Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Valverde de Leganés. Área de Economía, Hacienda, Compras y Patrimonio (Badajoz). (06401/2024)
Aprobación definitiva de las ordenanzas fiscales reguladoras de diferentes tasas municipales
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Ayuntamiento de Valverde de Leganés

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ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Valverde de Leganés
Valverde de Leganés (Badajoz)
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Aprobación definitiva de las ordenanzas fiscales reguladoras de diferentes tasas municipales

APROBACIÓN DEFINITIVA DE LAS ORDENANZAS FISCALES REGULADORAS DE DIFERENTES TASAS MUNICIPALES
Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a
definitivo el acuerdo plenario provisional de este Ayuntamiento sobre la modificación de las ordenanzas fiscales reguladora
de las tasas que se enumeran a continuación:
Ordenanza fiscal reguladora de la recogida de residuos sólidos urbanos.
Ordenanza reguladora de la tasa de los servicios funerarios.
Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por utilización de las instalaciones del centro de día, centro residencial y otros
servicios.
Ordenanza fiscal sobre cajeros automáticos.
Cuyos textos íntegros se hacen público en cumplimiento del artículo 17.4 del texto Refundido de la Ley Reguladora de las
Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.
MODIFICACIÓN ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA DE BASURA
Artículo 5.- Cuota tributaria (devengo semestral).
Las cuotas semestrales se determinarán con arreglo a las tarifas siguientes:

Ordenanza fiscal reguladora de la tasa de basura
Viviendas de carácter familiar

54,00 €

Bares, cafeterías, comercios, fábricas, cooperativas, talleres, almacenes o similares

73,00 €

Supermercados, hoteles o análogos

73,00 €

Cocheras independientes de la vivienda habitual

30,00€

MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LOS SERVICIOS FUNERARIOS
Artículo 5.º.- Cuotas. Se modifica la cuota tributaria de la tasa:

Ordenanza fiscal reguladora de los servicios funerarios
1. Apertura de nichos:

100,00 €

2. Cierre de nichos:

100,00 €

3. Apertura y cierre si se trata de un nicho viejo:

200,00 €

4. Apertura, cierre y traslado de restos a un nicho nuevo:

300,00 €

5. Apertura, cierre y traslado de restos a un nicho viejo:

400,00 €

6. Adquisición de derecho funerario (nicho):

650,00 €

7. Adquisición de derecho funerario (nicho pequeño):

325,00 €

8. Adquisición de derecho funerario (columbario):

162,50 €

MODIFICACIÓN ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR UTILIZACIÓN DE LAS INSTALACIONES DEL CENTRO DE
DÍA Y OTROS SERVICIOS
Artículo 5.º.- Cuotas.
1.- Su cuantía vendrá determinada por aplicación, en cada caso, de las tarifas que a continuación se señalan y de los
servicios que se presten:

Ordenanza fiscal reguladora centro de día y residencia
Residente grado I

1.178,16 €
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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