Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Casas de Don Pedro. Área de Economía, Hacienda, Compras y Patrimonio (Badajoz). (06335/2024)
Aprobación definitiva de la modificación de la Ordenanza fiscal reguladora de gastos suntuarios
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Ayuntamiento de Casas de Don Pedro

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Artículo 10. Infracciones y sanciones tributarias.
En todo lo relativo a infracciones tributarias y sus distintas calificaciones, así como a las sanciones que a las mismas
correspondan en cada caso, se aplicará lo dispuesto en la Ley General Tributaria y en la Ordenanza fiscal general de gestión,
liquidación, inspección y recaudación de los ingresos de derecho público de la Diputación Provincial de Badajoz.
Disposición adicional única. Modificaciones de la tasa.
Las modificaciones que se introduzcan en la regulación del Impuesto, por las Leyes de Presupuestos Generales del Estado o
por cualesquiera otras leyes o disposiciones, y que resulten de aplicación directa, producirán, en su caso, la correspondiente
modificación tácita de la presente Ordenanza fiscal.
Disposición final única. Aprobación, entrada en vigor y modificación de la Ordenanza fiscal.
La presente Ordenanza fiscal, aprobada por el Pleno de este Ayuntamiento en sesión celebrada el 7 de noviembre de 2024,
comenzará a regir con efectos desde el 1 de enero del año siguiente, y continuará vigente en tanto no se acuerde su
modificación o derogación. En caso de modificación parcial de esta Ordenanza fiscal, los artículos no modificados
continuarán vigentes".
En Casas de Don Pedro, a fecha de la firma digital.- La Alcaldesa, Inmaculada Francisca Vicente García de la Trenada.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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