Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Área de Cultura, Deportes y Juventud (Badajoz). (05882/2024)
Subvenciones de la Diputación de Badajoz destinadas a las asociaciones sin fines de lucro de la provincia de Badajoz para la celebración de actividades deportivas durante el año 2025
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Área de Cultura, Deportes y Juventud
Anuncio 5882/2024
subvención de Diputación, incluyendo descripción del gasto,
proveedor/acreedor, el número de factura, la fecha de emisión,
fecha de pago, importe total de la factura, e importe parcial, o
total, de esta imputado a la subvención de Diputación.
1.5.- Relación clasificada, con número de orden, de todos los
gastos de la actividad subvencionada financiados con fondos
propios de la entidad solicitante u otras subvenciones o recursos,
incluyendo descripción del gasto, proveedor/acreedor, el número
de factura, la fecha de emisión, fecha de pago, importe total de la
factura, importe parcial o total financiado con fondos propios u
otras subvenciones o recursos, así como la entidad financiadora
de estos.
1.6.- Los ingresos o subvenciones que hayan financiado el
proyecto o la actividad con acreditación del importe y su
procedencia.
1.7.- Que se haga constar:
– La existencia, o no, de remanentes no aplicados y,
en su caso, se adjuntará justificante de pago del
reintegro, así como de los intereses derivados de
los mismos.
– La exactitud y veracidad de los datos reseñados.
– Que la actividad subvencionada se realizó en su
totalidad, y que se cumplieron las condiciones
impuestas y consiguieron los objetivos previstos en
el acto de concesión de la subvención.
– Que el importe de la subvención concedida, por sí
sola o en concurrencia con otras subvenciones
concedidas por agentes financiadores, no excede
del importe total de la actividad o proyecto
subvencionado.
– Que los justificantes presentados y relacionados
corresponden a gastos efectuados como
consecuencia directa de la actividad objeto de
subvención y estrictamente necesarios, y que se
corresponden fielmente con documentos originales
que se encuentran a disposición de la Diputación.
– Que el importe imputado a esta subvención no ha
servido para justificar otras subvenciones distintas.
2.- Al anexo de cuenta justificativa se adjuntará:
Facturas o documentos admitidos en tráfico mercantil que cumplan los
requisitos necesarios que establece el Real Decreto 1619/2012 o la
legislación aplicable, demostrativos de los gastos realizados y financiados
solo con la aportación de Diputación. Dichas facturas/documentos
deberán presentarse de manera ordenada y referenciados con el mismo
número de orden con el que constan en las relaciones clasificadas de
gastos de la cuenta justificativa, serán presentados en formato digital, y
no requerirán compulsa ni estampillado. La no presentación de
facturas/documentos originales o compulsadas, no exime en ningún caso
al beneficiario, de su obligación de custodia y puesta a disposición de las
mismas si le son requeridas por la administración. En cualquier caso, la
remisión a través de la sede electrónica por la persona representante de
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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subvención de Diputación, incluyendo descripción del gasto,
proveedor/acreedor, el número de factura, la fecha de emisión,
fecha de pago, importe total de la factura, e importe parcial, o
total, de esta imputado a la subvención de Diputación.
1.5.- Relación clasificada, con número de orden, de todos los
gastos de la actividad subvencionada financiados con fondos
propios de la entidad solicitante u otras subvenciones o recursos,
incluyendo descripción del gasto, proveedor/acreedor, el número
de factura, la fecha de emisión, fecha de pago, importe total de la
factura, importe parcial o total financiado con fondos propios u
otras subvenciones o recursos, así como la entidad financiadora
de estos.
1.6.- Los ingresos o subvenciones que hayan financiado el
proyecto o la actividad con acreditación del importe y su
procedencia.
1.7.- Que se haga constar:
– La existencia, o no, de remanentes no aplicados y,
en su caso, se adjuntará justificante de pago del
reintegro, así como de los intereses derivados de
los mismos.
– La exactitud y veracidad de los datos reseñados.
– Que la actividad subvencionada se realizó en su
totalidad, y que se cumplieron las condiciones
impuestas y consiguieron los objetivos previstos en
el acto de concesión de la subvención.
– Que el importe de la subvención concedida, por sí
sola o en concurrencia con otras subvenciones
concedidas por agentes financiadores, no excede
del importe total de la actividad o proyecto
subvencionado.
– Que los justificantes presentados y relacionados
corresponden a gastos efectuados como
consecuencia directa de la actividad objeto de
subvención y estrictamente necesarios, y que se
corresponden fielmente con documentos originales
que se encuentran a disposición de la Diputación.
– Que el importe imputado a esta subvención no ha
servido para justificar otras subvenciones distintas.
2.- Al anexo de cuenta justificativa se adjuntará:
Facturas o documentos admitidos en tráfico mercantil que cumplan los
requisitos necesarios que establece el Real Decreto 1619/2012 o la
legislación aplicable, demostrativos de los gastos realizados y financiados
solo con la aportación de Diputación. Dichas facturas/documentos
deberán presentarse de manera ordenada y referenciados con el mismo
número de orden con el que constan en las relaciones clasificadas de
gastos de la cuenta justificativa, serán presentados en formato digital, y
no requerirán compulsa ni estampillado. La no presentación de
facturas/documentos originales o compulsadas, no exime en ningún caso
al beneficiario, de su obligación de custodia y puesta a disposición de las
mismas si le son requeridas por la administración. En cualquier caso, la
remisión a través de la sede electrónica por la persona representante de
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