Administración Local. Consorcios. Consorcio de Prevención y Extinción de Incendios en la Provincia de Badajoz. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria (Badajoz). (00142/2025)
Bases para la provisión por el procedimiento de libre designación del puesto de Jefatura de Servicio de Formación y Prevención de Siniestros
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Consorcio de Prevención y Extinción de Incendios en la Provincia de Badajoz
Anuncio 142/2025
FUNCIONES ESPECÍFICAS:
Diseñar y elaborar planes de formación específicos para del CPEI.
Dotar a los bomberos, a través de la organización de acciones formativas, de las capacidades,
conocimientos, aptitudes, habilidades y destrezas necesarias para el correcto desempeño de su
profesión, adaptando sus necesidades formativas a su perfil profesional.
Formular materiales formativos para la inducción al CPEI del personal de nuevo ingreso.
Organizar las cuestiones relativas a la formación interna y externa para mejorar el desempeño del
personal de acuerdo con los alineamientos, políticas y procedimientos establecidos.
Garantizar las competencias formativas técnicas de los mandos de la provincia de Badajoz.
Elaborar el programa de formación anual del CPEI, teniendo en cuenta necesidades derivadas de
evaluación de riesgos, autorizaciones de uso de equipos, modificaciones de condiciones de trabajo
(nuevos equipos, equipos existentes, procedimientos de trabajo… etc), en coordinación con el SPRL.
Analizar y determinar necesidades formativas e informativas preventivas, derivadas tanto de los
equipos existentes como en los nuevos suministros, en colaboración con el SPRL.
Analizar las solicitudes de formación realizados por bomberos, organizando la asignación de los
mismos, de tal forma que se asegure la participación del total de la plantilla, en todas actividades de
formación continuada.
Analizar las solicitudes de formación realizadas por el Comité de Seguridad y Salud, estudiando la
inclusión en los planes de formación, y comunicándoselas al Servicio de Prevención para su análisis.
Mantener actualizado el sistema de gestión de formación, comprobando de forma periódica la no
existencia de trabajadores sin formación mínima preventiva, asegurando la impartición de formación
preventiva a toda la plantilla, haciendo hincapié a las nuevas incorporaciones.
Inclusión de aspectos preventivos en todas las actividades formativas e informativas que se organicen
o impulsen desde la sección.
Velar por mantener actualizada las competencias docentes y técnicas de los formadores internos y la
solvencia de los externos.
Desarrollar instrumentos para evaluar, de forma periódica, la calidad y el impacto de la formación, así
como su identificación con las metas, objetivos y necesidades del CPEI, informando a la Gerencia de
los resultados obtenidos.
Evaluar de manera continua al personal del CPEI para implementar planes de desarrollo y de mejora.
Gestionar el presupuesto de las actividades formativas con el resto de servicios y secciones del CPEI en
coordinación con la Gerencia.
Gestionar los procesos de acreditación de las actividades formativas.
Divulgar las medidas de prevención y autoprotección en los diferentes parques de bomberos y entre
los diferentes colectivos de la población.
Gestionar la formación en prevención de riesgos laborales; todo ello de acuerdo con las ordenanzas y
otras disposiciones vigentes aplicables.
Mejorar la seguridad y concienciar a los bomberos de la importancia de la formación en la prevención
en el entorno laboral a través de actividades formativas.
Fomentar la comunicación interna y externa y la gestión del conocimiento en el CPEI.
Orientar hacia la mejora continua y lograr la simplificación de procedimientos en el CPEI.
Otras asignadas expresamente por sus superiores jerárquicos.
Tercero.- Publíquese la presente resolución en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz y un extracto de la
convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.
Lo mandó por delegación y firma el Sr. Vicepresidente del CPEI de lo que yo la Secretaria del CPEI Doy fe.- El Presidente P.D.
El Vicepresidente del CPEI P.D. 10/04/2024 (BOP 11/04/2024).- Firmado digitalmente.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer, potestativamente, recurso de
reposición ante el mismo órgano que la dictó, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su notificación o,
directamente, recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo competente, todo ello
de conformidad con lo dispuesto en el artículo 52.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local
y artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas, y en los artículos 8.1, 25.1 y 46.1 de la Ley 29/1988 de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción ContenciosoAdministrativa, sin perjuicio de que pueda interponer cualquier otro que se estime pertinente.
