Administración del Estado. Ministerios. Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible. Demarcación de carreteras del Estado en Extremadura (Badajoz). (00105/2025)
Aprobación provisional del proyecto de trazado "Autovía A-58, tramo Bótoa-Badajoz"
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Demarcación de carreteras del Estado en Extremadura
Anuncio 105/2025
ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO
MINISTERIOS
Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible
Demarcación de carreteras del Estado en Extremadura
Badajoz
Anuncio 105/2025
Aprobación provisional del proyecto de trazado "Autovía A-58, tramo Bótoa-Badajoz"
ANUNCIO DE LA DEMARCACIÓN DE CARRETERAS DEL ESTADO EN EXTREMADURA POR EL QUE SE PUBLICA LA RESOLUCIÓN
DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE CARRETERAS EN LA QUE SE APRUEBA PROVISIONALMENTE Y SE SOMETE A INFORMACIÓN
PÚBLICA Y OFICIAL EL PROYECTO DE TRAZADO "AUTOVÍA A-58. TRAMO: BÓTOA-BADAJOZ"
Provincia de Badajoz.
Clave: T2-BA-4130.
Con fecha 19 de diciembre de 2024, el Director General de Carreteras ha resuelto:
1. Aprobar provisionalmente el proyecto de trazado "Autovía A-58. Tramo: Bótoa-Badajoz", con un
presupuesto de licitación estimado de 112.193.218,57 euros (IVA 21 % incluido).
2. Declarar la urgencia del proyecto en aplicación de lo previsto en el artículo 12.2 de la Ley 37/2015, de 29 de
septiembre, de Carreteras, modificada por Real Decreto-ley 18/2018, de 8 de noviembre, por lo que el
presente trámite tendrá el carácter de información pública previa a la declaración de urgente ocupación de
los bienes y derechos afectados por la ejecución del proyecto.
3. Ordenar que, por la Demarcación de Carreteras del Estado en Extremadura, se proceda a incoar el
correspondiente expediente de información oficial y pública, de acuerdo con la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en cumplimiento de cuanto
establecen:
Los artículos 12 y 16 de la vigente Ley 37/2015, de 29 de septiembre, de Carreteras, modificada por
Real Decreto-ley 18/2018, de 8 de noviembre, y concordantes de su Reglamento aprobado por Real
Decreto 1812/1994, de 2 de septiembre. Las alegaciones solamente se podrán tener en consideración
si versan sobre las circunstancias que justifiquen la declaración de interés general de la carretera o
sobre la concepción global de su trazado.
Los artículos 17, 18 y 19.1 de la Ley de Expropiación Forzosa, de 16 de diciembre de 1954, sobre la
necesidad de ocupación, y concordantes de su Reglamento. Así, cualquier persona podrá aportar por
escrito los datos oportunos para rectificar posibles errores de la relación publicada u oponerse, por
razones de fondo o forma, a la necesidad de la ocupación. Esta información pública también lo es a los
efectos de la declaración de urgente ocupación de los bienes y derechos afectados.
Los artículos 11 y 13 de la Ley 3/1995, de 23 de marzo, de vías pecuarias, en cuanto a la modificación
del trazado de la vía pecuaria Cañada de Las Bardocas.
El plazo de información pública será de treinta (30) días hábiles contados a partir del primer día hábil
siguiente al de la última fecha de las publicaciones reglamentarias (Boletín Oficial del Estado, Boletín Oficial de
la Provincia de Badajoz y en un diario de gran circulación en dicha provincia). Asimismo, se publicará en el
tablón de anuncios del Ayuntamiento de Badajoz.
La aprobación definitiva del proyecto trazado, en su caso, implicará la declaración de utilidad pública y la
necesidad de urgente ocupación de los bienes, modificación de servicios y adquisición de derechos
correspondientes, a los fines de expropiación, de ocupación temporal o de imposición o modificación de
servidumbres.
4. Ordenar que la Demarcación de Carreteras del Estado en Extremadura:
Solicite informe sobre el proyecto de trazado a los Departamentos Ministeriales, comunidades
autónomas y entidades locales afectadas, en cumplimiento de los artículos 8 y 16 de la Ley 37/2015, de
29 de septiembre, de Carreteras.
