Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Área de Desarrollo Rural, Reto Demográfico y Turismo (Badajoz). (05973/2024)
Extracto de las bases de subvenciones de la Diputación de Badajoz destinadas al turismo termal de la provincia de Badajoz durante el ejercicio 2025
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Área de Desarrollo Rural, Reto Demográfico y Turismo
Anuncio 5973/2024
tratamiento en los cuales se les aplicarán cuatro técnicas termales por día. En todo caso, no se aplicará las
técnicas termales cuando esté contraindicado por el personal médico del establecimiento termal
correspondiente o cuando el usuario así lo solicite expresamente, teniendo que facilitarle el balneario alguna
alternativa, siempre que sea viable y posible.
c) Los tratamientos termales se realizarán utilizando las técnicas específicas de cada modalidad terapéutica,
adecuadas a la circunstancia personal de cada participante, en función de la tolerancia y características del
mismo y siempre bajo prescripción facultativa y seguimiento médico.
d) Los beneficiarios indirectos/usuarios tendrán un reconocimiento médico previo a la aplicación de las
técnicas termales con objeto de conocer su situación médica inicial y prescribir el tratamiento termal más
adecuado. El personal médico del establecimiento deberá efectuar un correcto seguimiento de los
tratamientos/técnicas termales con objeto de controlar la evolución de los participantes, con especial
vigilancia de aquellas personas que padecen enfermedades crónicas o cuentan con un tratamiento
farmacológico que pudiera verse afectado por estas técnicas termales. Se realizará un último control médico
emitiéndose un informe, a petición de la persona usuaria, donde se describan todas las características del
tratamiento efectuado, la evolución durante el mismo, así como las posibles recomendaciones.
e) Los solicitantes podrán elegir indistintamente el establecimiento que más le satisfaga entre los balnearios
beneficiarios del presente programa, entendiendo que la asignación de plazas estará sujeta a disponibilidad
por parte del establecimiento termal.
f) Esta modalidad incluye la estancia en habitación doble, salvo que por causas no imputables a la persona o
por circunstancias debidamente acreditadas deba ocupar una habitación individual. Las personas que
demanden expresamente una habitación individual deberán abonar el coste adicional que corresponda, que
podrá variar según el establecimiento.
g) Se tendrán en cuenta las características de los participantes del programa a la hora de confeccionar los
menús, teniendo en cuenta que las personas por prescripción facultativa así lo requieran o así lo acrediten,
dispondrán de un menú especial. En todo caso, el servicio de manutención podrá realizarse en régimen de
autoservicio o servicio en mesa. Si el establecimiento optase por autoservicio, deberá prever personal de
apoyo para las personas usuarias que lo precisen.
h) El tipo de desayuno será, como mínimo, el denominado "continental" compuesto por café y/o infusión,
zumo, pastelería variada y tostadas, aceite de oliva, mantequilla y mermelada; los menús serán variados,
ofertando por lo menos, dos modalidades diferentes, tanto para el primero como para el segundo plato y
sobremesa. Los menús de comida y cena incluirán vino de mesa de calidad media y agua embotella.
i) El desplazamiento desde el domicilio hasta el establecimiento termal, así como el desplazamiento de
regreso correrá a cargo de las personas beneficiarias.
Financiación: Las condiciones de financiación de esta modalidad son las siguientes:
Prestación de servicio tratamiento con estancia:
Esta modalidad del programa tiene un coste total de 580,00 euros (IVA incluido) por persona usuaria y
estancia, de los cuales Diputación de Badajoz financiará 231,00 euros. El importe restante (349,00 euros IVA
incluido) correrá a cargo del beneficiario.
El citado importe es precio cerrado para todos los servicios incluidos en el programa, sin que proceda
efectuar deducción alguna si por cualquier causa imputable a la persona beneficiaria, esta no disfrutase de la
totalidad de los servicios.
Los servicios de tratamiento con estancia deberán podrán ser disfrutados desde la fecha de publicación de la
resolución del Programa de turismo termal 2025 en el Boletín Oficial de la Provincia hasta las fechas indicadas
en el anexo II de la convocatoria para cada balneario.
El número total de plazas ofertadas en esta línea de tratamientos con estancia son 432 plazas, 216 por cada
balneario ofertado en esta convocatoria.
