Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Área de Cultura, Deportes y Juventud (Badajoz). (05883/2024)
Subvenciones de la Diputación de Badajoz destinadas a las asociaciones sin fines de lucro de la provincia de Badajoz para la celebración durante el año 2025 de actividades educativas y culturales, así como para la celebración de fiestas populares
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Área de Cultura, Deportes y Juventud

Anuncio 5883/2024

exceso que corresponda a Diputación conforme a la proporción que suponga la subvención concedida
respecto del coste total del proyecto u actividad subvencionada.
f. Participar en las campañas provinciales de sensibilización y divulgación llevadas a cabo por Diputación de
Badajoz, así como en otras actuaciones que se estimen para divulgar y comunicar a la ciudadanía los
resultados de los proyectos subvencionados.
g. Comunicación a través del correo cultura@dip-badajoz.es a la Diputación de Badajoz de cualquier acto
público de presentación (rueda de prensa, presentaciones, etc.) que pueda realizarse con motivo de la
realización del proyecto para que la Diputación de Badajoz pueda estar presente en el mismo.
h. Cualquier otra obligación establecida en las presentes bases.
El incumplimiento de alguna o varias de las obligaciones establecidas en esta base 9 se tendrá en cuenta a la hora de valorar
la capacidad técnica del solicitante en esta y futuras convocatorias. Además, dará lugar a los correspondientes
requerimientos, apercibimientos y, en su caso, al inicio del expediente de reintegro.
Base 10. Justificación de la subvención. Estructura y alcance.
Al tratarse de subvenciones concedidas por importe inferior a 60.000,00 euros, y conforme al artículo 75 del Reglamento de
la Ley 38/2003, se prevé la cuenta justificativa simplificada como documento con validez jurídica para la justificación, con las
peculiaridades y características que a continuación se detallan:
A. Plazo de justificación y pago de las actuaciones: El pago de los gastos y la justificación de la subvención
otorgada habrá de efectuarse con fecha límite del 31 de enero de 2026. No obstante la justificación podrá
presentarse desde la fecha de finalización de la actividad subvencionada, finalizado o no el plazo de ejecución,
hasta el 31 de enero de 2026.
B. Forma de remisión de la justificación: El expediente justificativo se remitirá exclusivamente a través de la
sede electrónica de Diputación de Badajoz ubicada en la dirección web: https://sede.dip-badajoz.es, y
conforme a la Ordenanza reguladora del Procedimiento Administrativo Electrónico y del registro electrónico
en la Diputación de Badajoz y sus entidades y organismos dependientes, y en aplicación de la legislación de
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Los anexos requeridos deberán ser los correspondientes a los modelos normalizados, que se podrán
descargar en las siguientes direcciones Web:
https://www.dip-badajoz.es/diputacion/subvenciones/index.php
https://www.dip-badajoz.es/ciudadanos/atencion/index.php?seleccion=_doc
La remisión de la justificación deberá acompañarse de los documentos de justificación adicionales que sean
necesarios conforme a los modelos normalizados.
C. Justificación técnica. Se deberá presentar la siguiente documentación:
Una memoria final firmada por el representante legal de la entidad en la que se haga una declaración
de las actividades realizadas y los resultados obtenidos. Esta memoria deberá recoger, para el caso de
que el importe de la subvención concedida haya sido inferior al solicitado, una explicación de cómo
han procedido ajustar el alcance de la actividad subvencionada o, en su caso, cuál ha sido la alternativa
de financiación.
Copia de todo el material documental (gráfico, digital o audiovisual) a que dé lugar la realización del
proyecto, destacando dónde han hecho constar la colaboración de la Diputación de Badajoz y su
imagen corporativa, según establece el apartado d) de la base 9 de la convocatoria.
La exigencia sobre la obligación de difundir que la actividad ha sido subvencionada por esta Diputación, está
referida a que el beneficiario debe hacer mención a esta colaboración a través de las diferentes notas de
prensa que pudiera publicar, contenidos disponibles en páginas web, entrevistas que les realicen, foros a los
que asistan, videos que editen, cartelería u otros similares donde difundan la actividad subvencionada,
haciendo constar siempre la imagen corporativa de esta Diputación. De todo ello deberán dejar constancia en
la memoria que aporten con la justificación.
Si la entidad beneficiaria quisiera aportar acreditación documental de las actividades realizadas, mediante la
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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