Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Villafranca de los Barros. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior. Servicio de Gestión de Recursos Humanos (Badajoz). (06076/2024)
Bases de convocatoria para cubrir una plaza de Oficial Mecánico, por promoción interna
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de Villafranca de los Barros
Anuncio 6076/2024
En la designación de los miembros del Tribunal Calificador deberán respetarse los principios de imparcialidad y de
profesionalidad, y se tenderá a la paridad entre hombres y mujeres.
A iniciativa de cada central sindical podrá estar presentes, durante la totalidad del proceso selectivo, un observador/a por
cada una de las centrales u organizaciones sindicales con representatividad en este Ayuntamiento.
El Tribunal quedará integrado, además, por los suplentes respectivos que simultáneamente con los titulares habrán de
designarse.
Actuación del Tribunal: El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de más de la mitad de sus miembros,
titulares o suplentes, indistintamente, siendo siempre necesaria la presencia del Presidente y Secretario.
La actuación del Tribunal habrá de ajustarse estrictamente a las bases de la convocatoria.
El Tribunal resolverá, por mayoría de votos de sus miembros presentes, todas las dudas y propuestas que surjan para la
aplicación de las normas contenidas en estas bases, y estará facultado para resolver las cuestiones que puedan suscitarse
durante la realización del proceso, así como para adoptar las medidas necesarias que garanticen el debido orden en las
mismas en todo lo no previsto en las bases.
Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir, y podrán ser recusados, cuando concurran las circunstancias
previstas en los artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Todos los acuerdos del Tribunal Calificador se insertarán en el tablón electrónico del portal del ciudadano, que se encuentra
en la sede electrónica del Ayuntamiento de Villafranca de los Barros, y en el tablón de anuncios del departamento de
personal de este Ayuntamiento.
Sexta.- Procedimiento de selección.
La selección de los aspirantes se realizará mediante concurso de méritos de acuerdo con el siguiente baremo, siendo
necesario obtener una puntuación mínima de 5 puntos en la suma de todos los meritos acreditados.
Experiencia profesional (máximo de 4 puntos).
- Por cada mes completo de servicios prestados en el Ayuntamiento de Villafranca de los Barros: 0,20 puntos,
en plazas adscritas a puestos, cuyas tareas se correspondan con las propias del oficio objeto de la promoción
(Mecánico). No se tendrá en cuenta el tiempo mínimo al que se refiere la base segunda apartado d), de los
presentes criterios de selección.
- Por cada mes completo de servicios prestados en otras administraciones públicas: 0,05 puntos, en puestos
cuyas tareas se correspondan con las propias del oficio objeto de la promoción (Mecánico).
La experiencia habrá de justificarse con un informe de vida laboral completo, emitido por la Tesorería General de la
Seguridad Social y con un certificado de servicios prestados expedido por la administración correspondiente.
En ningún caso podrán ser computados servicios prestados en régimen de colaboración social, contratos civiles, mercantiles
o sometidos al derecho administrativo. A estos efectos no se computarán servicios que hubieran sido prestados
simultáneamente con otros igualmente alegados.
La puntuación máxima a otorgar en este apartado será de 4 puntos, lo que supone un 40% de la puntuación total.
Formación y perfeccionamiento (máximo de 4 puntos).
Se puntuará la formación recibida sobre materias relacionadas con el perfil del puesto al que se opta y que hayan podido
redundar en beneficio del perfeccionamiento profesional, incluida la informática y los permisos de conducción y a excepción
de los que hayan formado parte de la titulación requerida para el acceso, conforme a la siguiente escala:
- De 6 a 10 horas o en su defecto, duración de 1 día: 0,20 puntos.
- De 11 a 20 horas o en su defecto, duración de 2 días: 0,30 puntos.
- De 21 a 30 horas o en su defecto, duración de 3 a 5 días: 0,40 puntos.
- De 31 a 40 horas o en su defecto, duración de 6 a 7 días: 0,50 puntos.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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En la designación de los miembros del Tribunal Calificador deberán respetarse los principios de imparcialidad y de
profesionalidad, y se tenderá a la paridad entre hombres y mujeres.
A iniciativa de cada central sindical podrá estar presentes, durante la totalidad del proceso selectivo, un observador/a por
cada una de las centrales u organizaciones sindicales con representatividad en este Ayuntamiento.
El Tribunal quedará integrado, además, por los suplentes respectivos que simultáneamente con los titulares habrán de
designarse.
Actuación del Tribunal: El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de más de la mitad de sus miembros,
titulares o suplentes, indistintamente, siendo siempre necesaria la presencia del Presidente y Secretario.
La actuación del Tribunal habrá de ajustarse estrictamente a las bases de la convocatoria.
El Tribunal resolverá, por mayoría de votos de sus miembros presentes, todas las dudas y propuestas que surjan para la
aplicación de las normas contenidas en estas bases, y estará facultado para resolver las cuestiones que puedan suscitarse
durante la realización del proceso, así como para adoptar las medidas necesarias que garanticen el debido orden en las
mismas en todo lo no previsto en las bases.
Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir, y podrán ser recusados, cuando concurran las circunstancias
previstas en los artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Todos los acuerdos del Tribunal Calificador se insertarán en el tablón electrónico del portal del ciudadano, que se encuentra
en la sede electrónica del Ayuntamiento de Villafranca de los Barros, y en el tablón de anuncios del departamento de
personal de este Ayuntamiento.
Sexta.- Procedimiento de selección.
La selección de los aspirantes se realizará mediante concurso de méritos de acuerdo con el siguiente baremo, siendo
necesario obtener una puntuación mínima de 5 puntos en la suma de todos los meritos acreditados.
Experiencia profesional (máximo de 4 puntos).
- Por cada mes completo de servicios prestados en el Ayuntamiento de Villafranca de los Barros: 0,20 puntos,
en plazas adscritas a puestos, cuyas tareas se correspondan con las propias del oficio objeto de la promoción
(Mecánico). No se tendrá en cuenta el tiempo mínimo al que se refiere la base segunda apartado d), de los
presentes criterios de selección.
- Por cada mes completo de servicios prestados en otras administraciones públicas: 0,05 puntos, en puestos
cuyas tareas se correspondan con las propias del oficio objeto de la promoción (Mecánico).
La experiencia habrá de justificarse con un informe de vida laboral completo, emitido por la Tesorería General de la
Seguridad Social y con un certificado de servicios prestados expedido por la administración correspondiente.
En ningún caso podrán ser computados servicios prestados en régimen de colaboración social, contratos civiles, mercantiles
o sometidos al derecho administrativo. A estos efectos no se computarán servicios que hubieran sido prestados
simultáneamente con otros igualmente alegados.
La puntuación máxima a otorgar en este apartado será de 4 puntos, lo que supone un 40% de la puntuación total.
Formación y perfeccionamiento (máximo de 4 puntos).
Se puntuará la formación recibida sobre materias relacionadas con el perfil del puesto al que se opta y que hayan podido
redundar en beneficio del perfeccionamiento profesional, incluida la informática y los permisos de conducción y a excepción
de los que hayan formado parte de la titulación requerida para el acceso, conforme a la siguiente escala:
- De 6 a 10 horas o en su defecto, duración de 1 día: 0,20 puntos.
- De 11 a 20 horas o en su defecto, duración de 2 días: 0,30 puntos.
- De 21 a 30 horas o en su defecto, duración de 3 a 5 días: 0,40 puntos.
- De 31 a 40 horas o en su defecto, duración de 6 a 7 días: 0,50 puntos.
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