Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Villafranca de los Barros. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior (Badajoz). (00024/2025)
Bases de la convocatoria para la provisión, mediante promoción interna, de una plaza de Encargado Electricista
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de Villafranca de los Barros
Anuncio 24/2025
Se puntuará la formación recibida sobre materias relacionadas con el perfil del puesto al que se opta y que
hayan podido redundar en beneficio del perfeccionamiento profesional, incluida la informática y los permisos
de conducción y a excepción de los que hayan formado parte de la titulación requerida para el acceso,
conforme a la siguiente escala:
De 6 a 10 horas o en su defecto, duración de 1 día
0,20 puntos
De 11 a 20 horas o en su defecto, duración de 2 días
0,30 puntos
De 21 a 30 horas o en su defecto, duración de 3 a 5 días
0,40 puntos
De 31 a 40 horas o en su defecto, duración de 6 a 7 días
0,50 puntos
De 41 a 70 horas o en su defecto, duración de 8 a 12 días
0,60 puntos
De 71 a 100 horas o en su defecto, duración de 13 a 20 días
0,80 puntos
De 101 a 200 horas o en su defecto, duración de 21 a 30 días
1 punto
Permiso de conducción tipo B
1 punto
Permiso de conducción B+C1
2 puntos
De 201 a 300 horas o en su defecto, duración de 31 a 40 días
2 puntos
De más de 300 horas o en su defecto, más de 40 días
3 puntos
No se valorará en este apartado como mérito, el curso específico de formación para el acceso de C2 a C1, por
ser requisito imprescindible de los aspirantes, cuando opten por esta vía de acceso a la promoción interna.
Los cursos o acciones formativas de idéntica temática puntuarán una sola vez, aunque se valorará, en el caso
de no contar con el mismo número de horas, el de mayor puntuación.
Los cursos en los que no esté especificado el número de horas o días, no se considerarán para su valoración.
La puntuación máxima a otorgar en este apartado será de 4 puntos, lo que supone un 40% de la puntuación
total.
Titulación académica (máximo de 2 puntos).
Se puntuará el poseer o haber abonado los derechos para la obtención de un titulo distinto al exigido para
participar en esta convocatoria, otorgando la siguiente puntuación:
Licenciatura universitaria
2 puntos
Grado universitario
1,5 puntos
Diplomatura universitaria
1 punto
Ciclo Superior de Formación Profesional relacionado con la familia Profesional del puesto
al que se opta
Ciclo completo de la Escuela Oficial de Idiomas
1,5 puntos
1 punto
Ciclo Superior de Formación Profesional
0,5 puntos
Bachillerato o Ciclo Medio de Formación Profesional
0,25 puntos
Solo será puntuable una titulación y en caso de acreditar más de una será puntuada la superior. Será
imprescindible la presentación del título o en su defecto el justificante de haber abonado los derechos
correspondientes para su obtención. En caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, deberá acreditarse su
homologación por el Ministerio de Educación o cualquier otro órgano de la administración competente para
ello.
La puntuación máxima a otorgar en este apartado será de 2 puntos, lo que supone un 20% de la puntuación
total.
En caso de empate, en la puntuación final se resolverá atendiendo a la puntuación obtenida en el concurso de
méritos por el mismo orden que aparece regulado en esta convocatoria. De persistir la igualdad, se resolverá
a favor de aquella persona que mayor puntuación obtenga aplicando los criterios de valoración,
anteriormente citados, sin límite máximo de puntos por cada criterio y en el mismo orden anterior. De ser
imposible el desempate, aplicando lo anterior, se resolverá mediante sorteo entre los implicados.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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Se puntuará la formación recibida sobre materias relacionadas con el perfil del puesto al que se opta y que
hayan podido redundar en beneficio del perfeccionamiento profesional, incluida la informática y los permisos
de conducción y a excepción de los que hayan formado parte de la titulación requerida para el acceso,
conforme a la siguiente escala:
De 6 a 10 horas o en su defecto, duración de 1 día
0,20 puntos
De 11 a 20 horas o en su defecto, duración de 2 días
0,30 puntos
De 21 a 30 horas o en su defecto, duración de 3 a 5 días
0,40 puntos
De 31 a 40 horas o en su defecto, duración de 6 a 7 días
0,50 puntos
De 41 a 70 horas o en su defecto, duración de 8 a 12 días
0,60 puntos
De 71 a 100 horas o en su defecto, duración de 13 a 20 días
0,80 puntos
De 101 a 200 horas o en su defecto, duración de 21 a 30 días
1 punto
Permiso de conducción tipo B
1 punto
Permiso de conducción B+C1
2 puntos
De 201 a 300 horas o en su defecto, duración de 31 a 40 días
2 puntos
De más de 300 horas o en su defecto, más de 40 días
3 puntos
No se valorará en este apartado como mérito, el curso específico de formación para el acceso de C2 a C1, por
ser requisito imprescindible de los aspirantes, cuando opten por esta vía de acceso a la promoción interna.
Los cursos o acciones formativas de idéntica temática puntuarán una sola vez, aunque se valorará, en el caso
de no contar con el mismo número de horas, el de mayor puntuación.
Los cursos en los que no esté especificado el número de horas o días, no se considerarán para su valoración.
La puntuación máxima a otorgar en este apartado será de 4 puntos, lo que supone un 40% de la puntuación
total.
Titulación académica (máximo de 2 puntos).
Se puntuará el poseer o haber abonado los derechos para la obtención de un titulo distinto al exigido para
participar en esta convocatoria, otorgando la siguiente puntuación:
Licenciatura universitaria
2 puntos
Grado universitario
1,5 puntos
Diplomatura universitaria
1 punto
Ciclo Superior de Formación Profesional relacionado con la familia Profesional del puesto
al que se opta
Ciclo completo de la Escuela Oficial de Idiomas
1,5 puntos
1 punto
Ciclo Superior de Formación Profesional
0,5 puntos
Bachillerato o Ciclo Medio de Formación Profesional
0,25 puntos
Solo será puntuable una titulación y en caso de acreditar más de una será puntuada la superior. Será
imprescindible la presentación del título o en su defecto el justificante de haber abonado los derechos
correspondientes para su obtención. En caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, deberá acreditarse su
homologación por el Ministerio de Educación o cualquier otro órgano de la administración competente para
ello.
La puntuación máxima a otorgar en este apartado será de 2 puntos, lo que supone un 20% de la puntuación
total.
En caso de empate, en la puntuación final se resolverá atendiendo a la puntuación obtenida en el concurso de
méritos por el mismo orden que aparece regulado en esta convocatoria. De persistir la igualdad, se resolverá
a favor de aquella persona que mayor puntuación obtenga aplicando los criterios de valoración,
anteriormente citados, sin límite máximo de puntos por cada criterio y en el mismo orden anterior. De ser
imposible el desempate, aplicando lo anterior, se resolverá mediante sorteo entre los implicados.
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