Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Fuenlabrada de los Montes. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior (Badajoz). (00162/2025)
Resolución de nombramiento como personal laboral fijo de seis plazas de Cuidador/a
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de Fuenlabrada de los Montes
Anuncio 162/2025
Funciones:
Higiene personal de las personas usuarias.
Vigilar y atender a las personas usuarias, sus necesidades generales humanas y sanitarias, especialmente en el
momento en que éstos necesiten sus servicios.
Dar de comer a aquellas personas usuarias que no lo puedan hacer por sí mismas. En este sentido, se ocupará
igualmente de la recepción, distribución y recogida de las comidas a las personas usuarias.
Deberá efectuar la limpieza y mantenimiento de los utensilios de las personas usuarias, hacer las camas, colaborar
en mantener ordenadas las habitaciones, recoger la ropa, llevarla a la lavandería y encargarse de la ropa personal de
las personas usuarias.
Controlar la higiene personal de los usuarios, medicamentos y alimentos.
Realizar los cambios posturales y aquellos servicios auxiliares que de acuerdo con su preparación técnica le sean
encomendados.
Comunicar las incidencias que se produzcan sobre la salud de las personas usuarias.
Limpiar y preparar el mobiliario, materiales y aparatos de botiquín.
Acompañar a las personas usuarias en las salidas que este deba realizar ya sean para cita médicas, excursiones,
gestiones, etc.
Colaborar con el equipo de profesionales mediante la realización de tareas elementales que complementen los
servicios especializados de aquellos, en orden a proporcionar la autonomía personal de las personas usuarias y su
inserción en la vida social.
Colaborar en el seguimiento o la evaluación del proceso recuperador o asistencial de las personas usuarias del
centro.
Limpieza.
En general, todas aquellas actividades no especificadas anteriormente que le sean pedidas y que tengan relación con
lo anterior y sean formados/as previamente para tal efecto.
Observaciones:
Los excesos o defectos en la jornada anual realizada se compensarán en el siguiente año equivaliendo una hora en
exceso o defecto a una hora real de trabajo.
Segundo.- Visto que se ha cumplido con la base décima de la citada convocatoria:
Los aspirantes propuestos acreditarán ante la Administración, dentro del plazo de 20 días hábiles desde que
se publican en la sede electrónica de este Ayuntamiento http://fuenlabradadelosmontes.sedelectronica.es y,
en el tablón de anuncios, para mayor difusión, los documentos justificativos de las condiciones de capacidad y
requisitos exigidos en la convocatoria.
Tercero.- Visto que se ha cumplido con la base décimo primera de la citada convocatoria que dice lo siguiente:
"Adquirida la condición de personal laboral fijo, les será de aplicación la normativa sobre incompatibilidades
contenida en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las
Administraciones Públicas."
Cuarto.- Notificar la presente resolución de nombramiento como personal laboral fijo en plaza de Cuidador/a,
a los interesados.
Quinto.- Publicar en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz (BOP), así como en la sede electrónica de este
Ayuntamiento [http://fuenlabradadelosmontes.sedelectronica.es] y en el tablón de anuncios, la presente
resolución de nombramiento como personal laboral fijo en la plaza de Cuidador/a, a los efectos oportunos."
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente o recurso de
reposición potestativo ante el Alcalde, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente
anuncio, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo ContenciosoAdministrativo de Mérida o, a su elección, el que corresponda a su domicilio, con el límite de la circunscripción del Tribunal
Superior de Justicia de Extremadura, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la publicación del
presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contenciosoadministrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contenciosoadministrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin
perjuicio de que pueda interponer Vd. cualquier otro recurso que pudiera estimar más conveniente a su derecho.
Fuenlabrada de los Montes, a fecha de la firma digital.- El Alcalde, Julio Solana Muñoz.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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Higiene personal de las personas usuarias.
Vigilar y atender a las personas usuarias, sus necesidades generales humanas y sanitarias, especialmente en el
momento en que éstos necesiten sus servicios.
Dar de comer a aquellas personas usuarias que no lo puedan hacer por sí mismas. En este sentido, se ocupará
igualmente de la recepción, distribución y recogida de las comidas a las personas usuarias.
Deberá efectuar la limpieza y mantenimiento de los utensilios de las personas usuarias, hacer las camas, colaborar
en mantener ordenadas las habitaciones, recoger la ropa, llevarla a la lavandería y encargarse de la ropa personal de
las personas usuarias.
Controlar la higiene personal de los usuarios, medicamentos y alimentos.
Realizar los cambios posturales y aquellos servicios auxiliares que de acuerdo con su preparación técnica le sean
encomendados.
Comunicar las incidencias que se produzcan sobre la salud de las personas usuarias.
Limpiar y preparar el mobiliario, materiales y aparatos de botiquín.
Acompañar a las personas usuarias en las salidas que este deba realizar ya sean para cita médicas, excursiones,
gestiones, etc.
Colaborar con el equipo de profesionales mediante la realización de tareas elementales que complementen los
servicios especializados de aquellos, en orden a proporcionar la autonomía personal de las personas usuarias y su
inserción en la vida social.
Colaborar en el seguimiento o la evaluación del proceso recuperador o asistencial de las personas usuarias del
centro.
Limpieza.
En general, todas aquellas actividades no especificadas anteriormente que le sean pedidas y que tengan relación con
lo anterior y sean formados/as previamente para tal efecto.
Observaciones:
Los excesos o defectos en la jornada anual realizada se compensarán en el siguiente año equivaliendo una hora en
exceso o defecto a una hora real de trabajo.
Segundo.- Visto que se ha cumplido con la base décima de la citada convocatoria:
Los aspirantes propuestos acreditarán ante la Administración, dentro del plazo de 20 días hábiles desde que
se publican en la sede electrónica de este Ayuntamiento http://fuenlabradadelosmontes.sedelectronica.es y,
en el tablón de anuncios, para mayor difusión, los documentos justificativos de las condiciones de capacidad y
requisitos exigidos en la convocatoria.
Tercero.- Visto que se ha cumplido con la base décimo primera de la citada convocatoria que dice lo siguiente:
"Adquirida la condición de personal laboral fijo, les será de aplicación la normativa sobre incompatibilidades
contenida en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las
Administraciones Públicas."
Cuarto.- Notificar la presente resolución de nombramiento como personal laboral fijo en plaza de Cuidador/a,
a los interesados.
Quinto.- Publicar en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz (BOP), así como en la sede electrónica de este
Ayuntamiento [http://fuenlabradadelosmontes.sedelectronica.es] y en el tablón de anuncios, la presente
resolución de nombramiento como personal laboral fijo en la plaza de Cuidador/a, a los efectos oportunos."
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente o recurso de
reposición potestativo ante el Alcalde, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente
anuncio, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo ContenciosoAdministrativo de Mérida o, a su elección, el que corresponda a su domicilio, con el límite de la circunscripción del Tribunal
Superior de Justicia de Extremadura, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la publicación del
presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contenciosoadministrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contenciosoadministrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin
perjuicio de que pueda interponer Vd. cualquier otro recurso que pudiera estimar más conveniente a su derecho.
Fuenlabrada de los Montes, a fecha de la firma digital.- El Alcalde, Julio Solana Muñoz.
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Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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