Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior (Badajoz). (00042/2025)
Nombramiento en plazas de funcionarios/as de carrera en la categoría de Arquitecto/a Técnico/a (turno libre) subgrupo A2
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Área de Recursos Humanos y Régimen Interior
Anuncio 42/2025
ADMINISTRACIÓN LOCAL
DIPUTACIONES
Diputación de Badajoz
Área de Recursos Humanos y Régimen Interior
Badajoz
Anuncio 42/2025
Nombramiento en plazas de funcionarios/as de carrera en la categoría de Arquitecto/a Técnico/a (turno libre) subgrupo
A2
A la fecha de la firma electrónica y por el Sr. Presidente de la Diputación de Badajoz, se ha dictado resolución cuyo contenido
literal, es el siguiente:
"Decreto: En el Palacio de la Diputación de Badajoz, a fecha de la firma.
Visto el decreto de esta Presidencia, de fecha veintinueve de agosto del dos mil veinticuatro, por el que se nombra
funcionario en práctica a don Ismael Pozo Díaz, en plaza de Arquitecto Técnico, por un período de tres meses a partir del día
dos de septiembre del mismo año, al acreditarse no haber prestado servicios previamente en la entidad convocante.
Calificado dicho período de apto por la Direcciones de Área donde ha prestado servicio durante los tres meses de prácticas,
previo informe, de la Jefatura de Servicio donde ha realizado dichos trabajos, de acuerdo a lo previsto en la base décimo
segunda de la convocatoria, se propone su nombramiento como funcionaria de carrera.
De conformidad con lo establecido en el artículo 20 del Decreto 201/1995, de 26 de diciembre, por el que se aprueba el
Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, y
la base décimo tercera de la convocatoria que se resuelve.
En uso de las facultades y competencias que me son conferidas por el Reglamento de Organización, Funcionamiento y
Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, en su artículo 61,
apartado 12, letra a)
HE RESUELTO:
Primero.- Nombrar funcionarios de carrera en plazas de Arquitecto Técnico, encuadradas en la escala
Administración Especial, subescala Técnica, grupo A, subgrupo A2, de conformidad con la propuesta del
Tribunal Calificador de fecha dieciocho de julio de dos mil veinticuatro, a don Ismael Pozo Díaz.
Segundo.- Para adquirir la condición de funcionaria de carrera deberá prestar acto de acatamiento de la
Constitución y del resto del ordenamiento jurídico y tomar posesión, conforme a lo establecido en el número
1 del artículo 62 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto
Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público. El plazo de dicha toma de posesión será de un
mes a partir del día siguiente a la publicación de esta resolución en el Boletín Oficial de la Provincia.
Tercero.- Del cumplimiento de lo previsto en esta resolución queda encargado el Área de Recursos Humanos
y Régimen Interior, que lo notificará a la interesada, lo publicará en el Boletín Oficial de la Provincia con
expresa indicación de los recursos que contra el mismo procedan, y lo comunicará al Negociado de Nóminas
y a la Intervención de Fondos Provinciales.
Lo mandó y firma el Sr. Presidente de la Diputación de Badajoz.- El Presidente.- Firmado electrónicamente.
Lo que le notifico para su conocimiento y efectos oportunos, indicándole que contra la presente resolución, que pone fin a la
vía administrativa, podrá interponer, potestativamente, recurso de reposición ante el mismo órgano que la dictó, ante
Vicepresidente Tercero y Diputado-Delegado de RRHH y Régimen Interior de esta Diputación (resolución del Presidente de 3
de octubre de 2024) en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su notificación o, directamente, recurso
contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo competente, todo ello de conformidad con lo
dispuesto en el artículo 52.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local y artículos 123 y 124
de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en los
artículos 8.1, 25.1 y 46.1 de la Ley 29/1988, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, sin
perjuicio de que pueda interponer cualquier otro que se estime pertinente.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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Badajoz
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A2
A la fecha de la firma electrónica y por el Sr. Presidente de la Diputación de Badajoz, se ha dictado resolución cuyo contenido
literal, es el siguiente:
"Decreto: En el Palacio de la Diputación de Badajoz, a fecha de la firma.
Visto el decreto de esta Presidencia, de fecha veintinueve de agosto del dos mil veinticuatro, por el que se nombra
funcionario en práctica a don Ismael Pozo Díaz, en plaza de Arquitecto Técnico, por un período de tres meses a partir del día
dos de septiembre del mismo año, al acreditarse no haber prestado servicios previamente en la entidad convocante.
Calificado dicho período de apto por la Direcciones de Área donde ha prestado servicio durante los tres meses de prácticas,
previo informe, de la Jefatura de Servicio donde ha realizado dichos trabajos, de acuerdo a lo previsto en la base décimo
segunda de la convocatoria, se propone su nombramiento como funcionaria de carrera.
De conformidad con lo establecido en el artículo 20 del Decreto 201/1995, de 26 de diciembre, por el que se aprueba el
Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, y
la base décimo tercera de la convocatoria que se resuelve.
En uso de las facultades y competencias que me son conferidas por el Reglamento de Organización, Funcionamiento y
Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, en su artículo 61,
apartado 12, letra a)
HE RESUELTO:
Primero.- Nombrar funcionarios de carrera en plazas de Arquitecto Técnico, encuadradas en la escala
Administración Especial, subescala Técnica, grupo A, subgrupo A2, de conformidad con la propuesta del
Tribunal Calificador de fecha dieciocho de julio de dos mil veinticuatro, a don Ismael Pozo Díaz.
Segundo.- Para adquirir la condición de funcionaria de carrera deberá prestar acto de acatamiento de la
Constitución y del resto del ordenamiento jurídico y tomar posesión, conforme a lo establecido en el número
1 del artículo 62 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto
Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público. El plazo de dicha toma de posesión será de un
mes a partir del día siguiente a la publicación de esta resolución en el Boletín Oficial de la Provincia.
Tercero.- Del cumplimiento de lo previsto en esta resolución queda encargado el Área de Recursos Humanos
y Régimen Interior, que lo notificará a la interesada, lo publicará en el Boletín Oficial de la Provincia con
expresa indicación de los recursos que contra el mismo procedan, y lo comunicará al Negociado de Nóminas
y a la Intervención de Fondos Provinciales.
Lo mandó y firma el Sr. Presidente de la Diputación de Badajoz.- El Presidente.- Firmado electrónicamente.
Lo que le notifico para su conocimiento y efectos oportunos, indicándole que contra la presente resolución, que pone fin a la
vía administrativa, podrá interponer, potestativamente, recurso de reposición ante el mismo órgano que la dictó, ante
Vicepresidente Tercero y Diputado-Delegado de RRHH y Régimen Interior de esta Diputación (resolución del Presidente de 3
de octubre de 2024) en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su notificación o, directamente, recurso
contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo competente, todo ello de conformidad con lo
dispuesto en el artículo 52.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local y artículos 123 y 124
de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en los
artículos 8.1, 25.1 y 46.1 de la Ley 29/1988, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, sin
perjuicio de que pueda interponer cualquier otro que se estime pertinente.
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