Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Zafra. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria (Badajoz). Escuela de Formación Local e Innovación (Badajoz). (06173/2024)
Bases de convocatoria para cubrir una plaza de Director/a General de la Entidad Ferial de Zafra, como personal laboral fijo, por sistema de concurso-oposición libre
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Ayuntamiento de Zafra

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ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Zafra
Zafra (Badajoz)
Anuncio 6173/2024
Bases de convocatoria para cubrir una plaza de Director/a General de la Entidad Ferial de Zafra, como personal laboral
fijo, por sistema de concurso-oposición libre

RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA NÚMERO 2024-4356 DE FECHA 9 DE DICIEMBRE DE 2024, POR LA QUE SE APRUEBAN LAS BASES
Y LA CONVOCATORIA PARA CUBRIR LA VACANTE DEL PUESTO DE DIRECTOR GENERAL DE LA ENTIDAD FERIAL
Habiéndose aprobado por resolución de Alcaldía número 2024-4356 de fecha 9 de diciembre de 2024, las bases y la
convocatoria para cubrir la vacante en el puesto de Director/a General de la Entidad Ferial de Zafra, mediante sistema de
concurso-oposición libre, correspondiente a la oferta de empleo público del año 2021, se abre el plazo de presentación de
solicitudes, que será de 20 días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial
del Estado.
Se adjuntan las bases reguladoras de las pruebas selectivas:
«BASES DE LA CONVOCATORIA PARA LA COBERTURA DEL PUESTO DE TRABAJO DE DIRECTOR/A GENERAL DE LA ENTIDAD
FERIAL DE ZAFRA, PERSONAL LABORAL FIJO, MEDIANTE SISTEMA DE CONCURSO-OPOSICIÓN
Primera.- Objeto de la convocatoria.
1.1.- Objeto. Es objeto de la presente convocatoria la cobertura, con carácter de personal laboral fijo, en turno
libre por el sistema de concurso-oposición, de una plaza de Director/a de la Entidad Ferial de Zafra, por el
sistema de concurso-oposición, correspondiente con el puesto de trabajo número 99 de la relación de
puestos de trabajo del Excmo. Ayuntamiento de Zafra y de la Entidad Ferial de Zafra.
La presente convocatoria tendrá como objeto, asimismo, la creación de una bolsa de trabajo para la
realización de nombramientos temporales con el propósito de cubrir necesidades extraordinarias
inaplazables y urgentes o la sustitución del titular de la plaza.
1.2.- Adscripción. El ingreso conlleva la adscripción al puesto de trabajo número 99 contemplado en la vigente
relación de puestos de trabajo de personal funcionario (RPT) y publicado en el Boletín Oficial de la Provincia
de Badajoz, número 63, del día 3 de abril de 2024, con las características, condiciones de dedicación
específicas, funciones y restantes determinaciones que corresponden a este puesto, al margen de todas las
derivadas del desarrollo de las actividades de su oficio. Asimismo, en caso de que el ingreso, llegado el turno,
sea debido a una necesidad urgente para efectuar labores de apoyo a un puesto o varios puestos de trabajo
existentes en la RPT, se adscribirá, a efectos de retribuciones y relaciones de dependencia jerárquica, al
puesto con el que comparta el mayor número de funciones.
1.3.- Régimen de incompatibilidad. Estará sujeto a lo dispuesto en la Ley 13/2015, de 8 de abril, de Función
Pública de Extremadura y en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de incompatibilidades del personal al
servicio de las Administraciones Públicas.
1.4.- Publicidad. Las bases de la presente convocatoria, así como todos sus anexos, se podrán consultar tanto
en el tablón de anuncios electrónico de este Excmo. Ayuntamiento, de la Entidad Ferial, así como en el Boletín
Oficial de la Provincia de Badajoz.
1.5.- Normativa de aplicación. Lo no contemplado o previsto por las presentes bases se estará a lo dispuesto
por la Ley 13/2015, de 8 de abril, de función pública de Extremadura; el Texto Refundido de la Ley del Estatuto
Básico del Empleado Público aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre; el Decreto
201/1995, de 26 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al
Servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura; el Real Decreto 896/1991, de 7 de
junio, por el que se establecen las reglas básicas y los programas mínimos a que debe ajustarse el
procedimiento de selección de los funcionarios de Administración Local; de forma supletoria, el Reglamento
General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de provisión de puestos
de trabajo y promoción profesional de los funcionarios civiles de la Administración General del Estado
aprobado por el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo; la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases
del Régimen Local, la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las
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