Badajoz, a fecha de la firma digital.- La Secretaria del CPEI, Margarita Suárez Villalba.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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FUNCIONES ESPECÍFICAS:
Diseñar y elaborar planes de formación específicos para del CPEI.
Dotar a los bomberos, a través de la organización de acciones formativas, de las capacidades,
conocimientos, aptitudes, habilidades y destrezas necesarias para el correcto desempeño de su
profesión, adaptando sus necesidades formativas a su perfil profesional.
Formular materiales formativos para la inducción al CPEI del personal de nuevo ingreso.
Organizar las cuestiones relativas a la formación interna y externa para mejorar el desempeño del
personal de acuerdo con los alineamientos, políticas y procedimientos establecidos.
Garantizar las competencias formativas técnicas de los mandos de la provincia de Badajoz.
Elaborar el programa de formación anual del CPEI, teniendo en cuenta necesidades derivadas de
evaluación de riesgos, autorizaciones de uso de equipos, modificaciones de condiciones de trabajo
(nuevos equipos, equipos existentes, procedimientos de trabajo… etc), en coordinación con el SPRL.
Analizar y determinar necesidades formativas e informativas preventivas, derivadas tanto de los
equipos existentes como en los nuevos suministros, en colaboración con el SPRL.
Analizar las solicitudes de formación realizados por bomberos, organizando la asignación de los
mismos, de tal forma que se asegure la participación del total de la plantilla, en todas actividades de
formación continuada.
Analizar las solicitudes de formación realizadas por el Comité de Seguridad y Salud, estudiando la
inclusión en los planes de formación, y comunicándoselas al Servicio de Prevención para su análisis.
Mantener actualizado el sistema de gestión de formación, comprobando de forma periódica la no
existencia de trabajadores sin formación mínima preventiva, asegurando la impartición de formación
preventiva a toda la plantilla, haciendo hincapié a las nuevas incorporaciones.
Inclusión de aspectos preventivos en todas las actividades formativas e informativas que se organicen
o impulsen desde la sección.
Velar por mantener actualizada las competencias docentes y técnicas de los formadores internos y la
solvencia de los externos.
Desarrollar instrumentos para evaluar, de forma periódica, la calidad y el impacto de la formación, así
como su identificación con las metas, objetivos y necesidades del CPEI, informando a la Gerencia de
los resultados obtenidos.
Evaluar de manera continua al personal del CPEI para implementar planes de desarrollo y de mejora.
Gestionar el presupuesto de las actividades formativas con el resto de servicios y secciones del CPEI en
coordinación con la Gerencia.
Gestionar los procesos de acreditación de las actividades formativas.
Divulgar las medidas de prevención y autoprotección en los diferentes parques de bomberos y entre
los diferentes colectivos de la población.
Gestionar la formación en prevención de riesgos laborales; todo ello de acuerdo con las ordenanzas y
otras disposiciones vigentes aplicables.
Mejorar la seguridad y concienciar a los bomberos de la importancia de la formación en la prevención
en el entorno laboral a través de actividades formativas.
Fomentar la comunicación interna y externa y la gestión del conocimiento en el CPEI.
Orientar hacia la mejora continua y lograr la simplificación de procedimientos en el CPEI.
Otras asignadas expresamente por sus superiores jerárquicos.
Tercero.- Publíquese la presente resolución en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz y un extracto de la
convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.
Lo mandó por delegación y firma el Sr. Vicepresidente del CPEI de lo que yo la Secretaria del CPEI Doy fe.- El Presidente P.D.
El Vicepresidente del CPEI P.D. 10/04/2024 (BOP 11/04/2024).- Firmado digitalmente.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer, potestativamente, recurso de
reposición ante el mismo órgano que la dictó, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su notificación o,
directamente, recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo competente, todo ello
de conformidad con lo dispuesto en el artículo 52.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local
y artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas, y en los artículos 8.1, 25.1 y 46.1 de la Ley 29/1988 de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción ContenciosoAdministrativa, sin perjuicio de que pueda interponer cualquier otro que se estime pertinente.
Badajoz, a fecha de la firma digital.- La Secretaria del CPEI, Margarita Suárez Villalba.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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