incumplimiento de las bases de la convocatoria o de las instrucciones del Tribunal de Selección
podrá suponer en cualquier momento, la exclusión de la persona aspirante del proceso selectivo.
Decimoséptima.- Impugnación.
Contra las presentes bases, cuyo acuerdo aprobatorio es definitivo en la vía administrativa podrá interponerse por las
personas interesadas legitimadas uno de los siguientes recursos:
a) Recurso de reposición ante el mismo órgano que dictó el acto recurrido, en el plazo de un mes, a contar
desde el día siguiente al de la publicación de las bases en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz. Si
transcurriese un mes desde el día siguiente al de la interposición del recurso de reposición sin que este haya
sido resuelto, podrá entenderse que ha sido desestimado e interponer recurso contencioso-administrativo
ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de la ciudad de Badajoz en el plazo de seis meses.
b) Recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de la ciudad de
Badajoz, dentro del plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la publicación de las bases en el
Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz.
Contra cuantos actos administrativos definitivos se deriven de las bases podrán ser interpuestos por las personas
interesadas los oportunos recursos en los casos y en la forma establecidas en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de
Procedimiento Administrativo Común y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contenciosoadministrativa.
Lo que se hace público para general conocimiento.
Badajoz, a fecha de la firma digital.- El Presidente, PD, el Vicepresidente Tercero y Diputado Delegado del Área de RRHH y RI
decreto 10/04/2024 (BOP 11/04/2024), Ramón Díaz Farias.
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ANEXO I. TEMARIO
Bloque I.
Tema 1.- La Constitución Española de 1978: Título Preliminar. De los derechos y deberes fundamentales: de los españoles y
los extranjeros; derechos y libertades; de los principios rectores de la política social y económica; de las garantías de las
libertades y derechos fundamentales; de la suspensión de los derechos y libertades.
Tema 2.- El Estatuto de Autonomía de Extremadura: Disposiciones generales. Derechos, deberes y principios rectores. Las
competencias de la Comunidad Autónoma de Extremadura. Las instituciones de Extremadura.
Tema 3.- Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas: Título
Preliminar. Disposiciones generales; De los interesados en el procedimiento.
Tema 4.- Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local (I): Disposiciones generales. El municipio.
Tema 5.- Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local (II): La Provincia: Organización; Competencias;
Regímenes especiales. Otras Entidades locales.
Tema 6.- La estructura orgánica de la Excma. Diputación Provincial de Badajoz: Áreas; Servicios; Patronatos; Organismos
Autónomos; Consorcios.
Tema 7.- Texto refundido consolidado del Reglamento Orgánico de la Diputación Provincial de Badajoz (2019).
Tema 8.- Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto
Básico del Empleado Público: Objeto y ámbito de aplicación. Personal al servicio de las Administraciones Públicas.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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