Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Los Guadalperales. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior (Badajoz). Servicio de Planificación Presupuestaria y Control de Gasto (Badajoz). (06304/2024)
Aprobación definitiva de la Ordenanza reguladora de la tasa por la prestación de servicios funerarios
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Ayuntamiento de Los Guadalperales

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Ayuntamiento de Los Guadalperales
Los Guadalperales (Badajoz)
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Aprobación definitiva de la Ordenanza reguladora de la tasa por la prestación de servicios funerarios

APROBACIÓN DEFINITIVA DE LA ORDENANZA REGULADORA DE LA TASA POR LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS FUNERARIOS DE
LA ELM DE LOS GUADALPERALES
Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a
definitivo el acuerdo plenario inicial de aprobación de la modificación de la Ordenanza reguladora por prestación de servicio
funerarios, cuyo texto se hace público, para su general conocimiento y en cumplimiento de lo previsto en el artículo 70.2 de
la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
Artículo 6.- Cuota tributaria.
Las tarifas a aplicar por los servicios de cementerio municipal especificados en el artículo 2 de la citada Ordenanza, serán los
siguientes:
- Por concesión de nicho:
a) En fila superior: 537,5 euros.
b) En filas media e inferior: 625,00 euros.
- Por conservación y ornato de los espacios libres:
a) Por nicho concedido, anualmente: 12,5 euros.
b) Por panteones y similares, anualmente: 18,75 euros.
- Por asignación de espacios para enterramientos en panteones o sepulturas: 187,5 euros por metro
cuadrado.
- Permisos para construcción de panteones o sepulturas: 4% del proyecto o presupuesto de ejecución.
En Los Guadalperales, a fecha de la firma digital.- La Alcaldesa, María Chaparro Godoy.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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