Administración Local. Consorcios. Consorcio para la Gestión de Servicios Medioambientales de la Diputación de Badajoz. PROMEDIO. (06060/2024)
Aprobación definitiva de modificación de Ordenanza fiscales reguladoras de precios públicos de PROMEDIO
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Consorcio para la Gestión de Servicios Medioambientales de la Diputación de Badajoz. PROMEDIO
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b) El pago del precio público se efectuará en régimen de autoliquidación.
c) Cuando, por causas no imputables al obligado al pago del importe del precio, el servicio o la actividad no se
preste o desarrolle, procederá la devolución del importe correspondiente.
Artículo 7.- Procedimiento administrativo de apremio.
Las deudas por el precio público a que se refiere la presente resolución podrán exigirse por el procedimiento administrativo
de apremio, una vez agotado el periodo voluntario.
Artículo 8.- Toma de muestras y recepción en PROMEDIO.
a) La toma de muestras será responsabilidad del contratante, si bien en el momento en que se solicite el
servicio, se darán instrucciones específicas para realizar el muestreo de forma correcta, tales como, tipo de
recipiente, volumen, temperatura de transporte… de esta forma se asegura que la muestra entra en el
laboratorio en las condiciones idóneas para ser analizada bajo criterios de calidad y que el resultado del
análisis no se verá afectado por la toma de la muestra y cumplirá la función que se le pretende dar al mismo.
b) Las muestras deberán hacerse llegar a la sede del laboratorio de I+D+i de PROMEDIO, bien mediante
mensajería, bien siendo transportada por el propio cliente.
c) Si es transportada por el propio cliente, firmará un documento de cadena de custodia que el laboratorio le
facilitará en el momento de entrega, en el que quedará constancia de la fecha de toma, datos de la toma y de
la persona física que realizó el muestreo. Dicho documento de custodia se firmará por duplicado ejemplar,
una para el cliente y otra para el laboratorio.
d) Si la muestra es enviada por mensajería, se le unirá la copia para el laboratorio del documento de custodia
-que previamente se habrá remitido vía mail- cumplimentado y firmado.
Disposición final primera.
A propuesta del Gerente de PROMEDIO, el Vicepresidente de PROMEDIO podrá dictar cuantas instrucciones sean necesarias
para el desarrollo y aplicación de la presente resolución.
Disposición final segunda.
La presente Ordenanza fiscal cuya redacción definitiva ha sido aprobada por el Consejo de Administración de PROMEDIO, en
sesión de fecha 22 de octubre de 2024, entrará en vigor el día de su publicación definitiva en el Boletín Oficial de la Provincia,
comenzando a aplicarse el primer día del trimestre siguiente al de su entrada en vigor, permaneciendo en vigor hasta que se
acuerde su modificación o derogación expresa.
Badajoz, a fecha de la firma digital.- El Vicepresidente de PROMEDIO, Francisco Buenavista García.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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b) El pago del precio público se efectuará en régimen de autoliquidación.
c) Cuando, por causas no imputables al obligado al pago del importe del precio, el servicio o la actividad no se
preste o desarrolle, procederá la devolución del importe correspondiente.
Artículo 7.- Procedimiento administrativo de apremio.
Las deudas por el precio público a que se refiere la presente resolución podrán exigirse por el procedimiento administrativo
de apremio, una vez agotado el periodo voluntario.
Artículo 8.- Toma de muestras y recepción en PROMEDIO.
a) La toma de muestras será responsabilidad del contratante, si bien en el momento en que se solicite el
servicio, se darán instrucciones específicas para realizar el muestreo de forma correcta, tales como, tipo de
recipiente, volumen, temperatura de transporte… de esta forma se asegura que la muestra entra en el
laboratorio en las condiciones idóneas para ser analizada bajo criterios de calidad y que el resultado del
análisis no se verá afectado por la toma de la muestra y cumplirá la función que se le pretende dar al mismo.
b) Las muestras deberán hacerse llegar a la sede del laboratorio de I+D+i de PROMEDIO, bien mediante
mensajería, bien siendo transportada por el propio cliente.
c) Si es transportada por el propio cliente, firmará un documento de cadena de custodia que el laboratorio le
facilitará en el momento de entrega, en el que quedará constancia de la fecha de toma, datos de la toma y de
la persona física que realizó el muestreo. Dicho documento de custodia se firmará por duplicado ejemplar,
una para el cliente y otra para el laboratorio.
d) Si la muestra es enviada por mensajería, se le unirá la copia para el laboratorio del documento de custodia
-que previamente se habrá remitido vía mail- cumplimentado y firmado.
Disposición final primera.
A propuesta del Gerente de PROMEDIO, el Vicepresidente de PROMEDIO podrá dictar cuantas instrucciones sean necesarias
para el desarrollo y aplicación de la presente resolución.
Disposición final segunda.
La presente Ordenanza fiscal cuya redacción definitiva ha sido aprobada por el Consejo de Administración de PROMEDIO, en
sesión de fecha 22 de octubre de 2024, entrará en vigor el día de su publicación definitiva en el Boletín Oficial de la Provincia,
comenzando a aplicarse el primer día del trimestre siguiente al de su entrada en vigor, permaneciendo en vigor hasta que se
acuerde su modificación o derogación expresa.
Badajoz, a fecha de la firma digital.- El Vicepresidente de PROMEDIO, Francisco Buenavista García.
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