Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Área de Cultura, Deportes y Juventud (Badajoz). (05883/2024)
Subvenciones de la Diputación de Badajoz destinadas a las asociaciones sin fines de lucro de la provincia de Badajoz para la celebración durante el año 2025 de actividades educativas y culturales, así como para la celebración de fiestas populares
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Área de Cultura, Deportes y Juventud
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para realizar el mismo: Reintegro del 5% del importe pagado fuera de plazo.
No cumplir con el compromiso de financiación propia tenido en cuenta en el proceso de valoración: Reintegro de lo
comprometido, calculado proporcionalmente respecto del coste total de gastos subvencionables del proyecto.
El incumplimiento del resto de obligaciones establecidas en estas bases conllevará el pago de una cuantía con descuento del
5% del importe de la subvención concedida.
No obstante lo anterior, el artículo 90 del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones,
posibilita al beneficiario a devolver, con carácter voluntario y sin el previo requerimiento de la Diputación, la ayuda
concedida y cobrada, ya sea el importe total de la subvención o una parte de esta, de acuerdo con la situación de su
expediente.
Para ello, deberá acreditar la devolución presentando el recibo de la transferencia correspondiente, efectuada a favor de la
cuenta de la Diputación: ES03 3009 0001 2025 4550 4629 (Caja Rural de Extremadura).
Esta opción voluntaria eximiría de la apertura del expediente de reintegro, posibilitando la concurrencia y recepción de otras
subvenciones y ayudas a conceder por la Diputación. Y todo ello con la exigencia de los intereses de demora que
correspondan, para lo que se aplicará el interés legal del dinero incrementado en un 25 por ciento, salvo que la Ley de
Presupuestos Generales del Estado establezca otro diferente.
Base 14. Protección de datos.
De conformidad con la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los
derechos digitales y Reglamento 2016/679, del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016, General de
Protección de Datos, el tratamiento de los datos de carácter personal será necesario para el cumplimiento de la actividad
administrativa de concesión de subvenciones o premios.
INFORMACIÓN SOBRE PROTECCIÓN DE DATOS
Responsable Diputación
Provincial de
Badajoz
C/ Obispo San Juan de Rivera, 6
06071-Badajoz
924 212 400
Delegado de Protección de Datos
J. Enrique Vión Pérez
924 212 237 dpd@dip-badajoz.es
Finalidad del tratamiento
Procedimiento de concesión de subvenciones de la Diputación de Badajoz
destinadas a asociaciones sin fines de lucro de la provincia de Badajoz para la
celebración durante 2025 de actividades educativas, culturales y para fiestas
populares.
Legitimación del tratamiento
Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local.
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Ordenanza general de subvenciones de la Diputación de Badajoz.
Destinatarios de cesiones o
transferencias
No se prevén salvo obligaciones de carácter legal o judicial.
Derechos de los interesados
Derechos de acceso, rectificación, supresión y portabilidad de los datos, limitación
u oposición, así como otros.
Información adicional
www.dip-badajoz.es/privacidad/aviso/index.php
El tratamiento de los datos de carácter personal tiene como exclusiva finalidad gestionar y realizar las actuaciones derivadas
de la finalidad anteriormente indicada y se podrán ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y, en su caso,
oposición, sobre el tratamiento de los datos de carácter personal frente al Área de Cultura, Deportes y Juventud de la Excma.
Diputación Provincial de Badajoz, calle Felipe Checa 23, 06071-Badajoz.
La Diputación de Badajoz ha adoptado las medidas técnicas y organizativas para garantizar la seguridad de los datos de
carácter personal y evitar su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado.
DISPOSICIONES ADICIONALES
Primera.- En lo no regulado en estas bases, será de aplicación la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones, el Real Decreto 887/06, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley General
de Subvenciones, la Ordenanza Provincial de Subvenciones y la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en lo que resulte de aplicación.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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No cumplir con el compromiso de financiación propia tenido en cuenta en el proceso de valoración: Reintegro de lo
comprometido, calculado proporcionalmente respecto del coste total de gastos subvencionables del proyecto.
El incumplimiento del resto de obligaciones establecidas en estas bases conllevará el pago de una cuantía con descuento del
5% del importe de la subvención concedida.
No obstante lo anterior, el artículo 90 del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones,
posibilita al beneficiario a devolver, con carácter voluntario y sin el previo requerimiento de la Diputación, la ayuda
concedida y cobrada, ya sea el importe total de la subvención o una parte de esta, de acuerdo con la situación de su
expediente.
Para ello, deberá acreditar la devolución presentando el recibo de la transferencia correspondiente, efectuada a favor de la
cuenta de la Diputación: ES03 3009 0001 2025 4550 4629 (Caja Rural de Extremadura).
Esta opción voluntaria eximiría de la apertura del expediente de reintegro, posibilitando la concurrencia y recepción de otras
subvenciones y ayudas a conceder por la Diputación. Y todo ello con la exigencia de los intereses de demora que
correspondan, para lo que se aplicará el interés legal del dinero incrementado en un 25 por ciento, salvo que la Ley de
Presupuestos Generales del Estado establezca otro diferente.
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destinadas a asociaciones sin fines de lucro de la provincia de Badajoz para la
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populares.
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Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Ordenanza general de subvenciones de la Diputación de Badajoz.
Destinatarios de cesiones o
transferencias
No se prevén salvo obligaciones de carácter legal o judicial.
Derechos de los interesados
Derechos de acceso, rectificación, supresión y portabilidad de los datos, limitación
u oposición, así como otros.
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de la finalidad anteriormente indicada y se podrán ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y, en su caso,
oposición, sobre el tratamiento de los datos de carácter personal frente al Área de Cultura, Deportes y Juventud de la Excma.
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carácter personal y evitar su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado.
DISPOSICIONES ADICIONALES
Primera.- En lo no regulado en estas bases, será de aplicación la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones, el Real Decreto 887/06, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley General
de Subvenciones, la Ordenanza Provincial de Subvenciones y la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en lo que resulte de aplicación.
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