Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Azuaga. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria (Badajoz). (06188/2024)
Bando municipal relativo al uso de artículos pirotécnicos
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de Azuaga
Anuncio 6188/2024
ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Azuaga
Azuaga (Badajoz)
Anuncio 6188/2024
Bando municipal relativo al uso de artículos pirotécnicos
Doña María Nativiadad Fuentes del Puerto, Alcaldesa-Presidenta del Ayuntamiento de Azuaga.
Hace saber: En uso de las atribuciones que me están conferidas en el artículo 21.1.e) de la Ley 7/1985, de 2 de abril,
Reguladora de las Bases de Régimen Local, modificada por la Ley 11/1999, de 21 de abril y por razones de interés público,
que:
Con motivo de garantizar la seguridad y tranquilidad ciudadana durante las próximas fechas, donde se
generaliza el uso de diversos tipos de productos de pirotecnia, se prohíbe el lanzamiento de cohetes, quema
de petardos, tracas y demás artificios pirotécnicos en las vías y espacios de uso común públicos, en virtud de
la Ordenanza municipal de número 36 de protección del medio ambiente urbano contra la contaminación
acústica en general, artículo 29 y 34 y por su peligrosidad y riesgos para personas y bienes, así como por el
ruido que producen, salvo autorización expresa de acuerdo con la normativa legal al respecto y según Real
Decreto 1367/2007, de 19 de octubre, por el que se desarrolla la Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del Ruido,
en lo referente a zonificación acústica, objetivos de calidad y emisiones acústicas.
Se recuerda que la venta y puesta a disposición de productos pirotécnicos viene regulada en el Reglamento
de artículos pirotécnicos y cartuchería, aprobado por Real Decreto 989/2015, de 30 de octubre.
El incumplimiento de lo dispuesto en el presente bando dará lugar a la imposición de las sanciones y a la
adopción de las medidas que legalmente puedan corresponder con multas de hasta 3.005,06 euros, según
artículo 53 apartado a) Ordenanza número 36 (BOP a 24 de junio de 1998, y su modificación publicada en el
BOP de 23 de diciembre de 2003).
Lo que se hace público para general conocimiento.
En Azuaga, a fecha de la firma digital.- La Alcaldesa, María Natividad Fuentes del Puerto.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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Doña María Nativiadad Fuentes del Puerto, Alcaldesa-Presidenta del Ayuntamiento de Azuaga.
Hace saber: En uso de las atribuciones que me están conferidas en el artículo 21.1.e) de la Ley 7/1985, de 2 de abril,
Reguladora de las Bases de Régimen Local, modificada por la Ley 11/1999, de 21 de abril y por razones de interés público,
que:
Con motivo de garantizar la seguridad y tranquilidad ciudadana durante las próximas fechas, donde se
generaliza el uso de diversos tipos de productos de pirotecnia, se prohíbe el lanzamiento de cohetes, quema
de petardos, tracas y demás artificios pirotécnicos en las vías y espacios de uso común públicos, en virtud de
la Ordenanza municipal de número 36 de protección del medio ambiente urbano contra la contaminación
acústica en general, artículo 29 y 34 y por su peligrosidad y riesgos para personas y bienes, así como por el
ruido que producen, salvo autorización expresa de acuerdo con la normativa legal al respecto y según Real
Decreto 1367/2007, de 19 de octubre, por el que se desarrolla la Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del Ruido,
en lo referente a zonificación acústica, objetivos de calidad y emisiones acústicas.
Se recuerda que la venta y puesta a disposición de productos pirotécnicos viene regulada en el Reglamento
de artículos pirotécnicos y cartuchería, aprobado por Real Decreto 989/2015, de 30 de octubre.
El incumplimiento de lo dispuesto en el presente bando dará lugar a la imposición de las sanciones y a la
adopción de las medidas que legalmente puedan corresponder con multas de hasta 3.005,06 euros, según
artículo 53 apartado a) Ordenanza número 36 (BOP a 24 de junio de 1998, y su modificación publicada en el
BOP de 23 de diciembre de 2003).
Lo que se hace público para general conocimiento.
En Azuaga, a fecha de la firma digital.- La Alcaldesa, María Natividad Fuentes del Puerto.
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Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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