Sexto.- Resolución y adjudicación de plazas.
La participación en la presente convocatoria estará abierta durante 15 días hábiles contados a partir del día siguiente al de la
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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tratamiento en los cuales se les aplicarán cuatro técnicas termales por día. En todo caso, no se aplicará las
técnicas termales cuando esté contraindicado por el personal médico del establecimiento termal
correspondiente o cuando el usuario así lo solicite expresamente, teniendo que facilitarle el balneario alguna
alternativa, siempre que sea viable y posible.
c) Los tratamientos termales se realizarán utilizando las técnicas específicas de cada modalidad terapéutica,
adecuadas a la circunstancia personal de cada participante, en función de la tolerancia y características del
mismo y siempre bajo prescripción facultativa y seguimiento médico.
d) Los beneficiarios indirectos/usuarios tendrán un reconocimiento médico previo a la aplicación de las
técnicas termales con objeto de conocer su situación médica inicial y prescribir el tratamiento termal más
adecuado. El personal médico del establecimiento deberá efectuar un correcto seguimiento de los
tratamientos/técnicas termales con objeto de controlar la evolución de los participantes, con especial
vigilancia de aquellas personas que padecen enfermedades crónicas o cuentan con un tratamiento
farmacológico que pudiera verse afectado por estas técnicas termales. Se realizará un último control médico
emitiéndose un informe, a petición de la persona usuaria, donde se describan todas las características del
tratamiento efectuado, la evolución durante el mismo, así como las posibles recomendaciones.
e) Los solicitantes podrán elegir indistintamente el establecimiento que más le satisfaga entre los balnearios
beneficiarios del presente programa, entendiendo que la asignación de plazas estará sujeta a disponibilidad
por parte del establecimiento termal.
f) Esta modalidad incluye la estancia en habitación doble, salvo que por causas no imputables a la persona o
por circunstancias debidamente acreditadas deba ocupar una habitación individual. Las personas que
demanden expresamente una habitación individual deberán abonar el coste adicional que corresponda, que
podrá variar según el establecimiento.
g) Se tendrán en cuenta las características de los participantes del programa a la hora de confeccionar los
menús, teniendo en cuenta que las personas por prescripción facultativa así lo requieran o así lo acrediten,
dispondrán de un menú especial. En todo caso, el servicio de manutención podrá realizarse en régimen de
autoservicio o servicio en mesa. Si el establecimiento optase por autoservicio, deberá prever personal de
apoyo para las personas usuarias que lo precisen.
h) El tipo de desayuno será, como mínimo, el denominado "continental" compuesto por café y/o infusión,
zumo, pastelería variada y tostadas, aceite de oliva, mantequilla y mermelada; los menús serán variados,
ofertando por lo menos, dos modalidades diferentes, tanto para el primero como para el segundo plato y
sobremesa. Los menús de comida y cena incluirán vino de mesa de calidad media y agua embotella.
i) El desplazamiento desde el domicilio hasta el establecimiento termal, así como el desplazamiento de
regreso correrá a cargo de las personas beneficiarias.
Financiación: Las condiciones de financiación de esta modalidad son las siguientes:
Prestación de servicio tratamiento con estancia:
Esta modalidad del programa tiene un coste total de 580,00 euros (IVA incluido) por persona usuaria y
estancia, de los cuales Diputación de Badajoz financiará 231,00 euros. El importe restante (349,00 euros IVA
incluido) correrá a cargo del beneficiario.
El citado importe es precio cerrado para todos los servicios incluidos en el programa, sin que proceda
efectuar deducción alguna si por cualquier causa imputable a la persona beneficiaria, esta no disfrutase de la
totalidad de los servicios.
Los servicios de tratamiento con estancia deberán podrán ser disfrutados desde la fecha de publicación de la
resolución del Programa de turismo termal 2025 en el Boletín Oficial de la Provincia hasta las fechas indicadas
en el anexo II de la convocatoria para cada balneario.
El número total de plazas ofertadas en esta línea de tratamientos con estancia son 432 plazas, 216 por cada
balneario ofertado en esta convocatoria.
Sexto.- Resolución y adjudicación de plazas.
La participación en la presente convocatoria estará abierta durante 15 días hábiles contados a partir del día siguiente al de la
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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