Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Área de Políticas Sociales y Cooperación Internacional al Desarrollo (Badajoz). (05999/2024)
Convocatoria de subvenciones de la Diputación de Badajoz destinadas a ONGD y otras entidades sin ánimo de lucro con sede o delegación permanente en la provincia, que desarrollen programas de cooperación internacional durante el año 2025
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Área de Políticas Sociales y Cooperación Internacional al Desarrollo

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7. Adjuntar los anexos y otros documentos requeridos en la convocatoria.
(Se deberán aportar de forma obligatoria los documentos marcados en la columna obligatorio
con ✔, de igual forma, será de aportación voluntaria aquellos documentos marcados en la
columna obligatorio con X).
8. Firmar y finalizar.
Los modelos normalizados de remisión de la documentación para la justificación del objeto y
cuantía de la subvención estarán disponibles en el apartado Diputación-Subvenciones ubicado
en la página principal en la Diputación de Badajoz en la siguiente dirección:
https://www.dip-badajoz.es/diputacion/subvenciones/index.php
Los documentos de remisión de la justificación deberán acompañarse de los documentos de
justificación adicionales que sean necesarios conforme a los modelos normalizados,
debidamente firmados por el órgano competente y digitalizados.
C. Justificación técnica. Se deberá presentar la siguiente documentación.
C.1.- Una memoria final firmada por el/la representante legal de la entidad en la que se haga
una declaración de las actividades realizadas, los gastos que supone la ejecución de las
actividades (descripción cualitativa y cuantitativa del gasto) y los resultados obtenidos. Esta
memoria deberá recoger, para el caso de que el importe de la subvención concedida haya sido
inferior al solicitado, una explicación de cómo han procedido a ajustar el alcance de la actividad
subvencionada o, en su caso, cuál ha sido la alternativa de financiación.
Siempre y cuando los gastos presentados en la justificación guarden proporcionalidad con los
gastos presentados en el proyecto inicial, no supongan modificación de los criterios de
valoración tenidos en cuenta en la resolución de concesión y no exista modificación sustancial
de los objetivos del proyecto, la reformulación se presume y se deberá dejar clara constancia
en la memoria técnica justificativa para su oportuna consideración.
C.2.- A la memoria adjuntarán copia del material documental e informativo (gráfico, digital o
audiovisual) a que ha dado lugar el proyecto, destacando dónde se ha hecho constar la
colaboración de Diputación y su imagen corporativa.
Dado que la finalidad de esta última exigencia, es promover la sensibilización de la opinión
pública en materia de cooperación al desarrollo y solidaridad internacional, el alcance de esta
obligación conlleva que la entidad beneficiaria, y su contraparte, den a conocer la implicación
de Diputación de Badajoz, en materia de Cooperación Internacional al Desarrollo, a través de
las notas de prensa que pudieran publicar, contenidos disponibles en páginas web, entrevistas
que les realicen, foros a los que asistan u organicen, videos que editen, u otros similares, y
haciendo constar la imagen corporativa de esta Diputación. De todo ello deben dejar
constancia en la memoria y adjuntar a la justificación copia de ese material.
Si la entidad beneficiaria quisiera aportar acreditación documental de las actividades
realizadas, mediante la presentación de imágenes correspondientes a cartelería, folletos, o por
fotografías, vídeos u otros soportes digitales con un tamaño superior al permitido por la sede
electrónica solicitará al correo psocial@dip-badajoz.es, la autorización para el acceso a la
plataforma de intercambio de documentación Mercurio para su aportación. No se admitirá la
aportación física de esta documentación.
C.3. Anexo V. Indicadores de resultados y actividades de la convocatoria desagregado por sexo
y edad en cumplimiento de lo dispuesto en el Plan Estratégico de Subvenciones.
D. Justificación económica. Se presentará la siguiente documentación.
D.1.- Importe a justificar:
Como regla general el importe a justificar es aquel que resulte en la resolución de concesión.
Sin embargo, cuando las actividades hayan sido cofinanciadas, además de con la subvención
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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