Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Guareña. (06135/2024)
Aprobación inicial del presupuesto general para el ejercicio 2025
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Ayuntamiento de Guareña

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ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Guareña
Guareña (Badajoz)
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Aprobación inicial del presupuesto general para el ejercicio 2025

En la Intervención de este Ayuntamiento, y de conformidad con los artículos 112.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril,
Reguladora de las Bases del Régimen Local, 169.1 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales,
aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 marzo, 126 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el
que se aprueba el Texto Tefundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local y 20.1 del Real Decreto
500/1990, de 20 de abril, se encuentran expuestos al público; el presupuesto general, bases de ejecución y demás
documentos y anexos que lo integran, y la plantilla de personal para el ejercicio 2025, aprobados inicialmente por la
Corporación en Pleno en sesión ordinaria celebrada el día 13 de diciembre de 2024, a los efectos de que los interesados
puedan examinarlos y presentar las alegaciones y reclamaciones que estimen oportunas.
Los interesados que estén legitimados, según lo dispuesto en el artículo 170.1 del citado Texto Refundido de la Ley
Reguladora de las Haciendas Locales, y por los motivos taxativamente enumerados en el punto 2 de dicho artículo 170,
podrán presentar reclamaciones con sujeción a los siguientes trámites:
a) Plazo de exposición y admisión de reclamaciones: Quince (15) días hábiles contados a partir del primer día
hábil siguiente a la fecha de publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia.
b) Órgano ante el que se reclama: Ayuntamiento Pleno.
El presupuesto se considerará definitivamente aprobado, sin necesidad de acuerdo expreso, si durante el citado plazo no se
hubieran presentado reclamaciones; en caso contrario, el Pleno dispondrá del plazo de un mes para resolverlas.
Guareña, a fecha de la firma digital.- El Secretario General, Manuel María Caro Franganillo.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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