Lleve a cabo los trámites necesarios para que la presente resolución y la relación a que se refiere el
artículo 17 de la Ley de 16 de diciembre de 1954, de Expropiación Forzosa, sean publicadas en el
Boletín Oficial del Estado, en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz y en uno de los diarios de
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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ANUNCIO DE LA DEMARCACIÓN DE CARRETERAS DEL ESTADO EN EXTREMADURA POR EL QUE SE PUBLICA LA RESOLUCIÓN
DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE CARRETERAS EN LA QUE SE APRUEBA PROVISIONALMENTE Y SE SOMETE A INFORMACIÓN
PÚBLICA Y OFICIAL EL PROYECTO DE TRAZADO "AUTOVÍA A-58. TRAMO: BÓTOA-BADAJOZ"
Provincia de Badajoz.
Clave: T2-BA-4130.
Con fecha 19 de diciembre de 2024, el Director General de Carreteras ha resuelto:
1. Aprobar provisionalmente el proyecto de trazado "Autovía A-58. Tramo: Bótoa-Badajoz", con un
presupuesto de licitación estimado de 112.193.218,57 euros (IVA 21 % incluido).
2. Declarar la urgencia del proyecto en aplicación de lo previsto en el artículo 12.2 de la Ley 37/2015, de 29 de
septiembre, de Carreteras, modificada por Real Decreto-ley 18/2018, de 8 de noviembre, por lo que el
presente trámite tendrá el carácter de información pública previa a la declaración de urgente ocupación de
los bienes y derechos afectados por la ejecución del proyecto.
3. Ordenar que, por la Demarcación de Carreteras del Estado en Extremadura, se proceda a incoar el
correspondiente expediente de información oficial y pública, de acuerdo con la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en cumplimiento de cuanto
establecen:
Los artículos 12 y 16 de la vigente Ley 37/2015, de 29 de septiembre, de Carreteras, modificada por
Real Decreto-ley 18/2018, de 8 de noviembre, y concordantes de su Reglamento aprobado por Real
Decreto 1812/1994, de 2 de septiembre. Las alegaciones solamente se podrán tener en consideración
si versan sobre las circunstancias que justifiquen la declaración de interés general de la carretera o
sobre la concepción global de su trazado.
Los artículos 17, 18 y 19.1 de la Ley de Expropiación Forzosa, de 16 de diciembre de 1954, sobre la
necesidad de ocupación, y concordantes de su Reglamento. Así, cualquier persona podrá aportar por
escrito los datos oportunos para rectificar posibles errores de la relación publicada u oponerse, por
razones de fondo o forma, a la necesidad de la ocupación. Esta información pública también lo es a los
efectos de la declaración de urgente ocupación de los bienes y derechos afectados.
Los artículos 11 y 13 de la Ley 3/1995, de 23 de marzo, de vías pecuarias, en cuanto a la modificación
del trazado de la vía pecuaria Cañada de Las Bardocas.
El plazo de información pública será de treinta (30) días hábiles contados a partir del primer día hábil
siguiente al de la última fecha de las publicaciones reglamentarias (Boletín Oficial del Estado, Boletín Oficial de
la Provincia de Badajoz y en un diario de gran circulación en dicha provincia). Asimismo, se publicará en el
tablón de anuncios del Ayuntamiento de Badajoz.
La aprobación definitiva del proyecto trazado, en su caso, implicará la declaración de utilidad pública y la
necesidad de urgente ocupación de los bienes, modificación de servicios y adquisición de derechos
correspondientes, a los fines de expropiación, de ocupación temporal o de imposición o modificación de
servidumbres.
4. Ordenar que la Demarcación de Carreteras del Estado en Extremadura:
Solicite informe sobre el proyecto de trazado a los Departamentos Ministeriales, comunidades
autónomas y entidades locales afectadas, en cumplimiento de los artículos 8 y 16 de la Ley 37/2015, de
29 de septiembre, de Carreteras.
Lleve a cabo los trámites necesarios para que la presente resolución y la relación a que se refiere el
artículo 17 de la Ley de 16 de diciembre de 1954, de Expropiación Forzosa, sean publicadas en el
Boletín Oficial del Estado, en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz y en uno de los diarios de
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Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
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